Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2010 (03/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

424985

Que, asimismo se viene produciendo en la jurisdiccion de Cieneguilla, el MORDAZA de vehiculos de transporte de carga pesada que transportan material no metalico: MORDAZA gruesa, MORDAZA fina, hormigon, MORDAZA chancada, que provienen de canteras que funcionan en forma ilegal sin autorizacion del Ministerio de Energia y Minas, y Licencia Municipal de la municipalidad distrital de Cieneguilla; canteras ilegales estas que con la explotacion y transporte de material no metalico vienen causando danos al medio ambiente, y al encontrarse ubicadas en zonas urbanas y de expansion MORDAZA en el distrito de Cieneguilla, atentan contra la seguridad y salud de los vecinos de Cieneguilla, por lo que se hace necesario normar al respecto al ser funcion de la municipalidad, fiscalizar, controlar respecto a elementos contaminantes de la atmosfera y el medio ambiente. Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades No. 27972, el Concejo Municipal por Unanimidad y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE RESTRINGE EL MORDAZA DE VEHICULOS DE TRANSPORTE DE CARGA PESADA, Y PROHIBE DESCARGAR Y ARROJAR DESMONTE, RESIDUOS SOLIDOS Y ORGANICOS, MALEZAS EN EL DISTRITO DE CIENEGUILLA Articulo Primero.- Restrinjase el MORDAZA de vehiculos de transporte de carga pesada en las vias de circulacion de la jurisdiccion del distrito de Cieneguilla: Av. La MORDAZA, Av. San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y Av. Nueva MORDAZA, los dias domingos y feriados, en el siguiente horario: desde las 06.00 a las 18.00 horas, a efectos de preservar el orden y la seguridad en la via publica y con el fin de mejorar el MORDAZA de peatones y vehiculos en el distrito. Articulo Segundo.- Restrinjase el MORDAZA de unidades de transporte de carga pesada (desmontes, material no metalico: MORDAZA gruesa, MORDAZA fina, hormigon, MORDAZA chancada; residuos organicos, solidos, liquidos, gaseosos nocivos a la salud y medio ambiente, asi como basura y malezas) provenientes de otras jurisdicciones y del propio distrito de Cieneguilla, en la Campina MORDAZA establecida con Ordenanza Nº 094-2009-MDC, como MORDAZA de Reglamentacion Especial, en la jurisdiccion de Cieneguilla, la misma que esta comprendida entre la margen izquierda del Rio Lurin circunscrito por el frente con el Rio Lurin, en la parte posterior con el MORDAZA Cieneguilla, por el lado MORDAZA con el MORDAZA de MORDAZA, y por el lado derecho con el MORDAZA CIMA, conforme el Plano PL-1 que como anexo forma parte de la presente Ordenanza, salvo autorizacion otorgada por la entidad municipal. Articulo Tercero.Prohibir en la Jurisdiccion del distrito de Cieneguilla, el MORDAZA de vehiculos de transporte de carga pesada que trasladen material no metalico: MORDAZA gruesa, MORDAZA fina, hormigon, MORDAZA chancada, que provienen de canteras que funcionan en forma ilegal sin autorizacion del Ministerio de Energia y Minas, y Licencia Municipal de la municipalidad distrital de Cieneguilla. Articulo Cuarto.- Se prohibe arrojar, descargar y/o depositar desmonte, residuos solidos y organicos, malezas y basura, y demas deshechos que atentan contra la salud y el medio ambiente, cualquiera sea su naturaleza, en lugares publicos: Avenidas, calles, jirones, espacios destinados a areas verdes, MORDAZA y MORDAZA del Rio Lurin, areas de patrimonio arqueologicos, y lugares privados de la jurisdiccion del Distrito de Cieneguilla. Articulo Quinto.- Para el uso de desmonte con fines de relleno tecnificado en propiedad privada se requiere previamente la autorizacion expedida por la Municipalidad de Cieneguilla, MORDAZA de la misma debera ser presentada por el transportista a la Policia Nacional del Peru y/o personal de fiscalizacion de esta corporacion municipal. El desmonte que se use para relleno sera especificamente el que resulte como material excedente de las obras de construccion conformado por MORDAZA, MORDAZA, concreto y ladrillo, exento de todo material organico y toxico (plastico). Articulo Sexto.- Se prohibe internar a la jurisdiccion de Cieneguilla, basura para la alimentacion de ganado porcino y/o utilizacion de estos en labores de reciclaje.

Articulo Septimo.- Tanto los conductores y/o propietarios de vehiculos y los propietarios, poseedores y/o conductores de predios privados que infrinjan o permitan se infrinja los dispuesto en esta Ordenanza seran sancionados con multa establecida en la presente norma. Articulo Octavo.- Los vehiculos que infrinjan lo normado por el articulo Primero, MORDAZA, Tercero y MORDAZA, de la presente ordenanza, asi como los que MORDAZA sorprendidos descargando desmonte y los residuos senalados en el articulo MORDAZA de la presente Ordenanza, seran intervenidos por la Policia Nacional del Peru, y la Policia Municipal segun corresponda, e internados en el correspondiente deposito oficial, hasta que se cumpla con cancelar a la municipalidad de Cieneguilla la multa respectiva, y de ser el caso, retirar los residuos solidos, desmonte, maleza, sin perjuicio de la denuncia penal pertinente por los delitos Contra la Salud Publica, y contra la Ecologia, y de ser el caso por Delito Contra la Administracion Publica, Desobediencia y Resistencia a la Autoridad. La retencion del vehiculo y su devolucion se realizara bajo acta e inventario respectivo. Articulo Noveno.- La persona natural o juridica sancionada con una multa tendra el descuento del 50% del total de la multa si realiza el pago dentro de los 07 dias habiles, contado a partir del dia siguiente que se le impuso la multa. Articulo Decimo.- Incorporese las siguientes infracciones y sanciones al Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas, aprobado mediante Ordenanza Nº 072-2008-MDC.
CODIGO DESCRIPCION CAPACIDAD DEL SANCIONES VEHICULO %/UIT OTRAS DE 0 A 1 M3 DE 1 M3 A 3 M3 DE 3 M3 A MAS 20 50 100 RETENCION E INTERNAMIENTO DEL VEHICULO

Arrojar desmonte, desperdicios, maleza, residuos solidos, en general a areas de patrimonio Arqueologico o Reservas, A-11-0109 vias publicas, espacio de uso y dominio publico y privado. CODIGO DESCRIPCION

CAPACIDAD DEL SANCIONES VEHICULO %/UIT OTRAS RETENCION E INTERNAMIENTO DEL VEHICULO

MORDAZA de vehiculos de carga Pesada por las vias de Circulacion (Av la MORDAZA, Av. A-14-0124 San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Av. Nueva MORDAZA ) en el Distrito de Cieneguilla los dias y horas restringidos. CODIGO DESCRIPCION

50

CAPACIDAD DEL SANCIONES VEHICULO %/UIT OTRAS RETENCION E INTERNAMIENTO DEL VEHICULO

A-11-0110 MORDAZA de vehiculos de carga pesada (desmonte, material no metalico: MORDAZA gruesa, MORDAZA fina, hormigon, MORDAZA chancada, residuos organicos, solidos, liquidos, gaseosos nocivos a la salud y medio ambiente, basura y maleza) en la Campina MORDAZA de Cieneguilla. CODIGO DESCRIPCION

100

CAPACIDAD DEL SANCIONES VEHICULO %/UIT OTRAS 100 RETENCION E INTERNAMIENTO DEL VEHICULO

A-06-0144 Internar en la jurisdiccion de Cieneguilla, basura para alimentacion de ganado porcino y/o utilizacion de estos en labores de reciclaje.

CODIGO

DESCRIPCION

CAPACIDAD DEL SANCIONES VEHICULO %/UIT OTRAS RETENCION E INTERNAMIENTO DEL VEHICULO 100

A-06-0145 MORDAZA de vehiculos de transporte de carga pesada que trasladan material no metalico: MORDAZA gruesa, MORDAZA fina, hormigon, MORDAZA chancada proveniente de canteras sin autorizacion del Ministerio de Energia y Minas y sin Licencia Municipal.

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