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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de diciembre de 2011 455086 hará de conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización y el Informe del SAT. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDUARDO ARIEL ZEGARRA MENDEZ Teniente Alcalde - Encargado de la Alcaldía 729711-1 Designan Auxiliar Coactivo del SAT SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 001-004-00002527 Lima, 01 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, el artículo 6 del Estatuto del Servicio de Administración Tributaria, SAT, de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado mediante Edicto Nº 227 y modifi cado por la Ordenanza Nº 936, otorga al Jefe de la Institución la facultad para nombrar, contratar, suspender, remover o cesar, con arreglo a ley y a la política establecida por el Consejo Directivo, a los funcionarios, directivos y servidores del SAT. Que, el artículo 7 de la Ley Nº 26979, Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, establece que la designación del Ejecutor como la del Auxiliar Coactivo se efectuará mediante concurso público de méritos. Que, con Resolución Jefatural Nº 001-004-00002488 del 19 de octubre de 2011, se convocó a Concurso Público de Méritos para cubrir la plaza vacante de Auxiliar Coactivo del SAT. Que, a través del Memorándum Nº 187-092-00010121, recibido el 01 de diciembre de 2011, la Gerencia de Recursos Humanos, solicita se emita la Resolución Jefatural a través de la cual se designe al señor Miguel Eduardo Acevedo Molina como Auxiliar Coactivo del SAT a partir del 01 de diciembre de 2011, en mérito a que resultó ganador del citado Concurso Público de Méritos. Estando a lo dispuesto por el literal c) del artículo 6 del Edicto Nº 227; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Miguel Eduardo Acevedo Molina como Auxiliar Coactivo del SAT, a partir del 01 de diciembre de 2011. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. GLORIA DEL ROCÍO PAREDES DEL CAMPO Jefe del Servicio de Administración Tributaria 729555-1 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Aprueban derechos de trámite por procedimientos y servicios administrativos brindados en exclusividad, adecúan procedimientos administrativos y aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos Institucional ORDENANZA MUNICIPAL Nº 243-2011-A/MDC Carabayllo, 29 de Setiembre del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO: POR CUANTO: El Concejo Municipal de Carabayllo, en Sesión Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades en concordancia con su Artículo VIII, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 38.1 del artículo 38° de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General dispone que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en el caso de gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, conforme lo establece la Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales son los órganos de representación del vecindario, que promueven la adecuada prestación de los servicios públicos y su desarrollo integral sostenible y armónico, que tienen entre sus funciones especifi cas exclusivas, entre otras, la de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias; Que, el artículo 40° de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades prescribe la formalidad que debe revestir la potestad legislativa en materia tributaria, disponiendo que los tributos denominados Derechos deben ser ratifi cados por la Municipalidad Provincial, procedimiento que para el caso de la Municipalidad Metropolitana de Lima se encuentra establecido en la Ordenanza Nº 1533-MML; Que, en concordancia con ello, el artículo 2 de la Ordenanza N° 607 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que regula el Procedimiento de ratifi cación de Ordenanzas Distritales para la Provincia de Lima, indica que el procedimiento de ratifi cación se inicia a pedido de la Municipalidad Distrital mediante la presentación de una solicitud ante el Servicio de Administración Tributaria – SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Que, fi nalmente, la Municipalidad Distrital de Carabayllo mediante Resolución N° 262-2011-A/MDC de fecha 08 de Junio del año 2011, designó a los responsables de la formulación del TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO, conforme a la nueva metodología de determinación de costos, aprobada mediante Decreto Supremo N° 064-2010-PCM. En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LOS PROCEDIMIENTOS, SERVICIOS ADMINISTRATIVOS BRINDADOS EN EXCLUSIVIDAD, REQUISITOS Y DERECHOS DE TRÁMITE CONTENIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Artículo 1.- Aprobación de los derechos de trámite por los procedimientos y servicios administrativos brindados en exclusividad Apruébense los siguientes derechos de trámite por los procedimientos y servicios administrativos brindados en exclusividad: