Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2010 (03/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de setiembre de 2010

documento de gestion, las plazas previstas necesarias para el MORDAZA de nombramiento establecido en el D.S. Nº 005-2010-SA,, sin necesidad de incrementar el numero total de cargos; Que, segun el resultado de la evaluacion efectuada por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la Comision Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y A.T. del Consejo Regional, el Cuadro para Asignacion de Personal-CAP de la Red de Salud de Bagua, ha sido formulado con sujecion a las normas generales aplicables a la gestion administrativa de las entidades publicas, para ser mas explicitos el D.Leg. Nº 276 "Ley General de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico" y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM y el D.S. Nº 043-2004-PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP de las entidades de la Administracion Publica; y en cuanto a las normas vinculantes del sector, acorde entre otros al D.S. Nº 0052010-SA, del 16 de Marzo del 2010; Que, considerando que el Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP de la Red de Salud de Bagua, enmarca en su formulacion criterios de equilibrio funcional de la linea de autoridad, responsabilidad y coordinacion, en aplicacion de las disposiciones legales vigentes sobre la materia, para constituirlo en un instrumento basico de gestion institucional, concordante con la realidad y demanda de competencias y funciones que atane a las redes de salud en su respectivo ambito jurisdiccional, a efectos de garantizar la mision, vision y objetivos de la Institucion, orientados a brindar un servicio de salud integral de calidad y en base a los requerimientos de las politicas del sector y de la comunidad, es procedente su aprobacion mediante el Acto Administrativo correspondiente; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesion Ordinaria de Consejo Regional N° 012, mediante Acuerdo N° 103-2010 de fecha 16 de Junio del 2010, contando con el MORDAZA unanime de los Consejeros Regionales y en uso de las facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37°, concordante con el Art. 38º de la Ley N° 27867 y su modificatoria N° 27902 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales. Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Articulo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP Reformulado de la Red de Salud de Bagua, el mismo que en 65 folios forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Regional Nº 194-G.R.A/CR, de fecha 22 de Noviembre del 2007 en cuanto corresponde a la aprobacion del Cuadro Para Asignacion de Personal-CAP de la Red de Salud de Bagua. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional Amazonas. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgacion. En Chachapoyas, a los 16 dias del mes de junio del ano 2010. MORDAZA MORDAZA CHUQUIMBALQUI. Consejero Delegado Gobierno Regional de Amazonas POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 16 dias del mes de junio del 2010. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de Amazonas 537538-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Incorporan procedimientos a cargo de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo en el MORDAZA del Gobierno Regional MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 006 -2010-GRCAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: - Que, el literal a) del articulo 15° de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales senala que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; - Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en el articulo 37º (Contenido del Texto Unico de Procedimientos Administrativos), senala que: "Todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobacion, segun el caso, de su Texto Unico de Procedimientos Administrativos, el cual comprende: 1) Todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier organo de la entidad, siempre que esa exigencia cuente con respaldo legal, el cual debera consignarse expresamente en el MORDAZA con indicacion de la fecha de publicacion en el Diario Oficial. 2) La descripcion MORDAZA y taxativa de todos los requisitos exigidos para la realizacion completa de cada procedimiento. 3) La calificacion de cada procedimiento segun corresponda entre procedimientos de evaluacion previa o de aprobacion automatica. 4) En el caso de procedimientos de evaluacion previa si el silencio administrativo aplicable es negativo o positivo. 5) Los supuestos en que procede el pago de derechos de tramitacion, con indicacion de su monto y forma de pago. El monto de los derechos se expresara con relacion a la UIT, publicandose en las entidades en moneda de curso legal. 6) Las vias de recepcion adecuadas para acceder a los procedimientos contenidos en los MORDAZA, de acuerdo a lo dispuesto por los Articulos 116 y siguientes de la Ley. 7) La autoridad competente para resolver en cada instancia del procedimiento y los recursos a interponerse para acceder a ellas. 8) Los formularios que MORDAZA empleados durante la tramitacion del respectivo procedimiento administrativo. El MORDAZA tambien incluira la relacion de aquellos servicios prestados en exclusividad por las entidades, cuando el administrado no tiene posibilidad de obtenerlos acudiendo a otro lugar o dependencia. Se precisara con respecto a ellos lo previsto en los incisos 2, 5, 6, 7 y 8, anteriores, en lo que fuera aplicable...". En el articulo 38º (Aprobacion y difusion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos), prescribe: 38.1 El Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por la MORDAZA de MORDAZA nivel de las autoridades regionales, por Ordenanza Municipal, o por Resolucion del Titular de organismo constitucionalmente MORDAZA, segun el nivel de gobierno respectivo. 38.2) Cada 2 (dos) anos, las entidades estan obligadas a publicar el integro del MORDAZA, bajo responsabilidad de su titular; sin embargo, podran hacerlo MORDAZA, cuando consideren que las modificaciones producidas en el mismo lo ameriten. El plazo se computara a partir de la fecha de la MORDAZA publicacion del mismo. 38.3) El MORDAZA es publicado en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE, y en el MORDAZA Institucional. 38.4) Sin perjuicio de la indicada publicacion, cada entidad realiza

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