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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (19/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de agosto de 2011 448612 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros; cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 679582-1 Aceptan donación efectuada por la Academia Diplomática del Perú para financiar en parte adquisición de microfilme al Archivo Nacional de los Estados Unidos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0690/RE-2011 Lima,17 de agosto de 2011 VISTO: El Memorándum (FIN) N° 0412/2011 de la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración, mediante el cual informa acerca de la donación de la Fundación Academia Diplomática del Perú e incorporación al Presupuesto Institucional; CONSIDERANDO: Que, con fecha 20 de julio de 2011, se suscribió el Convenio de Colaboración Institucional entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Fundación Academia Diplomática del Perú donde coinciden en la necesidad de unir sus capacidades institucionales con el propósito de colaborar para la adquisición al Archivo Nacional de los Estados Unidos de los microfi lme, correspondientes al período inicial de la República hasta el año 1963, que contienen la correspondencia Diplomática de ida y vuelta entre la Cancillería Peruana y la Legación/Embajada de los Estados Unidos en Lima; entre el Departamento de Estado de los Estados Unidos y la Legación/Embajada del Perú en ese país y entre el Departamento de Estado de los Estados Unidos y la Legación/Embajada de los Estados Unidos en Lima, comprometiéndose en asumir la suma de US$ 8 000,00 (OCHO MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) y US$ 14 195,00 (CATORCE MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), respectivamente, a fi n de promover el conocimiento y la investigación histórica de la Política Exterior Peruana; Que, en ese sentido, resulta necesario aceptar la donación efectuada por la Fundación Academia Diplomática del Perú por el compromiso asumido a fi n de promover el conocimiento y la investigación histórica de la Política Exterior Peruana, hasta por la suma de US$ 14 195,00 (CATORCE MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) equivalente a S/. 38 752,35 (TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 35/100 NUEVOS SOLES) e incorporar dicha donación al Presupuesto Institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores para fi nanciar la citada adquisición, de conformidad con los procedimientos establecidos en la normatividad vigente; Que, asimismo para fi nanciar la adquisición del microfi lme, es necesario aceptar dicha donación, de acuerdo a lo señalado por el artículo 69° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, que establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos. Asimismo, el citado artículo, establece que en el caso que el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias, la referida Resolución se publicará en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, igualmente de acuerdo a lo establecido en el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42º de la citada Ley, las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, y que se derivan de Fuentes de Financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios y recursos por operaciones ofi ciales de crédito que se produzcan durante el año fi scal, son aprobados mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, de acuerdo al literal ii del numeral 19.2 del artículo 19° de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, procede la incorporación de mayores fondos públicos establecidos en el numeral 42.1 del artículo 42° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto cuando se trate de los recursos provenientes de Saldos de Balance y Donaciones y Transferencias; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1073-2010/ RE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2011 del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa Funcional, Subprograma Funcional, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Tipo de Transacción y Genérica del Gasto; Con la conformidad de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Administración, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto y la opinión favorable de la Ofi cina General de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exteriores; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su modifi catoria; y la Directiva N° 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar la donación efectuada por la Fundación Academia Diplomática del Perú por el importe de US$ 14 195,00 (CATORCE MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) equivalente a S/. 38 753,00 (TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES, para fi nanciar en parte la adquisición al Archivo Nacional de los Estados Unidos de los microfi lme correspondientes al período inicial de la República hasta el año 1963 que contienen la correspondencia Diplomática de ida y vuelta entre la Cancillería Peruana y la Legación/Embajada de los Estados Unidos en Lima; entre el Departamento de Estado de los Estados Unidos y la Legación/Embajada del Perú en ese país y entre el Departamento de Estado de los Estados Unidos y la Legación/Embajada de los Estados Unidos en Lima, a fi n de promover el conocimiento y la investigación histórica de la Política Exterior Peruana; Artículo 2°.- Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 008: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES para el Año Fiscal 2011, hasta por la suma de US$ 14 195,00 (CATORCE MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) equivalente a S/. 38 753,00 (TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES), de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS En Nuevos Soles DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 1. INGRESOS PRESUPUESTARIOS 1.5. OTROS INGRESOS