Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2011 (21/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de diciembre de 2011

- CONAFU, como ente rector del funcionamiento de las universidades del MORDAZA bajo su competencia; Que, conforme al Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU del 13 de MORDAZA de 2006, en el articulo 10º establece que: "Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:...t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU"; Que, mediante Resolucion Nº 350-2006-CONAFU de fecha 25 de octubre de 2006, se resolvio reconocer como miembros de la Comision Organizadora de la Universidad Peruana MORDAZA MORDAZA al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA en calidad de Vicepresidente Academico y Mg. Wilder MORDAZA MORDAZA MORDAZA en calidad de Gerente General; Que, mediante Resolucion N° 462-2010-CONAFU de fecha 27 de octubre de 2010, se resolvio: Declarar la vacancia en el cargo de Vicepresidente Academico al titular por habersele concedido la licencia solicitada, por lo tanto reconocer al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Vicepresidente Academico y al Lic. MORDAZA MORDAZA Maruyama Okumura como Gerente General (e); Que, mediante Resolucion Nº 144-2011-CONAFU de fecha 18 de marzo de 2011, se resolvio: Declarar la vacancia del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Vicepresidente Academico de la Universidad Peruana MORDAZA MORDAZA y se requiere a la universidad presente la propuesta de un profesional que asuma el cargo; Que, mediante oficio N° 032-2011/USB-PCO recepcionado con fecha 12 de octubre de 2011, el Presidente de la Comision Organizadora de la Universidad Peruana MORDAZA MORDAZA solicita al CONAFU acepte la reincorporacion del Mag. Wilder MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Gerente General y del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Vicepresidente Academico; asimismo, adjunta las cartas de reincorporacion de los profesionales mencionados para asumir sus cargos; Que, mediante Oficio Nº 939-2011-CONAFU-CDAA recepcionado con fecha 24 de noviembre de 2011, la Comision Academica dio a conocer al CONAFU que mediante Resolucion Nº 144-2011-CONAFU se declara la vacancia el cargo Vicepresidente Academico y no habiendo declarado la vacancia del cargo de Gerente General, sugieren al Pleno del CONAFU que es procedente la reincorporacion en el cargo de Vicepresidente Academico al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y en el cargo de Gerente General al profesional Wilder MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quienes actuaran como miembros de la Comision Organizadora de la Universidad Peruana MORDAZA Bolivar; Que, en Sesion Continuada de fecha 24 de noviembre de 2011, despues de deliberar el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 729-2011-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: Aceptar la reincorporacion en el cargo de Vicepresidente Academico al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y en el cargo de Gerente General al Mg. Wilder MORDAZA MORDAZA Castro; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales:...d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones"; SE RESUELVE: Articulo Primero.ACEPTAR LA REINCORPORACION de los miembros de la Comision Organizadora de la Universidad Peruana MORDAZA MORDAZA, conforme al siguiente detalle: NOMBRES Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mg. Wilder MORDAZA MORDAZA MORDAZA CARGOS Vicepresidente Academico Gerente General

Reconocen miembros de la Comision Organizadora de la Universidad Privada MORDAZA Da Vinci SAC
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 590-2011-CONAFU MORDAZA, 25 de noviembre de 2011 VISTOS: La Resolucion Nº 161-2011-CONAFU de fecha 17 de marzo de 2011, el Oficio Nº 0020-LHT/PER recibida con fecha 06 de junio de 2011, la Carta s/n recibida con fecha 06 de junio de 2011, el Oficio Nº 12492011-CONAFU-P de fecha 14 de MORDAZA de 2011, la Carta s/n recibido con fecha 28 de octubre de 2011, la Resolucion Nº 538-2011-CONAFU de fecha 04 de noviembre de 2011, el Oficio Nº 1015-2011-CONAFU-CDAA recibido con fecha 24 de noviembre de 2011, y el Acuerdo Nº 730-2011CONAFU de la sesion continuada del Pleno del CONAFU llevada a cabo el dia 24 de noviembre de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como ente rector del funcionamiento de las universidades del MORDAZA bajo su competencia; Que de conformidad al Estatuto del CONAFU aprobado mediante Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006, Titulo Primero, articulo 3º: "Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:...f) Reconocer a las Comisiones Organizadoras de la Universidades Publicas y Privadas a propuesta de los promotores..."; asimismo, en concordancia con el articulo 10° del mismo cuerpo normativo, que establece: "Son atribuciones del Pleno del CONAFU: (...) o) Reconocer a las Comisiones Organizadoras propuestas por los promotores, previa verificacion del cumplimiento de los requisitos establecidos la ley y demas normas..."; Que, conforme el Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento), aprobado por Resolucion Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, en el articulo 19º establece que: "En las universidades en el regimen de la Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion, la Comision Organizadora estara conformada por tres miembros: a) un Presidente, b) Un Vicepresidente Academico y c) El Gerente General o Director Ejecutivo de la Universidad segun corresponda, que asume las funciones y responsabilidades administrativas y financieras; Que, conforme el Reglamento, en el articulo 20º establece que: "Para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comision Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los articulos 34°, 35° y 36° de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, la Ley Nº 26302 del 14 de MORDAZA de 1994 que sustituye los articulos 35° y 36° de la Ley Universitaria; y el articulo 19º de este Reglamento. El Gerente General o Director Ejecutivo segun corresponda, debera tener titulo profesional y aprobada experiencia en la administracion de una institucion educativa o empresas de reconocido prestigio"; Que, conforme el Reglamento, en el articulo 21º establece que: "El cargo de miembro de Comision Organizadora exige dedicacion exclusiva y es incompatible con el desempeno de cualquier otra funcion o actividad publica o privada"; Que, en el articulo 22º del Reglamento, establece: La Comision Organizadora, dirige la universidad durante los cuatro primeros anos (...). El cargo de miembro de Comision Organizadora vaca por: a) Renuncia. b) Impedimento sobreviviente, que haga imposible el ejercicio del cargo, sea por muerte incapacidad fisica, ausencia o abandono del cargo, debidamente probada. (....); (El sombreado y subrayado es nuestro); Que, por Resolucion Nº 161-2011-CONAFU de fecha 17 de marzo de 2011, se resolvio: Reconocer como miembros de la Comision Organizadora de la Universidad de Negocios y Tecnologia de Informacion, a los siguientes profesionales: Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mg. MORDAZA MORDAZA Huanes MORDAZA y Lic. MORDAZA MORDAZA Miyashima

Articulo Segundo.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores, para los tramites administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA INFANTES Presidente JASSON MORDAZA MORDAZA CAMPOSANO Secretario General 730477-1

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