Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2011 (04/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

447997

ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACION DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA APROBADO POR ORDENANZA Nº 950-MML
Articulo Primero.- Modificar el Plano de Zonificacion del Distrito de San MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 950-MML publicado el 17 de junio del 2006, de Residencial de Densidad Alta (RDA) y Residencial de Densidad Baja (RDB) a Educacion Superior Universitaria (E3), para el predio ubicado en la Av. General Salaverry Nºs. 2265, 2281, 2285, 2287, 2295 y Av. Cadiz N° 446, 448, 450 de la Urb. Country Club. Articulo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificacion de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, incorpore en el Plano de Zonificacion del distrito de San MORDAZA, la modificacion aprobada en el Articulo Primero de la presente Ordenanza. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2011. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Alcaldesa

672738-3

Autorizan a la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana a llevar a cabo la venta directa de diversos predios en favor de la Asociacion de Comerciantes La MORDAZA
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 331
MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, regula el ambito, organizacion, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales, estableciendo que las normas contenidas en la misma, sus normas reglamentarias y aquellas que emita la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN son de estricto cumplimiento para las entidades que conforman el Sistema, en concordancia con las competencias y autonomias atribuidas por la Constitucion Politica del Peru y las leyes correspondientes; Que, el inciso h) del articulo 10º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008VIVENDA prescribe que es atribucion de las entidades disponer de sus bienes, previa opinion tecnica de la SBN, de acuerdo con lo regulado en dicho Reglamento y con las excepciones senaladas en la Ley y demas normas sobre la materia; Que, asimismo el articulo 33º del Reglamento de la Ley Nº 29151 preve que, en el caso de disposicion de bienes inmuebles de propiedad del Estado, la aprobacion sera efectuada por Resolucion del Titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad, previa opinion tecnica de la SBN sobre la procedencia del acto; Que, el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 004-2010MIMDES, aplicable por MORDAZA de la primera disposicion complementaria y transitoria del Decreto Supremo Nº 0102010-MIMDES, establece que los bienes de las sociedades de beneficencia tienen los mismos atributos, calidades y derechos que los bienes del Estado y se rigen por la Ley Nº 29151 y su Reglamento; Que, en el Informe Nº 008-2011-PCM-SGP-RRCA del 21 de MORDAZA de 2011, remitido a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a traves del Oficio Nº 695-2011-PCM/SGP en la misma fecha, la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros concluye que el Titular del Pliego y ente rector de las beneficencias son los gobiernos locales, ello como consecuencia del MORDAZA de transferencia de competencia en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion; Que, para el caso especifico de la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana, la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros senala que su titular de pliego y ente rector es la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, lo cual debidamente concordado con el articulo 53º de la Ley Organica de

Municipalidades, Ley Nº 27972 y la referida Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales conlleva a que sea la Alcaldia Metropolitana a la que le corresponde autorizar la transferencia de sus bienes inmuebles; Que, mediante Carta s/n de fecha 03 de febrero del 2010, la Asociacion de Comerciantes La MORDAZA ha solicitado a la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana, la adjudicacion en venta directa de los predios ubicados en el Jr. MORDAZA Nº 640, Nº 642 y Nº 646 ­ Cercado de MORDAZA, toda vez que desde el 15 de setiembre del 2004 ostenta la posesion de los pre-citados inmuebles en su calidad de arrendamiento; Que, mediante Acuerdo Nº 20-2010, adoptado en su Sesion Nº 23-2010-SBLM del 22 de junio de 2010, el Directorio de la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana ratifico el Acuerdo Nº 96-2006, de fecha 25 de junio de 2006, en el extremo que autoriza la venta de los predios de propiedad de la referida entidad benefica ubicados en Jr. MORDAZA Nº 640; Nº 642 y Nº 646 del Cercado de MORDAZA, bajo la modalidad de venta directa a favor de la Asociacion de Comerciantes La MORDAZA, asimismo, dispuso constituir con el monto de la venta, un fondo intangible, para el desarrollo de proyectos de inversion productiva, que seria aprobados por el directorio y que permitan maximizar su rentabilidad, con la finalidad de cumplir con los fines sociales institucionales; Que, mediante Oficio Nº 216-2010-GG/SBLM del 07 de MORDAZA de 2010, la Gerencia General de la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana remitio a la SBN el expediente relacionado con la solicitud de venta directa de los inmuebles MORDAZA mencionados; Que, segun Oficio Nº 11506-2010/SBN-GO del 12 de agosto de 2010 e Informe Nº 00579-2010/SBN-GO-JAD del 10 de agosto de 2010 y los antecedentes que se adjuntan a estos, la SBN en su calidad de Ente Rector responsable de normar y supervisar los actos de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales, ha emitido opinion favorable para la adjudicacion en venta directa, a favor de la Asociacion de Comerciantes La MORDAZA, de los predios que se detallan a continuacion, luego de verificar lo dispuesto por el articulo 75º y la causal para la adjudicacion en venta directa contemplada en el inciso c) del articulo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151: 1. Predio de 58.50 m2 ubicado en Jr. MORDAZA Nº 640, inscrito en la Partida Nº 07019568 de Registro de Predios de Lima. 2. Predio de 2,365.10 m2 ubicado en Jr. MORDAZA Nº 642, inscrito en la Partida Nº 07019569 de Registro de Predios de Lima. 3. Predio de 411.25 m2 ubicado en Jr. MORDAZA Nº 646, inscrito en la Partida Nº 07019570 de Registro de Predios de Lima. Que, mediante el Informe Nº 00579-2010/SBN-GOJAD del 10 de agosto de 2010, se ha indicado que la adjudicacion en venta directa de los predios de propiedad de la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana debe realizarse al valor comercial de US $ 3´666,841.40 (Tres Millones Seiscientos Sesenta y Seis mil Ochocientos Cuarenta y Uno y 40/100 dolares americanos); Que, mediante Informe Nº 192-2010/INABIF.UGDPR de la Unidad Gerencial para el Desarrollo de la Poblacion en Riesgo del INABIF, en su calidad de organo responsable de la supervision de las funciones operativas del Sistema Nacional para la Poblacion en Riesgo, del cual forman parte las Sociedades de Beneficencia, ha manifestado su opinion favorable en relacion con la venta directa de los tres predios de propiedad de la Beneficencia de MORDAZA Metropolitana, inscritos en las Partidas Registrales Nº 07019568, Nº 07019569 y Nº 07019570 del Registro de Predios de Lima; Que, mediante Oficio Nº 1475-2011-MINDES-SG, de fecha 31 de MORDAZA de 2011, el Secretario General del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, remitio al Gerente Municipal de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, el expediente integro de las actuaciones llevadas a cabo entre el citado Ministerio y al Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana en el tramite de aprobacion de la venta directa de los predios con frente al Jr. MORDAZA Nº 640, Nº 642 y Nº 646 del Cercado de MORDAZA, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 004-2011-MINDES, por el cual se declaro concluido el MORDAZA de efectivizacion de la transferencia de funciones y competencias del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, entre otros, a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, estando a los MORDAZA expuesto, cabe concluir que la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana ha seguido el tramite y cumplido con los requisitos

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