Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2010 (03/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de setiembre de 2010

Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en el Articulo 20 numeral 6 de la Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo 1º.- Modifiquese del Texto Unico de Procedimiento Administrativo MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, la clasificacion previa de Silencio Administrativo Negativo a Silencio Administrativo Positivo del procedimiento de Conexiones Domiciliarias, conforme el cuadro adjunto. Articulo 2º.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del presente Decreto en el Diario Oficial EI Peruano, a la Gerencia de Informatica y Estadistica la publicacion en el MORDAZA institucional de la Municipalidad y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresa PSCE. Articulo 3º.- El presente Decreto de Alcaldia tendra vigencia desde el dia siguiente de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 537616-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Autorizan celebracion del II Matrimonio Civil Comunitario 2010
ORDENANZA Nº 008-2010-MDLP La MORDAZA, 1 de setiembre del 2010 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto: en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha, 01 de Setiembre del 2010, La Mocion de Orden del dia presentado por el Senor Presidente de la Comision de Servicios Sociales, sobre el Proyecto de Ordenanza del II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2010; y CONSIDERANDO: Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru establece que "las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, el articulo 4° de la Constitucion Politica del Peru establece que el Estado y la Comunidad protegen a la familia, promueve el Matrimonio, reconociendoles como Institutos Naturales y Fundamentales de la sociedad; Que, el Codigo Civil en su articulo 233° establece que la regulacion juridica de la familia, tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamados en la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 234° del Codigo Civil senala que el matrimonio es la union voluntaria concertada por un varon y una mujer legalmente aptos para MORDAZA y formalizada con sujecion a las disposiciones de la MORDAZA sustantiva a fin de hacer MORDAZA en comun; Que, el articulo 9° numeral 9 de la Ley 27972 Ley Organica de Municipalidades establece como una de sus atribuciones del Concejo Municipal: crear, modificar, suprimir o exonerar de tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley en concordancia con el articulo 40° de la acotada MORDAZA legal; Que, existen en el Distrito de La MORDAZA, numerosas parejas que viven en union de hecho y que desean formalizar su estado civil, contrayendo matrimonio civil; Que, es deber de esta comuna protege a la familia y promover el matrimonio como institucion natural y

fundamental de la sociedad cautelando su legalidad y seguridad juridica; Que, la Sub Gerencia de Registro Civil a traves del Informe Nº 040-2010-SGRC-MDLP, ha recomendado celebrar el II Matrimonio Civil Comunitario 2010; para el dia 16 de Octubre del presente ano por el Aniversario del Distrito de La MORDAZA ; Que, mediante Memorandum N° 327-2010-GSGMDLP la Gerencia de Secretaria General solicita opinion legal a la Gerencia de Asesoria Juridica del proyecto de Ordenanza del II Matrimonio Civil Comunitario 2010; Que, mediante Memorandum Nº 0756-2010-GAJ/MDLP la Gerencia de Asesoria Juridica opina que es procedente la realizacion del II Matrimonio Civil Comunitario - 2010 para el dia 16 de Octubre del presente ano exonerando a los contrayentes de los derechos de pago de apertura de expediente matrimonial, asi como la exoneracion del acto de celebracion y examenes pre- nupciales en consecuencia se eleve al Pleno del Concejo Municipal para su respectiva aprobacion mediante la Ordenanza; Que, mediante Informe Nº 211-2010-GSG-MDLP la Gerencia de Secretaria General, remite la documentacion al Despacho de Alcaldia para ser elevado al Pleno del Concejo; Que, mediante Oficio Nº 165-2010-ALC-MDLP el Despacho de Alcaldia remite la documentacion MORDAZA senalada a la Comision de Servicios Sociales, para la elaboracion del Dictamen correspondiente; Que, el Presidente de la Comision de Servicios Sociales presenta como Mocion de orden del dia el Proyecto de Ordenanza del II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2010; para el dia 16 de Octubre del presente ano por motivo del Aniversario del Distrito de La MORDAZA ; manifestando que hace suya la propuesta de la Sub Gerencia de Registro Civil mediante el Informe Nº 040-2010-SGRC-MDLP, con opinion favorable de la Gerencia de Secretaria General mediante el Memorandum Nº 327-2010-GSG-MDLP y el Informe Nº 211-2010-GSG-MDLP, en conformidad a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica mediante el Memorandum Nº 0756-2010-GAJ/MDLP; Que, de conformidad con el articulo 34º del Reglamento Interno de Concejo Municipal aprobado mediante Ordenanza Nº 007-2006-MDLP donde dice expresamente "que solo los proyectos que cuenten con Informes o Dictamenes de Comisiones o hayan sido dispensados del tramite de comisiones pasaran a la estacion de orden del dia para su discusion y votacion"; Que, habiendo el Pleno del Concejo Municipal dispensado el Dictamen de la Comision de Servicios Sociales, pase a Orden del dia para su discusion y votacion; Que, habiendose sometido a debate y a la deliberacion ante el Pleno del Concejo Municipal, el mismo ha emitido su pronunciamiento final; Estando a lo dispuesto en uso de sus facultades conferidas en el articulo 9º inciso 9) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en concordancia con el articulo 40º de la citada MORDAZA, y con el MORDAZA UNANIME de los (as) Senores (as) Regidores (as), con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta se ha dado la siguiente; ORDENANZA Articulo Primero.- Autorizar la celebracion del II Matrimonio Civil Comunitario 2010 para el dia 16 de Octubre del presente ano, exonerando a los contrayentes de los derechos de pago de apertura de expediente matrimonial, asi como la exoneracion del acto de celebracion y examenes pre nupcial. Articulo Segundo.- Los contrayentes deben presentar los siguientes documentos: a) Partida de Nacimiento, actualizada con no mas de 30 dias de antiguedad (Art. 248 Codigo Civil). b) MORDAZA Fedatizada del DNI. c) Declaracion Jurada de Domicilio d) Certificado Pre Nupcial ( serologico, pulmones y consejeria VIH) e) En caso de tratarse de viudos (as), divorciados(as), menores de edad, militares o extranjeros, deberan adjuntar los documentos adicionales, segun sea el caso establecido en el MORDAZA vigente. f) Foto tamano carne o pasaporte (actualizada). g) Declaracion Jurada de Solteria ante Notario Publico. h) MORDAZA simple del DNI de dos Testigos.

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