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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (17/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de diciembre de 2011 455084 autoridad mediante un intérprete. Los extranjeros tienen este mismo derecho cuando son citados por cualquier autoridad. Que, del mismo modo en fecha 18 de noviembre de 1985 mediante Resolución Ministerial Nº 1218-85-ED se resuelve Ofi cializar el alfabeto quechua y aimara, así como las normas de ortografía y puntuación para la escritura quechua y aimara de 1983. Que, la Ley Nº 28044 Ley General de Educación, establece la impartición de la enseñanza en castellano y en demás idiomas ofi ciales, dentro de un marco de interculturalidad bilingüe. Que, mediante Ley Nº 29735 que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú publicada el 05 de julio del 2011 en su artículo 10º señala el que una lengua original sea ofi cial, en un distrito provincia o región, signifi ca que la administración estatal la hace suya y la implementa progresivamente en todas sus esferas de actuación pública, dándole el mismo valor jurídico y las mismas prerrogativas que al castellano (…). En uso de las facultades conferidas por ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modifi catoria Ley 27902. ORDENA: Artículo Primero.- OFICIALIZAR los idiomas Quechua y Aimara en la región de Puno, en mérito a la Pluriculturalidad y el carácter multilingüe de los pobladores de toda la Región, implicando su uso (habla y escritura) en las 13 provincias de la Región Puno según el ámbito geográfi co correspondiente así como en todo el ámbito de la Administración Pública. No comprendiendo la exclusión del uso de la lengua castellana. Artículo Segundo.- DISPONER, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social en coordinación con la Dirección Regional de Educación y a su vez con las Universidades Públicas y Privadas de la Región, impartir progresivamente la enseñanza de los idiomas Aimara y Quechua en todos los niveles de educación en la Región Puno, así también fortalecer y continuar con el proyecto Curricular Regional -PCR, currícula intercultural y de desarrollo para la región Puno, en cuyo marco se viene trabajando la educación Intercultural Bilingüe en educación básica. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Social en coordinación con la Dirección Regional de educación el estricto cumplimiento. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario regional de mayor circulación y en el Diario Ofi cial El Peruano, en estricto cumplimiento de lo que dispone el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el portal electrónico del Gobierno Regional de Puno, bajo responsabilidad. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Puno para su promulgación. En Puno a los diez veintidós días noviembre del año dos mil once. JUAN JOSÉ ALVAREZ DELGADO Consejero Delegado Gobierno Regional de Puno Mando se publique, se registre y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Puno, a los 01 días del mes diciembre del año dos mil once. MAURICIO RODRIGUEZ RODRIGUEZ Presidente del Gobierno Regional de Puno 729154-1 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Aceptan Transferencias Financieras a favor de las Municipalidades Provincial de Atalaya y Distrital de Yarinacocha para financiar proyectos de inversión pública y elaboración de estudio de preinversión ACUERDO Nº 193-2011-GRU/CR Pucallpa, 9 de diciembre del 2011 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, en Sesión Extraordinaria de fecha 09 de diciembre del 2011, con el voto unánime del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 101º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobó el siguiente Acuerdo Regional: Primero.- ACEPTAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Atalaya de la suma de S/. 639,571.00 para fi nanciar el Proyecto de Inversión Pública “Construcción del Sistema de Alcantarillado Sanitario del Centro Poblado Menor Maldonadillo, Distrito de Raymondi, Provincia de Atalaya – Ucayali”, con Código SNIP Nº 41676, según el Convenio de Cooperación Interinstitucional Nº 095-2011-GRU-P suscrito entre el Gobierno Regional de Ucayali y la Municipalidad Provincial de Atalaya, con fecha el 21 de noviembre del 2011, que forma parte integrante del presente acuerdo regional; y conforme lo dispone el artículo 75º de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, Ley Nº 28411 y modifi catorias; Segundo.- ENCARGUESE a la Ofi cina Regional de Administración la publicación del presente acuerdo regional en el Diario Ofi cial El Peruano, en un diario de circulación regional y en el portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). POR TANTO: Mando se registre y cumpla. NILO D. MAGUIÑA VÁSQUEZ Consejero Delegado Consejo Regional 730039-1 ACUERDO Nº 194-2011-GRU/CR Pucallpa, 9 de diciembre del 2011 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, en Sesión Extraordinaria de fecha 09 de diciembre del 2011, con el voto unánime del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 101º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobó el siguiente Acuerdo Regional: Primero.- ACEPTAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Atalaya de la suma de S/. 1’000,000.00 para fi nanciar el Proyecto de Inversión Pública “Instalación de Electrifi cación Rural en 31 Comunidades nativas y 02 Caseríos en el Gran Pajonal – Oventeni, Provincia de Atalaya – Ucayali”, con Código SNIP Nº 112942, según el Convenio de Cooperación Interinstitucional Nº 096-2011-GRU-P suscrito entre el Gobierno Regional de Ucayali y la Municipalidad Provincial de Atalaya, con fecha el 21 de noviembre del 2011, que forma parte integrante del