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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de agosto de 2011 447995 de 2008; Nº 003-2009 de 05 de febrero de 2009; Nº 012- 2009 del 19 de noviembre de 2009; Nº 001-2011 de 01 de enero de 2011; Nº 003-2011 de 11 de enero de 2011; Que, asimismo se señala, que el proyecto de CAP, ha tomado en cuenta el Memorando Nº 226-2011-GRC/GGR de 18 de marzo de 2011, de la Gerencia General Regional, respecto a la necesidad de incluir cargos que permitan ser ocupados por 36 trabajadores que han sido reincorporados por mandato judicial, Siete (07) especialistas y Veintinueve (29) auxiliares. En este caso, considerando lo estipulado por la normatividad vigente y la implementación de nuevas ofi cinas, ha permitido la creación de treintiun (31) nuevos cargos en el CAP, de los cuales quince (15) de ellos pueden ser ocupados por los trabajadores reincorporados por mandato judicial. Que, conforme a lo señalado en el Informe Técnico de Vistos elaborado por la Ofi cina de Racionalización y Estadística de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el Cuadro para Asignación de Personal – CAP, es un documento de gestión institucional que contiene los cargos defi nidos y aprobados por la institución, sobre la base de la estructura orgánica prevista en el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Gobierno Regional del Callao (en adelante ROF); Que, según el Informe Técnico sustentatorio, el cálculo del costo proyectado que demandaría habilitar los 31 nuevos cargos previstos, ascendería a S/. 3’058,366.00 (Tres Millones Cincuenta y Ocho Mil Trescientos Sesenta y Seis y 00/100 Nuevos Soles). Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15º sobre las atribuciones del Consejo Regional, dispone en su literal a) aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, contando con la opinión favorable de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, se desprende que el Proyecto que modifi ca el Cuadro para Asignación de Personal – CAP presentado, se encuentra ajustado a la normativa vigente, debiendo elevar los actuados al Consejo Regional para su aprobación correspondiente. Es del caso anotar, que el numeral 14.3 del Artículo 14º del D.S. Nº 043-2004-PCM establece para los Gobierno Regionales no es necesario presentar un Informe Previo favorable de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, en los casos que hubiese sido el órgano responsable de la elaboración del CAP. En consecuencia, esta situación se ajusta a la presentación del presente Proyecto del Cuadro para Asignación de Personal del Gobierno Regional del Callao, considerando que la Ofi cina de Racionalización y Estadística responsable de la formulación de este CAP, es una dependencia de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. Que, con Informe Nº 796-2011-GRC/GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que el proyecto que modifi ca el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Gobierno Regional del Callao, presentado por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial (Formatos Nº 1º y 2º), se encuentra ajustado a la normativa aprobada. Que, por Dictamen Nº 056-2011-GRC/CR-CA la Comisión de Administración Regional recomienda al Consejo Regional, por las consideraciones antes señaladas y fundamentos técnicos expuestos, aprobar vía Ordenanza Regional el proyecto que modifi ca el Cuadro para Asignación de Personal-CAP del Gobierno Regional del Callao, formulado por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, según el Anteproyecto presentado para su aprobación y los informes técnicos sustentatorios; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido a la Ley Nº 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA EL CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL - CAP DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Artículo Primero.- Aprobar el Cuadro de Asignación de Personal – CAP del Gobierno Regional del Callao formulado por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza Regional, que constará de 348 cargos, de los cuales 313 (Trescientos Trece) son ocupados y 35 (Treinta y cinco) son previstos, (Formatos Nº 1 y 2), por las consideraciones antes señaladas y fundamentos técnicos expuestos. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el fi el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Artículo 3º.- Encargar a la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Portal WEB del Gobierno Regional del Callao: www.regioncallao.gob.pe; en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe; así como en el Portal del Ministerio de Justicia. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIX MORENO CABALLERO Presidente 672702-1 Modifican composición de la Comisión Ambiental Regional del Callao DECRETO REGIONAL N° 000004 Callao, 26 de julio de 2011 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, mediante lo dispuesto en la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27783 y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, y sus modifi catorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 35º, literal m) de la Ley de Bases de Descentralización, corresponde a los Gobiernos Regionales dictar las normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad; Que, el Inc. b) del Artículo 53º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, determina como función en materia ambiental de los Gobiernos Regionales el implementar el sistema regional de gestión ambiental, en coordinación con las Comisiones Ambientales Regionales; Que, el Artículo 17.1 del Decreto Legislativo Nº 1013, norma de creación del Ministerio del Ambiente, establece en su Artículo 17.1 que los Gobiernos Regionales aprueban la creación, el ámbito, la composición y las funciones de las Comisiones Ambientales Regionales; Que, la Comisión Ambiental Regional, C.A.R. – Callao, fue creada mediante Decreto de Consejo Directivo Nº 015 – 2001 – CD / CONAM, de 19 de junio de 2001; Que, la Comisión Ambiental Regional, es la instancia de gestión ambiental de carácter técnico multisectorial, encargada de la concertación y buena aplicación de la política ambiental regional entre el sector público y privado. Coordina con el Gobierno Regional del Callao la implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental, de conformidad con lo señalado en el inc. b) del Artículo 53º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, la C.A.R. – Callao, está conformada por representantes de las instituciones nacionales, regionales y locales con responsabilidades y competencias en la problemática ambiental. Que, la presidencia de la C.A.R. – Callao es ostentada por el Gobierno Regional a través de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional del Callao; Que, mediante Acta de fecha 27 de junio del 2011, consta el acuerdo dado por consenso para la modifi cación de la composición de la Comisión Ambiental Regional del Callao, integrando a 16 instituciones públicas que lo solicitaron; Que, estando lo expuesto y en uso de las atribuciones otorgadas por la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; DECRETA: Artículo 1º.- MODIFICAR la composición de la Comisión Ambiental Regional del Callao, quedando conformada de la siguiente manera: