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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (09/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 9 de setiembre de 2010 425374 Evaluación de Merluza, la dinámica del stock de merluza actualmente responde más a efectos trófi cos dentro de la comunidad de peces demersales y a la presión de pesca directa, por lo que cualquier factor que infl uya sobre la comunidad biótica del entorno de la merluza afectará su dinámica poblacional y por el tipo de arte de pesca, ésta incidirá en la población de merluza y no en la fauna acompañante; Que, de la revisión de los documentos obrantes en el respectivo expediente y en concordancia con la modifi catoria del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza aprobado por Decreto Supremo Nº 037-2009-PRODUCE, se recomienda declarar improcedente la solicitud de ampliación del permiso de pesca solicitada por la empresa INDUSTRIAL EXPORTADORA SAN MIGUEL S.A.; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano mediante el Informe Nº 224-2010-PRODUCE/ DGEPP-Dch del 7 de abril de 2010 y con la opinión favorable de la instancia legal pertinente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias, Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza aprobado por Decreto Supremo Nº 016- 2003-PRODUCE y su modifi catoria por Decreto Supremo Nº 037-2009-PRODUCE y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; En uso de las facultades establecidas en el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010- 2006-PRODUCE y su modifi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar improcedente la solicitud presentada por la empresa INDUSTRIAL EXPORTADORA SAN MIGUEL S.A. relacionada a la ampliación del permiso de pesca para la fauna acompañante del recurso merluza de la embarcación pesquera CARMEN ROSA con matrícula PL-4165-CM con 34,49 m3 de capacidad de bodega, para la extracción del recurso merluza con destino al consumo humano directo, utilizando cajas de hielo como sistema de preservación a bordo y redes de arrastre. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE ALFONSO DE LA TORRE UGARTE SERVAT Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 540114-8 RELACIONES EXTERIORES Nombran Cónsules Generales del Perú en Sevilla, Reino de España, y en Florencia, República Italiana RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 355-2010-RE Lima, 8 de septiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, los funcionarios del Servicio Diplomático desempeñan funciones indistintamente en la Cancillería, Misiones Diplomáticas, Ofi cinas Consulares o Representaciones Permanentes, de conformidad con los requerimientos de la Política Exterior del Estado; Que, la protección y atención a las comunidades peruanas en el exterior constituye una de las prioridades de la Política Exterior del Perú; De conformidad con los artículos 7º, 13º inciso a), 26º y 30º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley Nº 29318; los artículos 62º, 63º literal B), 64º inciso a), 90º, 185º inciso a), 187º y 189º inciso a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 065-2009-RE; el artículo 74º inciso a), 81º inciso a) y 85º del Reglamento Consular del Perú, aprobado por el Decreto Supremo Nº 076-2005-RE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar Cónsul General del Perú en Sevilla, Reino de España, al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Oscar Guillermo Barrenechea Núñez del Arco. Artículo 2º.- La jurisdicción consular está establecida en la Resolución Suprema Nº 036-2008-RE, del 3 de octubre de 2008. Artículo 3º.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Artículo 4º.- La fecha en que deberá asumir funciones, será fi jada mediante Resolución Viceministerial. Artículo 5º.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 541223-12 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 356-2010-RE Lima, 8 de septiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, los funcionarios del Servicio Diplomático desempeñan funciones indistintamente en la Cancillería, Misiones Diplomáticas, Ofi cinas Consulares o Representaciones Permanentes, de conformidad con los requerimientos de la Política Exterior del Estado; Que, la protección y atención a las comunidades peruanas en el exterior constituye una de las prioridades de la Política Exterior del Perú; De conformidad con los artículos 7º, 13º inciso a), 26º, 27º y 30º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley Nº 29318; los artículos 62º, 63º literal B), 64º inciso a), 90º, 185º inciso a), 187º y 189º inciso a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 065-2009-RE; el artículo 74º inciso a), 81º inciso a) y 85º del Reglamento Consular del Perú, aprobado por el Decreto Supremo Nº 076-2005-RE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar Cónsul General del Perú en Florencia, República Italiana, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Manuel Jesús Felipe Veramendi i Serra. Artículo 2º.- La jurisdicción consular está establecida en la Resolución Suprema Nº 363-2002-RE, de 19 de noviembre de 2002. Artículo 3º.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Artículo 4º.- La fecha en que deberá asumir funciones, será fi jada mediante Resolución Viceministerial.