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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (19/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de agosto de 2011 448615 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Aceptan renuncia de Secretario General del Instituto Nacional Penitenciario - INPE RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 637-2011-INPE/P Lima, 16 de agosto de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial Nº 780-2010- INPE/P de fecha 11 de octubre de 2010, se designó al señor abogado JUAN ANDRES RAMOS ARAPA en el cargo público de confi anza de Secretario General del Instituto Nacional Penitenciario – INPE; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo para el cual fue designado, por lo que resulta pertinente emitir el acto mediante el que se acepta la misma; De conformidad con lo establecido en la Ley 27594, Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS y las Resoluciones Supremas Nº 178-2010-JUS y Nº 007-2011-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, con efectividad al 31 de agosto de 2011, la renuncia formulada por el señor abogado JUAN ANDRES RAMOS ARAPA al cargo público de confi anza de Secretario General del Instituto Nacional Penitenciario – INPE, dándole las gracias por los importantes servicios prestados. Artículo 2º.- Remitir, copia de la presente resolución a los interesados e instancias pertinentes para los fi nes consiguientes Regístrese y comuníquese. WILSON E. HERNANDEZ SILVA Presidente Consejo Nacional Penitenciario 679455-1 INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE Crean la Medalla “Honor al Mérito Deportivo” del Instituto Peruano del Deporte RESOLUCIÓN Nº 592-2011-P/IPD Lima, 17 de agosto del 2011 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 2º de la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, defi ne al deporte como aquella actividad física que se promueve como un factor importante para la recreación, la mejora de la salud, la renovación y desarrollo de las potencialidades físicas, mentales y espirituales del ser humano, mediante la participación y sana competencia en todas sus disciplinas deportivas y recreativas; Que, tal como lo establece el artículo 7º de la Ley Nº 28036, modifi cada por la Ley Nº 29544, el Instituto Peruano del Deporte, es el ente rector del Sistema Deportivo Nacional (SISDEN), constituye un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional y administrativa para el cumplimiento de sus funciones. Constituye un pliego presupuestal; el cual en coordinación con los organismos del Sistema Deportivo Nacional (SISDEN), formula e imparte la política del deporte en general y, por ende, de cada uno de sus componentes, Organiza, planifi ca, promueve, coordina, evalúa y fi scaliza en el ámbito nacional el desarrollo del deporte, la recreación y la educación física en todas sus disciplinas, modalidades, niveles y categorías, como componentes del deporte en general; Que, el artículo 70º de la Ley Nº 28036, dispone que los deportistas califi cados de alto nivel, en actividad o retiro tendrán derecho a acceder a las distinciones consignadas en la Orden de Laureles Deportivos y a los premios y estímulos y/o distinciones de acuerdo a sus méritos, siendo estas últimas instituidas por Ley o Resolución del IPD; Que, la disposición anterior guarda concordancia con el Decreto Supremo Nº 018-2004-PCM, Reglamento de la Ley Nº 28036, el cual establece en su artículo 32º que los deportistas califi cados de alto nivel tienen derecho a acceder a otros premios o distinciones que establezca el IPD mediante Resolución de Presidencia, de conformidad con los artículos 70º y 72º de la Ley; Que, el Instituto Peruano del Deporte en atención a su rol promotor ha considerado conveniente instaurar otras distinciones y premios para aquellos deportistas califi cados que hayan obtenido un récord del mundo o título de campeonato mundial u olímpico en categoría diferente a las de la más alta jerarquía u otros torneos de relevancia deportiva internacional; Que, estando a lo anteriormente expuesto es necesario emitir el acto administrativo correspondiente; En uso de las facultades previstas en la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, y su modifi catoria aprobada por Ley Nº 29544, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2004-PCM; Con los visados de la Dirección Nacional de Deporte Afi liado, la Ofi cina de Asesoría Jurídica la Secretaría General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Crear la Medalla de “Honor al Mérito Deportivo” del Instituto Peruano del Deporte, como una distinción a los deportistas califi cados que hayan obtenido un récord del mundo o título de campeonato mundial u olímpico en categoría diferente a las de la más alta jerarquía u otros torneos de relevancia deportiva internacional. Artículo 2º.- La Medalla de “Honor al Mérito Deportivo” consta de una Medalla y un Diploma de reconocimiento, la que será otorgada por el Presidente del Instituto Peruano del Deporte a iniciativa debidamente fundamentada de la Federación Deportiva Nacional que corresponda. Artículo 3º.- Establecer como características de la Medalla de “Honor al Mérito Deportivo” y del Diploma de Reconocimiento otorgado por el Instituto Peruano del Deporte, las siguientes: Características de la Medalla de “Honor al Mérito Deportivo” - La Medalla simboliza al astro sol, con rayos solares, es de bronce bañada en enchape de oro, modelo sol radiante. - Sus dimensiones son: Nueve centímetros de diámetro, cuerpo delantero de cinco punto cinco centímetros (5.5 cms.), con oreja para la cinta. - En la parte delantera tiene el Escudo del Perú circundado por la inscripción: República del Perú - Instituto Peruano del Deporte. - En la parte posterior al centro tiene las iniciales IPD, circundado por la frase “Honor al Mérito Deportivo”, acompañado del año en que se entrega la medalla. - En la circunferencia contiene dieciséis (16) fi guras que simbolizan los rayos solares. - La medalla pende de una cinta satinada roja de noventa y cinco centímetros (95 cms.) de largo, con acabado en punta V, con una cinta satinada blanca de noventa y cinco centímetros (95 cms.) colocada esta última encima y al centro del ancho de la cinta roja. - Estuche de quince por quince centímetros (15 x 15 cms.), forrado en pana, todo de color azul. Características del Diploma de Reconocimiento - Sus dimensiones son treinta y nueve centímetros (39 cms.) de ancho por cuarenta y cuatro centímetros (44 cms.) de altura.