Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2011 (15/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

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la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 1352002-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 004 - 2011SUNARP/SA, sobre "Lineamientos generales para el mantenimiento, uso y seguridad del archivo registral y procedimiento del ingreso, prestamo y devolucion de titulos archivados". Articulo 2º.- La Gerencia de Informatica de la SUNARP - Sede Central, se encargara de la implementacion a nivel nacional del Sistema Informatico de Titulos Archivados, en el plazo MORDAZA de 50 dias de publicada la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. En tanto se habilite el Sistema Informatico del Archivo Registral, las Zonas Registrales, deberan utilizar el soporte informatico y/o documentario que tengan habilitado para el efecto. Articulo 3º.- La Directiva aprobada en la presente resolucion, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo 4º.- La Gerencia General de la SUNARP, sera la encargada de la supervision e implementacion de los Lineamientos Generales de Seguridad de los Archivos Registrales a nivel nacional. Articulo 5º.- Disponer la publicacion de la directiva aprobada en el articulo 1º, en la pagina web de la SUNARP (www.sunarp.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PASCO Superintendente Adjunto de los Registros Publicos "LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL MANTENIMIENTO, USO Y SEGURIDAD DEL ARCHIVO REGISTRAL Y PROCEDIMIENTO DEL INGRESO, PRESTAMO Y DEVOLUCION DE TITULOS ARCHIVADOS" DIRECTIVA N° 004 - 2011-SUNARP/SA Aprobado por Resolucion Nº 109 - 2011-SUNARP/SA 1. OBJETIVO.Establecer el MORDAZA normativo que establezca los lineamientos generales que permitan el mantenimiento, uso y seguridad del archivo registral, y que regule el procedimiento del ingreso de titulos al archivo registral, asi como el prestamo y la devolucion de titulos archivados. 2. FINALIDAD.2.1. Establecer lineamientos generales que permitan el mantenimiento, uso y seguridad adecuado de todo el acervo documentario que comprende el Archivo Registral, a ser aplicado a nivel nacional por nuestras Zonas Registrales. 2.2. Regular el procedimiento del ingreso de titulos, asi como el prestamo y la devolucion de titulos archivados. 3. BASE LEGAL.3.1. Ley N° 26366 modificada por Ley N° 27755, que crea el Sistema Nacional de los Registros Publicos. 3.2. Ley Nº 25323, Ley del Sistema Nacional de Archivo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-92-JUS. 3.3. Ley 28716, Ley de Control Interno de las Entidades del Estado, articulo 4º, respecto a las medidas de implantacion de control interno. 3.4. Resolucion Suprema N° 135-2002-JUS del 11.07.2002 que aprueba el Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos y su modificatoria aprobada por Resolucion Suprema Nº 027-2005-JUS. 3.5. Resolucion Suprema N° 139-2002-JUS del 19.07.2002 que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos.

3.6. Texto Unico Ordenado del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado mediante Resolucion N° 079-2005-SUNARP/SN, Articulos 108° y siguientes del Titulo VIII del Archivo Registral. 3.7. Resolucion Nº 052-2011-SUNARP/SA, que declara de interes institucional la correcta organizacion, conservacion y mantenimiento de los archivos registral. 3.8. Resolucion Nº 313-2008-SUNARP/SN, que aprueba la Directiva Nº 008-2008-SUNARP/SN "Lineamientos para la Formulacion y Aprobacion de Directivas de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos". 4. ALCANCE.Las disposiciones de la presente Directiva son de cumplimiento para todos los Organos y Unidades Organicas de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos. La presente directiva tambien alcanza al personal de otras instituciones y publico en general al que se le brinde el servicio de prestamo de titulos archivados. 5. DISPOSICIONES GENERALES.Por la presente Directiva, se establecen los lineamientos generales que permiten contar con un MORDAZA normativo que regule el procedimiento de ingreso de titulos al archivo, su prestamo y devolucion con un sistema informatico que proporcione el soporte tecnico que contribuya en brindar un servicio rapido de atencion y control de las solicitudes y devoluciones de titulos y legajos requeridos por las distintas areas de las Oficinas Registrales y por el publico usuario. 6. DISPOSICIONES ESPECIFICAS.6.1. LINEAMIENTOS GENERALES DE SEGURIDAD PARA LOS ARCHIVOS REGISTRALES.6.1.1. AMBIENTE DEL ARCHIVO REGISTRAL.El archivo registral debe contar con un area adecuada para albergar los documentos que forman parte del archivo registral, asi como los documentos que puedan incrementar el archivo. Debera contar con puertas y ventanas seguras, camaras de seguridad, extintores, detectores de humo, deshumedecedores y otros que permitan garantizar la seguridad y conservacion de los titulos archivados. Mantener limpia y ordenado el area del archivo registral, asi como las fumigaciones que corresponda, bajo supervision directa del jefe del archivo y/o responsable del archivo registral. El responsable de archivo, es el encargado de conservar las llaves del archivo, bajo responsabilidad. En las Oficinas Registrales que cuenten con dispositivos electronicos de acceso al area de archivo, el jefe del archivo y/o responsable del archivo registral, tendra una clave personal e intransferible, bajo responsabilidad. En la MORDAZA del area de archivo registral, se colocaraaen un lugar visible y con letras MORDAZA el siguiente aviso: "ESTA TERMINANTEMENTE PROHIBIDO EL INGRESO DE PERSONAS AJENAS AL ARCHIVO REGISTRAL". 6.1.2. SEGURIDAD DEL ARCHIVO REGISTRAL.El acceso al area del archivo registral, queda restringido al personal que labora en dicha area, debiendo colocarse en la MORDAZA o puertas de acceso al Archivo Registral, su naturaleza de area restringida, permitiendo su ingreso unicamente al personal autorizado, quedando terminantemente prohibido el ingreso a otro personal asi como de personas de otras instituciones y publico usuario; salvo en los casos especificos debidamente autorizados por el jefe de archivo y/o responsable del archivo registral. El jefe del archivo registral y/o responsable del archivo registral, debera mantener un control manual o electronico de las personas que ingresan y salen del area del archivo registral, indicando nombres y apellidos, hora de ingreso y salida, y motivo del ingreso Las Oficinas Registrales, deberan contar con un

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