Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2010 (03/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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DISPOSICIONES FINALES

NORMAS LEGALES
SE DECRETA:

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de setiembre de 2010

Primero.- La presente ordenanza entrara en vigencia, al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, conforme lo establece la ley. Segundo.- Encarguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Servicios Comunales, y a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural, que entablaran las coordinaciones necesarias con la Policia Nacional del Peru. y el Ministerio Publico en lo que corresponda para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Tercero.- Derogar toda MORDAZA o disposicion que se contraponga a la presente ordenanza. Cuarto.- Autorizar al MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia, amplie, regule o reglamente la presente ordenanza para el mejor cumplimiento de la presente norma. POR TANTO Registre, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA SCHWARTZ R, MORDAZA 538490-1

Articulo Primero.- PRORROGASE hasta el 30 de setiembre del 2010, el vencimiento del plazo previsto para: a) El pago de la tercera cuota del Impuesto Predial. b) La vigencia de la Ordenanza Nº 345-MDJM. Articulo Segundo.- ENCARGASE a la Gerencia de Rentas y a la Sub Gerencia de Informatica, el cumplimiento de la presente MORDAZA en lo que fuere de su competencia y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la difusion y publicacion en el MORDAZA institucional, de la misma. Articulo Tercero.- El presente Decreto entrara en vigencia a partir del 1 de setiembre del 2010. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 537614-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Prorrogan vigencia de beneficio tributario otorgado a contribuyentes del distrito mediante Ordenanza Nº 1132010/MLV y extendido mediante D.A. Nº 009-2010/MLV
DECRETO DE ALCALDIA Nº 011-2010/MLV La MORDAZA, 31 de agosto del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA VISTOS; el memorandum Nº 513-2010-GR-MDLV de fecha 31 de agosto del 2010 emitido por la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ establece que los gobiernos locales tienen autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad al ordenamiento juridico; Que, mediante Ordenanza Nº 113-2010/MDLV publicada en el diario oficial El Peruano el 22 de MORDAZA del 2010 se aprobo el otorgamiento de beneficio tributario a favor de los contribuyentes del distrito de La MORDAZA desde el 23 de MORDAZA hasta el 4 de agosto del 2010, estableciendo en su Tercera Disposicion Final y Transitoria que se faculta al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia prorrogue la vigencia de la citada Ordenanza; Que, en virtud de lo expuesto, mediante Decreto de Alcaldia Nº 009-2010/MLV publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 5 de agosto del 2010 se extendio el beneficio otorgado mediante Ordenanza Nº 113-2010/MLV hasta el 3 de septiembre del presente ano; sin embargo, a fin de propiciar la regularizacion de las deudas que aun se encuentran pendientes por concepto de tributos municipales y de esta forma contribuir a que el corporativo perciba ingresos que coadyuven al financiamiento de los servicios publicos que se brindan a favor de la comunidad, la Gerencia de Rentas mediante documento de vistos, ha propuesto extender hasta el 30 de septiembre del 2010 el plazo de vigencia del citado beneficio tributario otorgado a los contribuyentes del distrito; Estando a lo expuesto y de conformidad a las facultades establecidas en el articulo 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­;

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Prorrogan vencimiento de plazo para pago de la tercera cuota del Impuesto Predial y para la vigencia de la Ordenanza Nº 345-MDJM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 012-2010-MDJM MORDAZA MORDAZA, 31 de agosto del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MARIA; VISTO; el Memorando N° 487-2010-MDJM-GR de fecha 27 de agosto del 2010, emitido la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 74 de la Constitucion Politica del Peru prescribe que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, dispone que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 345-MDJM, se aprobo el otorgamiento de beneficios que incentivan el pago del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias y Multas Administrativas, habiendose prorrogado su vigencia mediante Decreto de Alcaldia Nº 009-2010, hasta el 17 de MORDAZA del ano 2010, mediante Decreto de Alcaldia Nº 10-2010-MDJM, hasta el 30 de MORDAZA del 2010 y posteriormente hasta el 31 de agosto de 2010, mediante Decreto de Alcaldia Nº 011-2010-MDJM; Que, el Articulo Noveno de la precitada Ordenanza faculta al MORDAZA para dictar las medidas complementarias para la aplicacion adecuada de la MORDAZA, asi como para la prorroga del vencimiento de los beneficios que la misma preve; Que, resulta necesario prorrogar el plazo del vencimiento de la Ordenanza Nº 345-MDJM, asi como de la tercera cuota del Impuesto Predial del 2010, a efectos de que un numero mayor de vecinos, pueda cumplir con la totalidad de sus obligaciones, regularizando su situacion tributaria; Estando a las atribuciones conferidas por el articulo 42 y el numeral 6 del articulo 20 de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades;

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