Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2011 (04/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

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de honorarios de los miembros de la Comision de Orden y Gestion de la Universidad Nacional del Centro del Peru y que la mencionada universidad implemente el pago de viaticos para los miembros de la referida comision en razon al desplazamiento de sus ciudades de origen; Que, con memorandos de vistos, el Secretario Ejecutivo (e) de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboracion de una resolucion que apruebe los honorarios de los miembros de la Comision de Orden y Gestion de la Universidad Nacional del Centro del Peru, conforme a lo opinado por la Direccion General de Asesoria Juridica mediante informe Nº 492-2011-DGAJ; Estando a lo autorizado por la Alta Direccion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, las Leyes Nº 26490, Nº 27602 y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los honorarios de los miembros de la Comision de Orden y Gestion de la Universidad Nacional del Centro del Peru, integrada por la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, quien la preside, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de los MORDAZA, Vicepresidente Academico y el Mag. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Inchaustegui, Vicepresidente Administrativo; honorarios que seran abonados por la mencionada universidad conforme al siguiente detalle:
· Presidente · Vicepresidente Academico · Vicepresidente Administrativo S/. 12 000,00 mensuales S/. 10 000,00 mensuales S/. 10 000,00 mensuales

Visto, la Hoja Informativa Nº 72-2011-CG/GOCI, emitida por la Gerencia de Gestion de Organos de Control Institucional de la Gerencia General de la Contraloria General de la Republica; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 18º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, el jefe del Organo de Control Institucional mantiene una vinculacion de dependencia funcional y administrativa con la Contraloria General de la Republica, en su condicion de Ente Tecnico Rector del Sistema, sujetandose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el articulo 19º de la referida Ley Nº 27785, modificado por la Ley Nº 28557, dispone que este Organo Superior de Control, aplicando el MORDAZA de caracter tecnico y especializado del control, nombra mediante concurso publico de meritos a los jefes de los Organos de Control Institucional, y hasta un veinticinco por ciento (25%) de los mismos, por designacion directa del personal de la Contraloria General; asimismo, establece que los jefes de los Organos de Control Institucional pueden ser trasladados a otra plaza por necesidad de servicio; Que, de acuerdo al articulo 26º del citado Reglamento, los jefes de Organos de Control Institucional designados por la Contraloria General, ejerceran sus funciones en las entidades por un periodo de tres (03) anos. Excepcionalmente, y por razones debidamente fundamentadas y calificadas, podran permanecer por un periodo menor a los tres (03) anos o, de ser el caso, un tiempo mayor en la entidad, el cual no debera exceder de cinco (05) anos; Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 1392010-CG se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rutti en el cargo de jefe del Organo de Control Institucional del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion ­ SENCICO; Que, de acuerdo a la Hoja Informativa del visto, por razones de interes institucional y convenir a las necesidades del servicio, en el MORDAZA de las nuevas politicas institucionales que se vienen implementando en la Contraloria General de la Republica, resulta necesario dar por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rutti en el cargo de jefe del Organo de Control Institucional de SENCICO, siendo que, en tanto sea asignado a otra jefatura, prestara sus servicios en este Organismo Superior de Control; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, modificada por la Ley Nº 28557 y a lo dispuesto en el Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 459-2008-CG, modificado mediante Resolucion de Contraloria Nº 099-2010-CG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rutti en el cargo de jefe del Organo de Control Institucional del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion ­SENCICO. Articulo Segundo.- La conclusion de la designacion que se efectua de acuerdo a lo establecido en el articulo precedente, debera efectuarse, indefectiblemente, dentro de los cinco (05) dias calendario siguientes de publicada la presente Resolucion. Articulo Tercero.- La Gerencia de Gestion y Desarrollo Humano y la Gerencia de Gestion de Organos de Control Institucional de la Contraloria General de la Republica dispondran y adoptaran las acciones que correspondan en el MORDAZA de lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- En tanto se designe al MORDAZA jefe del Organo de Control Institucional del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion ­SENCICO, el Titular de la Entidad debera garantizar el normal desarrollo de las actividades de dicho Organo, disponiendo el encargo de las funciones de la jefatura a un profesional que reuna los requisitos establecidos en el articulo 25º del Reglamento de los Organos de Control Institucional, dando cuenta de ello a este Organo Superior de Control. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ZARZAR Contralor General de la Republica

Articulo 2º.- Establecer que los honorarios aprobados por la presente resolucion seran asumidos integramente por la Universidad Nacional del Centro del Peru, en aplicacion del articulo 30º del Reglamento de las Leyes Nº 26490 y Nº 27602 sobre "Derecho de Intervencion de la Asamblea Nacional de Rectores en las Universidades Publicas y Privadas por razon de Graves Irregularidades", aprobado por Resolucion Nº 898-2002-ANR. Articulo 3º.- Determinar que los honorarios aprobados por la presente resolucion incluyen el pago de vivienda, alimentacion, dietas y demas conceptos que MORDAZA de estricta necesidad personal. Articulo 4º.- Precisar que la Universidad Nacional del Centro del Peru podra implementar el pago de viaticos a favor de los integrantes de la referida Comision de Orden y Gestion, en razon al desplazamiento realizado desde sus ciudades de origen y de conformidad con el Decreto Supremo Nº 028-2009-EF y la Resolucion Nº 0209-2011-ANR, los que, respectivamente, aprueban la Escala de Viaticos en Comision de Servicios en el Territorio Nacional y la Directiva la Nº 001-2011-DGPU-ANR "Normas y Procedimientos para Autorizaciones de Viajes Nacionales y Escala de Viaticos de la Asamblea Nacional de Rectores para el Ano Fiscal 2011". Articulo 5º.- Oficiar la presente resolucion a la Universidad Nacional del Centro del Peru para su conocimiento y acciones de su competencia. Articulo 6º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la institucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores

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CONTRALORIA GENERAL
Dan por concluida designacion de jefe del Organo de Control Institucional del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion - SENCICO
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 199-2011-CG
MORDAZA, 2 de agosto de 2011

672669-1

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