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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de agosto de 2011 447991 de honorarios de los miembros de la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional del Centro del Perú y que la mencionada universidad implemente el pago de viáticos para los miembros de la referida comisión en razón al desplazamiento de sus ciudades de origen; Que, con memorandos de vistos, el Secretario Ejecutivo (e) de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboración de una resolución que apruebe los honorarios de los miembros de la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional del Centro del Perú, conforme a lo opinado por la Dirección General de Asesoría Jurídica mediante informe Nº 492-2011-DGAJ; Estando a lo autorizado por la Alta Dirección; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, las Leyes Nº 26490, Nº 27602 y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los honorarios de los miembros de la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional del Centro del Perú, integrada por la Dra. Gloria Charca Puente de la Vega, quien la preside, Dr. Luis Alberto Rodríguez de los Ríos, Vicepresidente Académico y el Mag. Julio César Sandoval Inchaustegui, Vicepresidente Administrativo; honorarios que serán abonados por la mencionada universidad conforme al siguiente detalle: • Presidente S/. 12 000,00 mensuales • Vicepresidente Académico S/. 10 000,00 mensuales • Vicepresidente Administrativo S/. 10 000,00 mensuales Artículo 2º.- Establecer que los honorarios aprobados por la presente resolución serán asumidos íntegramente por la Universidad Nacional del Centro del Perú, en aplicación del artículo 30º del Reglamento de las Leyes Nº 26490 y Nº 27602 sobre “Derecho de Intervención de la Asamblea Nacional de Rectores en las Universidades Públicas y Privadas por razón de Graves Irregularidades”, aprobado por Resolución Nº 898-2002-ANR. Artículo 3º.- Determinar que los honorarios aprobados por la presente resolución incluyen el pago de vivienda, alimentación, dietas y demás conceptos que sean de estricta necesidad personal. Artículo 4º.- Precisar que la Universidad Nacional del Centro del Perú podrá implementar el pago de viáticos a favor de los integrantes de la referida Comisión de Orden y Gestión, en razón al desplazamiento realizado desde sus ciudades de origen y de conformidad con el Decreto Supremo Nº 028-2009-EF y la Resolución Nº 0209-2011-ANR, los que, respectivamente, aprueban la Escala de Viáticos en Comisión de Servicios en el Territorio Nacional y la Directiva la Nº 001-2011-DGPU-ANR “Normas y Procedimientos para Autorizaciones de Viajes Nacionales y Escala de Viáticos de la Asamblea Nacional de Rectores para el Año Fiscal 2011”. Artículo 5º.- Ofi ciar la presente resolución a la Universidad Nacional del Centro del Perú para su conocimiento y acciones de su competencia. Artículo 6º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la institución. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 672212-5 CONTRALORIA GENERAL Dan por concluida designación de jefe del Órgano de Control Institucional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 199-2011-CG Lima, 2 de agosto de 2011 Visto, la Hoja Informativa Nº 72-2011-CG/GOCI, emitida por la Gerencia de Gestión de Órganos de Control Institucional de la Gerencia General de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el jefe del Órgano de Control Institucional mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de Ente Técnico Rector del Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19º de la referida Ley Nº 27785, modifi cado por la Ley Nº 28557, dispone que este Órgano Superior de Control, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, nombra mediante concurso público de méritos a los jefes de los Órganos de Control Institucional, y hasta un veinticinco por ciento (25%) de los mismos, por designación directa del personal de la Contraloría General; asimismo, establece que los jefes de los Órganos de Control Institucional pueden ser trasladados a otra plaza por necesidad de servicio; Que, de acuerdo al artículo 26º del citado Reglamento, los jefes de Órganos de Control Institucional designados por la Contraloría General, ejercerán sus funciones en las entidades por un período de tres (03) años. Excepcionalmente, y por razones debidamente fundamentadas y califi cadas, podrán permanecer por un periodo menor a los tres (03) años o, de ser el caso, un tiempo mayor en la entidad, el cual no deberá exceder de cinco (05) años; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 139- 2010-CG se designó al señor Luis Manuel Sánchez Rutti en el cargo de jefe del Órgano de Control Institucional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO; Que, de acuerdo a la Hoja Informativa del visto, por razones de interés institucional y convenir a las necesidades del servicio, en el marco de las nuevas políticas institucionales que se vienen implementando en la Contraloría General de la República, resulta necesario dar por concluida la designación del señor Luis Manuel Sánchez Rutti en el cargo de jefe del Órgano de Control Institucional de SENCICO, siendo que, en tanto sea asignado a otra jefatura, prestará sus servicios en este Organismo Superior de Control; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modifi cada por la Ley Nº 28557 y a lo dispuesto en el Reglamento de los Órganos de Control Institucional, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 459-2008-CG, modifi cado mediante Resolución de Contraloría Nº 099-2010-CG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del señor Luis Manuel Sánchez Rutti en el cargo de jefe del Órgano de Control Institucional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción –SENCICO. Artículo Segundo.- La conclusión de la designación que se efectúa de acuerdo a lo establecido en el artículo precedente, deberá efectuarse, indefectiblemente, dentro de los cinco (05) días calendario siguientes de publicada la presente Resolución. Artículo Tercero.- La Gerencia de Gestión y Desarrollo Humano y la Gerencia de Gestión de Órganos de Control Institucional de la Contraloría General de la República dispondrán y adoptarán las acciones que correspondan en el marco de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Cuarto.- En tanto se designe al nuevo jefe del Órgano de Control Institucional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción –SENCICO, el Titular de la Entidad deberá garantizar el normal desarrollo de las actividades de dicho Órgano, disponiendo el encargo de las funciones de la jefatura a un profesional que reúna los requisitos establecidos en el artículo 25º del Reglamento de los Órganos de Control Institucional, dando cuenta de ello a este Órgano Superior de Control. Regístrese, comuníquese y publíquese. FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República 672669-1