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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de diciembre de 2011 455083 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Modifican el A.C.R. N° 073-2011-CR/ GRL, respecto a la fecha de licencia temporal concedida al Presidente del Gobierno Regional de Lima ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 090-2011-CR/GRL Huacho, 11 de octubre del 2011 VISTO: La Carta N°050-2011-OME/CRPH/GRL del Consejero Delegado (e), quien solicita se agende en la próxima sesión extraordinaria del día martes 11 del presente mes, el pronunciamiento del Pleno del Consejo Regional de Lima respecto al documento presentado por el Presidente del Gobierno Regional de Lima Javier Jesús Alvarado Gonzales del Valle el viernes 07 de octubre del 2011, donde da a conocer que asumirá su cargo como Presidente del Gobierno Regional de Lima. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal; Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador, correspondiéndole las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y en el Reglamento Interno del Consejo Regional. Que, mediante Carta N° 008-2011-GRL/PRES, el Presidente del Gobierno Regional de Lima Javier Jesús Alvarado Gonzales del Valle, solicita que el Pleno del Consejo Regional, tenga a bien concederle licencia temporal desde el 17 de setiembre al 13 de octubre de 2011, para participar en el Curso de Proyectos de Desarrollo Rural Integrado en la ciudad de Rehovot - Israel, debiéndose encargar la Presidencia Regional a la Lic. Lita Román Bustinza - Vicepresidenta Regional. Que, en la Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 08 de Setiembre del 2011, en la provincia de Oyón, el Pleno del Consejo Regional de Lima por unanimidad mediante el A.C.R. N° 073-2011-CR/GRL acuerda conceder la licencia temporal al Presidente del Gobierno Regional de Lima, Javier Jesús Alvarado Gonzales del Valle, por el periodo de 27 días naturales, comprendidos desde el 17 de setiembre al 13 de octubre de 2011, a fi n de participar en el Curso de Proyectos de Desarrollo Rural Integrado en la ciudad de Rehovot - Israel, asimismo encargar la Presidencia del Gobierno Regional de Lima, durante el periodo de Licencia, a la Lic. Lita Román Bustinza, Vicepresidenta del Gobierno Regional de Lima, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 23 de la Ley 27867- Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y su modifi catoria. Que, en la Sesión Extraordinaria llevada a cabo el día 11 de octubre del 2011, en las instalaciones del Consejo Regional ubicado en la ciudad de Huacho, se dio cuenta la Carta N°050-2011-OME/CRPH/GRL del Consejero Delegado (e), quien solicita se agende en la próxima sesión extraordinaria del día martes 11 del presente mes, el pronunciamiento del Pleno del Consejo Regional de Lima respecto al documento presentado por el Presidente del Gobierno Regional de Lima Javier Jesús Alvarado Gonzales del Valle el viernes 07 de octubre del 2011, donde da a conocer que asumirá su cargo como Presidente del Gobierno Regional de Lima, ante los hechos de crisis, de ingobernabilidad y de inestabilidad que afronta el Gobierno Regional de Lima, luego del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima, con el voto por Mayoría de los Consejeros Regionales concurrentes a la Sesión de Consejo Regional, y; En uso de sus facultades conferidas en los incisos a) y s) del artículo 15° de la Ley N° 27867 - “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, concordante con el artículo 39° del mismo cuerpo legal; ACUERDA: Artículo Primero.- MODIFICAR el A.C.R. N° 073- 2011-CR/GRL respecto a la fecha de la licencia temporal concedida al Presidente del Gobierno Regional de Lima Javier Jesús Alvarado Gonzales del Valle, la misma que comprende del 17 de setiembre al 06 de octubre de 2011. Artículo Segundo.- El presente Acuerdo de Consejo Regional será publicado en el Diario Ofi cial El Peruano, un Diario de Mayor Circulación Regional y en el Portal del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe). POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. OSWALDO MERINO ESPINAL Consejero Delegado (e) 729150-1 GOBIERNO REGIONAL DE PUNO Oficializan idiomas Quechua y Aimara en la región de Puno ORDENANZA REGIONAL Nº 017-2011-GRP-CRP EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE PUNO. VISTO: En el Consejo Regional del Gobierno Regional Puno, en sesión extraordinaria llevada a cabo el día 22 de noviembre del 2011, se ha debatido y aprobado la Ordenanza Regional siguiente; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado considera que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente del Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; con este propósito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de conformidad al artículo 13º de la Ley Nº 27867, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional, de igual forma el artículo 15º literal a) de la norma señalada, es atribución del Consejo Regional, aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de su competencia y funciones del Gobierno Regional, y el artículo 37º literal a) indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos Regionales. Que, el artículo 48º de la Constitución Política del Estado señala que son idiomas ofi ciales el castellano y, en las zonas donde predominen, también lo son el quechua, el aimara y las demás lenguas aborígenes, según la ley. Que, el artículo 2º inciso 19) de la Constitución Política del Estado señala que toda persona tiene derecho a su identidad étnica y cultural. El Estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la Nación. Todo peruano tiene derecho a usar su propio idioma ante cualquier