Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2010 (03/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de setiembre de 2010

Politica del Estado, la Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno de Organizacion y funciones. Ha dado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- DISPONGASE como requisito obligatorio para el ejercicio Profesional en el ambito de la Region Cusco; la Colegiacion obligatoria de todo profesional en su respectivo Colegio, ademas de contar con el certificado de Habilidad profesional otorgado por el respectivo Colegio Profesional. Articulo Segundo.- DISPONER que las dependencias publicas del ambito Regional por intermedio de sus titulares otorguen fiel cumplimiento a la presente Ordenanza Regional, bajo responsabilidad. EXHORTANDO a las entidades privadas y la sociedad civil su cumplimiento conforme a ley, para erradicar el ejercicio Ilegal de la Profesion. Articulo Tercero.- Encargar al Consejo Regional de Decanos de Colegios Profesionales del MORDAZA - COREPRO, presidir y conformar una Comision Especial para el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza Regional, asi como la formulacion del Plan de accion con participacion del sector publico, privado y la sociedad civil. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el diario oficial "El Peruano". Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. Dado en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de Agosto del ano Dos mil Diez. MORDAZA DARGENT MORDAZA Consejero Delegado del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de Agosto del ano Dos mil Diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA SAYAN Presidente Regional del Gobierno Regional de MORDAZA 537648-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Restringen el MORDAZA de vehiculos de transporte de carga pesada y prohiben descargar y arrojar desmonte, residuos solidos y organicos y malezas en el distrito
ORDENANZA Nº 116-2010-MDC Cieneguilla, 13 de MORDAZA del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Cieneguilla, en Sesion Ordinaria del 13 de MORDAZA de 2010 VISTO: El Informe Nº 130-2010-GDUR-MDC de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural de fecha 10 de MORDAZA de 2010;

Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia segun lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional No. 27680, y en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades No. 27972. Que, de conformidad a lo normado por el numeral 3.4 del inciso 3 del articulo 80º de la Ley No. 27972 - Ley Organica de Municipalidades, es funcion de los Gobiernos Locales fiscalizar, realizar labores de control; asi como normar respecto a las actividades relacionadas con el saneamiento ambiental dentro de su jurisdiccion, y adoptar medidas de prevencion y combatir la acumulacion de residuos solidos, liquidos o gaseosos, desmontes en via y espacios publicos y areas urbanas, lo cual genera riesgos sanitarios y ambientales en el distrito de Cieneguilla. Que, vehiculos de transporte de carga pesada provenientes de otros distritos, transportan y descargan desmonte, residuos solidos y organicos, malezas y basura en arterias y espacios destinados a areas verdes, areas de dominio publico, y de propiedad privada, generando la proliferacion de rellenos sanitarios clandestinos, por lo que se hace necesario salvaguardar la salud publica de los habitantes de nuestro distrito. Que, asimismo los referidos vehiculos de carga pesada que transportan material no metalico (arena gruesa, MORDAZA fina, hormigon, MORDAZA chancada) en su desplazamiento por el distrito de Cieneguilla, esto es al circular por la Av. La MORDAZA, Av. San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y Av. Nueva MORDAZA, y diversas vias y calles internas de la jurisdiccion de Cieneguilla, vienen creando congestionamiento y caos vehicular perjudicando el normal desplazamiento de vehiculos automoviles de vecinos y visitantes del distrito de Cieneguilla, agravandose ello en los dias de mayor afluencia de turistas visitantes al distrito de Cieneguilla, como son los dias domingos y feriados; por lo que se hace necesario normar con la finalidad de preservar el orden y la seguridad en la via publica, coadyuvando a mejorar el MORDAZA de peatones y vehiculos que hacen uso de la vias de ingreso al distrito y sus alrededores. Que, mediante Ordenanza No. 094-2009-MDC publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 25 de noviembre de 2009, se regula la preservacion de la Campina MORDAZA y declara Santuario Local del Caballo Peruano de Paso, teniendo dicha ordenanza como objetivos regular el rol y funcion que tiene la Campina MORDAZA (zona rural urbana) como reserva ecologica, y establecer sus actividades de recreacion, esparcimiento y sosiego fomentando asi el turismo local, garantizando el resguardo y proteccion de la MORDAZA y la fauna naturales, garantizando el derecho a la MORDAZA e integridad fisica, y a la propiedad privada, contemplados en la Constitucion Politica del Peru. Que, asimismo mediante la MORDAZA referida ordenanza se establece como MORDAZA de Reglamentacion Especial a conservarse en su totalidad a la Campina MORDAZA, la misma que esta encerrada en un area de 320 Ha y tiene un perimetro de 15,260.83 ml, comprendida entre la margen izquierda del Rio Lurin circunscrito por el frente con el Rio Lurin, en la parte posterior con el MORDAZA Cieneguilla; por el lado MORDAZA con el MORDAZA de MORDAZA y por el lado derecho con el MORDAZA CIMA, conforme el plano PL-1 "Plano de Linderos de la Campina MORDAZA y su area de Proteccion", el mismo que como anexo forma parte de la referida Ordenanza. Asi como que se ha establecido como Santuario Local del Caballo Peruano de Paso la Campina MORDAZA referida a conservarse. Que, de igual manera en la Campina MORDAZA (zona rural urbana) establecida como MORDAZA de Reglamentacion Especial a conservarse en su totalidad como lo dispone la Ordenanza No. 094-2009-MDC, viene proliferando el MORDAZA de vehiculos de transporte de carga pesada MORDAZA referidos, los que producen danos materiales en la pavimentacion de las diversas vias del distrito, asi como que crean perjuicio al medio ambiente y reserva ecologica, levantando polvareda, lo que perjudica la salud de los vecinos de Cieneguilla, asi como que perturban las actividades de recreacion, esparcimiento y sosiego de los vecinos, y visitantes de la MORDAZA de la Campina MORDAZA, y perjudican el desarrollo del turismo local como fuente de recurso economico, asi como el normal desarrollo de la crianza de los caballos peruanos de paso.

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