Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2011 (19/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, viernes 19 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

448605

con Registro Unico de Contribuyente Nº 20524780900 y el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Registro unico de Contribuyente Nº 10176194940; Que, mediante escrito del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, interpone recurso de reconsideracion contra la Resolucion Directoral 277-2011PRODUCE/DGEPP, que declaro improcedente el cambio de titular de permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera MI MORDAZA de matricula PL-20748-CM; Que, los Articulos 207º, 208º y 211º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establecen que el recurso de reconsideracion se interpone ante el mismo organo que dicto el primer acto que es materia de impugnacion y debe sustentarse en nueva prueba, en un plazo de quince (15) dias perentorios, debiendo ser autorizado por letrado; Que, el recurso de reconsideracion ha sido interpuesta por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA dentro del plazo establecido, ha sido autorizado por letrado, adjuntando como nueva prueba declaracion jurada firmada por MORDAZA Giovana MORDAZA MORDAZA que convalida el Formulario DGEPP 007, matricula vigente expresando la capacidad de bodega en m3, MORDAZA de depositos efectuados en el Banco de la Nacion por cancelacion de deudas contraidas ante la Oficina de Ejecucion Coactiva; Que, asimismo mediante la Resolucion Numero OCHO de fecha 13 de junio del 2011, emitida por Juez del Setimo Juzgado Especializado Civil del Poder Judicial-CSJL, se resuelve restituir los efectos contenidos en la Resolucion Numero UNO de fecha 21 de enero del 2011, la misma que resolvia entre otras cosas el reconocimiento de la validez y los efectos juridicos del contrato de compra venta de la embarcacion pesquera MI MORDAZA de matricula PL-20748CM y su respectivo permiso de pesca a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, e inscrita en la partida 50000374; en ese sentido, el administrado estaria ostentando la propiedad de la referida embarcacion, por lo que se habria desvirtuado uno de los supuestos contemplados en la Resolucion Directoral Nº 277-2011-PRODUCE/DGEPP, correspondiendo a la administracion declarar fundado el recurso de reconsideracion interpuesto; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informes Nº 669- y 888-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012.2001-PE, el articulo 207º, 208º y 211º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar fundado el recurso de reconsideracion interpuesto contra la Resolucion Directoral Nº 277-2011-PRODUCE/DGEPP; por lo tanto, aprobar a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Registro Unico de Contribuyente Nº 10176194940; el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 316-2003-PRODUCE/DNEPP, para operar la embarcacion pesquera MI MORDAZA de matricula PT-20748-CM, condicionando el cambio de titular otorgado a los resultados del MORDAZA Judicial seguido en el 7º Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Exp: 4096-2010-0-1710-JRCI-07, relacionado con la referida embarcacion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 678162-1

Aceptan desistimiento presentado por la empresa Lesand Corporation, sobre solicitud de permiso de pesca para operar embarcacion
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 452-2011-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2011 Visto: El escrito con Registro Nº 00037094-2011 del 29 de MORDAZA del 2011 y Adjuntos Nº 1,2, y 4 de fechas 04 de MORDAZA, 17 de MORDAZA, y 01 de MORDAZA del 2011, presentados por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con domicilio legal en la Av. MORDAZA Nº 1257, Oficina 303, MORDAZA de MORDAZA - MORDAZA, en representacion de la empresa LESAND CORPORATION; y, CONSIDERANDO: Que, los Articulos 44º y 45º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que el permiso de pesca es un derecho especifico que el Ministerio de la Produccion otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, previo pago de los derechos correspondientes; Que, el inciso c) del Articulo 48º de la referida Ley dispone que la pesca en aguas jurisdiccionales peruanas podra llevarse a cabo por embarcaciones de bandera extranjera, para la extraccion de recursos de oportunidad o altamente migratorios o aquellos otros subexplotados que determine el Ministerio de la Produccion, mediante el pago de derechos por permiso de pesca; Que, el articulo 189º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que el desistimiento de un procedimiento importara la culminacion del mismo. Indica que el desistimiento podra hacerse por cualquier medio que permita su MORDAZA y senalando su contenido y alcance, dicho desistimiento se podra realizar en cualquier momento MORDAZA de que se notifique la resolucion final de la instancia y la Autoridad aceptara de plano el desistimiento y declarara concluido el procedimiento, salvo que habiendose apersonado terceros interesados instasen estos su continuacion; Que, a traves del escrito del visto, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de la empresa LESAND CORPORATION, solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "CONTADORA I" con matricula 30741-05A de bandera panamena, en la extraccion del recurso hidrobiologico atun, con destino al consumo humano directo, dentro de las aguas jurisdiccionales peruanas, por el periodo de tres (03) meses. Asimismo, a traves del Adjunto Nº 2 del visto, la administrada solicita desistimiento del permiso de pesca solicitado a traves del registro Nº 37094-2011, de fecha 29 de MORDAZA de 2011 y en consecuencia solicita la culminacion del MORDAZA administrativo; Que, considerando que el procedimiento administrativo iniciado por la administrada no cuenta con la participacion de terceros, no afectando a personas distintas de la administrada, ni al interes general, ni tampoco se ha notificado la Resolucion final de la instancia; corresponde aceptar el desistimiento solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Tecnico Nº 417-2011-PRODUCE/ DGEPP-Dch, y el Informe Legal Nº 866-2011-PRODUCE/ DGEPP, con la conformidad legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Decreto Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General y el Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE ­ Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar el desistimiento presentado por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA,

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