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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de diciembre de 2011 455359 Aceptan renuncia de Directora de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 876-2011-MTC/01 Lima, 22 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial No. 591-2011- MTC/01 de fecha 15 de agosto de 2011, se designó a la señora Bertha Patricia Alarcón Alvizuri en el cargo de confi anza de Directora de la Ofi cina de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, con fecha 19 de diciembre de 2011, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo a partir del 31 de diciembre de 2011, por lo que corresponde aceptarla; De conformidad con lo establecido en la Ley No. 29158, la Ley No. 27594, la Ley No. 29370 y el Decreto Supremo No. 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar con efectividad al 31 de diciembre de 2011, la renuncia presentada por la señora Bertha Patricia Alarcón Alvizuri al cargo de confi anza de Directora de la Ofi cina de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dándole las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 732539-1 Renuevan autorización otorgada a Radio Constelación E.I.R.L. para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en OM en localidad del departamento de Puno RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 1028-2011-MTC/03 Lima, 12 de diciembre de 2011 VISTO, el expediente N° 2011-022153 de fecha 17 de mayo de 2011 presentada por la empresa RADIO CONSTELACIÓN E.I.R.L., sobre renovación de autorización de una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Puno - Juliaca - Huancané - Lampa - Moho - Azángaro - Putina - Ilave - Ayaviri, departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Viceministerial Nº 438-2006- MTC/03 del 25 de agosto de 2006, se renovó la autorización otorgada mediante Resolución Ministerial N° 546-95- MTC/15.17, a la empresa RADIO CONSTELACIÓN E.I.R.L., por el plazo de diez (10) años, para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM) ubicada en el distrito, provincia y departamento de Puno, con vigencia hasta el 23 de mayo de 2011; Que, con fecha 17 de mayo de 2011, la empresa RADIO CONSTELACIÓN E.I.R.L., solicitó la renovación de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial Nº 438-2006-MTC/03; Que, los artículos 67º y 68º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, disponen que la renovación es automática por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley, asimismo, establecen que la solicitud puede presentarse hasta el día de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorización; Que, mediante Resolución Ministerial N° 298-2011- MTC/01 se modifi có el TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, estableciendo que el procedimiento administrativo de renovación de autorización se encuentra sujeto a silencio administrativo positivo; Que, los artículos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de solicitud de renovación de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, con Resolución Viceministerial N° 235-2005- MTC/03 y ratifi cado con Resolución Viceministerial N° 746-2008-MTC/03, se aprobó el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de OM para las localidades correspondientes al departamento de Puno, entre las cuales se encuentra la localidad de Puno - Juliaca - Huancané - Lampa - Moho - Azángaro - Putina - Ilave - Ayaviri, incluyéndose en ésta al distrito, provincia y departamento de Puno; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 3387-2011- MTC/28, opina que corresponde renovar la autorización otorgada por Resolución Viceministerial Nº 438-2006- MTC/03, a la empresa RADIO CONSTELACIÓN E.I.R.L., al haber cumplido con la presentación de los requisitos previstos para tal efecto y verifi car que ni la titular ni su representante legal han incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovación de una autorización contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modifi catorias, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobado por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y el Decreto Supremo Nº 038-2003- MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006- MTC, que establece los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar la autorización otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 546-95-MTC/15.17 y renovada con Resolución Viceministerial N° 438-2006-MTC/03, a la empresa RADIO CONSTELACIÓN E.I.R.L., por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Puno - Juliaca - Huancané - Lampa - Moho - Azángaro - Putina - Ilave - Ayaviri, departamento de Puno. Artículo 2º.- El plazo de la renovación a que se refi ere el artículo precedente se computa a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolución Viceministerial Nº 438-2006-MTC/03, en consecuencia, vencerá el 23 de mayo de 2021. Artículo 3º.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedirá la resolución que deje sin efecto la autorización respectiva, de conformidad con el artículo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 4º.- La titular de la presente autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fi jados, así como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Viceministro de Comunicaciones 732023-1