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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de agosto de 2011 448000 ORDENANZA QUE PRORROGA LA FECHA DEL SORTEO PUBLICO DENOMINADO “EN JULIO, PONLE 20 AL PERU, PAGA TUS TRIBUTOS Y EL AUTO TE LO LLEVAS TU” Artículo Primero.- MODIFÍQUESE las fechas consideradas para el Sorteo en la Ordenanza N° 229-2011 A/MDC, en el D.A. N° 007-2011-A/MDC que aprueban las Bases y en las mismas Bases; que Autoriza la realización del Sorteo Público denominado: “EN JULIO, PONLE 20 AL PERU, PAGA TUS TRIBUTOS Y EL AUTO TE LO LLEVAS TU”. Artículo Segundo.- PRECISESE la Modifi cación de las Fechas consideradas en Las Bases del Sorteo aprobadas con el Decreto de Alcaldía N° 007-2011 A/MDC en los puntos que a continuación se describe: Punto I.- Del Sorteo; Punto III.- De los Participantes y sus opciones: Inciso 3.1: Contribuyentes Hábiles, Inciso 3.4.; Pre publicación y Publicación de la relación de Contribuyentes hábiles a participar en el Sorteo; Punto IV. Modalidad del Sorteo Inciso 4.1, Artículo Tercero.- AUTORÍCESE para el 09 de Agosto del 2011 a las 20.00 Horas en el frontis de la Municipalidad, la realización del Sorteo Público denominado “EN JULIO, PONLE 20 AL PERU, PAGA TUS TRIBUTOS Y EL AUTO TE LO LLEVAS TU”, para los contribuyentes hábiles que al 9 de Agosto del 2011 a las 18.00 horas hayan cumplido con el pago de sus obligaciones tributarias de acuerdo a los criterios establecidos en las bases del Sorteo. Son Contribuyentes hábiles para participar en el Sorteo los Contribuyentes que a esa fecha cumplan con los requisitos establecidos en las Bases, en la fecha y hora de realización del Sorteo indicado en el presente párrafo el Notario y el Representante del Ministerio del Interior procederán de acuerdo a lo establecido en las Bases. Artículo Cuarto.- LA PRE PUBLICACIÓN de la relación de los contribuyentes hábiles se realizará el día 02 de Agosto y LA PUBLICACIÓN DEFINITIVA será el 09 de Agosto a las 19.00 horas. En el Portal de la Municipalidad y en el Frontis de la Municipalidad. Artículo Quinto.- Déjese sin efecto toda norma que se oponga a la presente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CLAUDIO IVÁN ZEGARRA ARELLANO Alcalde (e) 672353-1 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Modifican la Ordenanza Nº 174-MDCH que aprobó el Régimen de Protección, Control y Sanción contra el Consumo de Tabaco y la Exposición al Humo de Tabaco en el distrito de Chorrillos ORDENANZA Nº 192-MDCH Chorrillos, 18 de junio del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Chorrillos, en Sesión Ordinaria de fecha 18 de Junio del 2011; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 195º de nuestra referida Carta Magna señala que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; siendo competentes, entre otros, para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de salud, y medio ambiente, conforme a ley. Que, de conformidad con los numerales 3.2) y 3.4) del artículo 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, son funciones específi cas exclusivas de las municipalidades distritales, regular y controlar la salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, escuelas y otros lugares públicos, así como, fi scalizar y realizar labores de control respecto a la emisión de humos y demás contaminantes del ambiente; Que, la Ley Nº 295217 publicada el 15 de Enero del 2011, se establece en su artículo 5º la prohibición de fumar en los interiores de todo espacio público cerrado y en todo medio de transporte público, resultando por lo tanto necesario derogar los artículos 4º, 5º, segundo párrafo del artículo 6º y la primera y segunda disposición transitoria y fi nal de la Ordenanza Nº 174-MDCH de fecha 19 de Junio del 2010. Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y en uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del artículo 9º de la precitada norma; el Concejo Municipal por UNANIMIDAD. y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, emitió la siguiente: ORDENANZA QUE DEROGA LOS ARTICULOS 4º, 5º y SEGUNDO PARRAFO DEL ARTICULO 6º, ASI COMO LA PRIMERA Y SEGUNDA DISPOSICION TRANSITORIA Y FINAL DE LA ORDENANZA Nº 174-MDCH DE FECHA 19 DE JUNIO DEL 2010, LA MISMA QUE APRUEBA EL RÉGIMEN DE PROTECCIÓN, CONTROL Y SANCIÓN CONTRA EL CONSUMO DE TABACO Y LA EXPOSICIÓN AL HUMO DE TABACO EN EL DISTRITO DE CHORRILLOS. Artículo Primero.- DERÓGUESE los artículos 4º, 5º, Segundo Párrafo del Artículo 6º, Primera y Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 174- MDCH de fecha 19 de Junio del 2011. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de efectuada la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 672966-1 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Aprueban la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada de predio ubicado en el distrito RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 64-11-GDU-MDEA El Agustino, 16 de junio de 2011 EL GERENTE DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO VISTO: El Expediente Nº 17490-10, 16686-09, 10661-09, 8010- 09, seguido por los representantes de la COOPERATIVA DE VIVIENDA TALAVERA LA REYNA LTDA., quienes solicitan