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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (17/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de diciembre de 2011 455085 presente acuerdo regional; y conforme lo dispone el artículo 75º de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, Ley Nº 28411 y modifi catorias; Segundo.- ENCARGUESE a la Ofi cina Regional de Administración la publicación del presente acuerdo regional en el Diario Ofi cial El Peruano, en un diario de circulación regional y en el portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). POR TANTO: Mando se registre y cumpla NILO D. MAGUIÑA VÁSQUEZ Consejero Delegado 730039-2 ACUERDO Nº 195-2011-GRU/CR Pucallpa, 9 de diciembre del 2011 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, en Sesión Extraordinaria de fecha 09 de diciembre del 2011, con el voto unánime del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 101º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobó el siguiente Acuerdo Regional: Primero.- ACEPTAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha de la suma de S/. 400,000.00 para fi nanciar la Elaboración del Estudio de Preinversión (Factibilidad) y el Expediente del PIP “Mejoramiento de Vía de Interconexión al Centro Poblado San José desde Puerto Callao, Distrito de Yarinacocha – Coronel Portillo – Ucayali”, con Código SNIP Nº 149054, según el Convenio de Cooperación Interinstitucional Nº 098-2011-GRU-P suscrito entre el Gobierno Regional de Ucayali y la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, con fecha el 30 de noviembre del 2011, que forma parte integrante del presente acuerdo regional; y conforme lo dispone el artículo 75º de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, Ley Nº 28411 y modifi catorias; Segundo.- ENCARGUESE a la Ofi cina Regional de Administración la publicación del presente acuerdo regional en el Diario Ofi cial El Peruano, en un diario de circulación regional y en el portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). POR TANTO: Mando se registre y cumpla NILO D. MAGUIÑA VÁSQUEZ Consejero Delegado 730039-3 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican procedimientos administrativos, servicios brindados en exclusividad y derechos de trámite aprobados mediante Ordenanza N° 243-2011-A/MDC de la Municipalidad Distrital de Carabayllo ACUERDO DE CONCEJO Nº 1438 Lima, 24 de noviembre de 2011 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de noviembre del 2011, el Ofi cio Nº 001-090-00006401 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria-SAT, en adelante el SAT, adjuntando el expediente de ratifi cación de la Ordenanza Nº243-2011-A/MDC- de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, que aprueba los derechos de trámite por los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la citada Municipalidad, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada el 27 de junio del 2011, la Municipalidad Distrital de Carabayllo aprobó la Ordenanza materia de la ratifi cación, remitiéndola al SAT, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, con carácter de Declaración Jurada, y la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, emitió el Informe Técnico Legal Nº004-181-00000337, opinando que procede la ratifi cación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 1533 y la Directiva Nº 001-006-00000015, publicada el 30 de junio del 2011, debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario Ofi cial El Peruano y en los portales institucionales. Que, los ingresos que la citada Municipalidad prevé percibir como producto de la aplicación de los derechos de trámite por los procedimientos administrativos, materia de la ratifi cación, fi nanciarán el 98.98% de los costos por la prestación de los mismos y la diferencia deberá ser cubierta con otros ingresos que perciba dicha entidad. De acuerdo con lo opinado por el SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organización en el Dictamen Nº 223-2011-MML/CMAEO. ACORDO: Artículo Primero.- Ratifi car los procedimientos administrativos, los servicios brindados en exclusividad y de los (142) derechos de trámite listados en el Anexo A adjunto al Informe N° 004-181-00000337 del SAT que forma parte del presente Acuerdo, que fueran aprobados en la Ordenanza N° 243-2011-A/MDC por la Municipalidad Distrital de Carabayllo; en la medida que su establecimiento se ha efectuado de conformidad con: (i) las normas que defi nen las competencias municipales; (ii) los criterios legales establecidos en materia de simplifi cación administrativa; (iii) las exigencias y formalidades previstas en las normas vinculadas con el mejoramiento del clima de negocios (Leyes Nº 28976 y 29090); y, (iv) en cumplimiento de los mecanismos que facilitan el acceso a la información pública que poseen las entidades del Estado. La presente ratifi cación no alcanza al derecho de trámite establecido respecto del procedimiento 15 a) denominado “Nueva asignación de numeración” por lo que no ha sido incluido en el Anexo A del Informe del SAT. Artículo Segundo.- El presente Acuerdo ratifi catorio se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, incluyendo el texto íntegro de la Ordenanza Nº 243-2011-A/MD. La Municipalidad Distrital además, deberá publicar en su página web institucional y en el Portal del Servicio al Ciudadano y Empresas (PSCE), el Anexo A del Informe Técnico Legal Nº004-181-00000337 del SAT, que contiene el listado de los derechos de trámite por los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad por dicha comuna, en las formas y mecanismos establecidos en el marco legal vigente, quedando a salvo el derecho de reproducir otra información, materia de la ratifi cación, en su página web. La aplicación de la Ordenanza objeto de la presente ratifi cación, sin las condiciones antes señaladas, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la citada Municipalidad Distrital. Artículo tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, el SAT, a través de su página web www sat.gob.pe