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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (23/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 62

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de diciembre de 2011 455372 CONSIDERANDO: Que, con expediente de registro Nº 05183 del 23 de agosto de 2010, don Eusebio Demetrio Quispe Palomino ha solicitado la expedición del duplicado del Grado Académico de Bachiller en Ciencias de la Educación conferido por la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, por causal de pérdida de dicho diploma, conforme acredita con la copia certifi cada de denuncia policial expedida por la Comisaría de Huamanga de la Policía Nacional del Perú. Que, de autos se establece que la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga con fecha 28 de mayo de 1982 confi rió al recurrente el Grado Académico de Bachiller en Ciencias de la Educación, aprobado por Resolución Rectoral Nº 501-82 y registrado en el Libro VIII, folio 95 (620) de registro de Grado Académico de Bachiller de la Facultad de Ciencias de la Educación; Que, para la expedición del duplicado de diploma solicitado, el recurrente ha satisfecho los requisitos establecidos por el artículo 7º del Reglamento para la Expedición del Duplicado de Diplomas de Grado Académico y/o Título Profesional de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, aprobado por la Resolución del Consejo Universitario Nº 1118-2006-UNSCH-CU; Que, asimismo, el Consejo de la referida Facultad, en sesión de fecha 03 de noviembre de 2010, ha aprobado otorgar dicho duplicado del Grado Académico de Bachiller a favor del solicitante, según la Resolución del Consejo de Facultad Nº 115-2010-UNSCH-FCE-CF; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32°, inciso f) de la Ley Universitaria N° 23733, el artículo 127°, inciso h) del Estatuto Reformado de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga y estando a lo aprobado por el Consejo Universitario, en sesión de fecha 09 de noviembre de 2010; El Rector, en uso de las facultades que le confi ere la ley; RESUELVE: Artículo 1°.- CONFERIR el DUPLICADO DEL GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER EN CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN a favor de don EUSEBIO DEMETRIO QUISPE PALOMINO. Artículo 2°.- EXPEDIR a favor del interesado el diploma correspondiente. Registrese, comuniquese y archivese. VICTOR HUMBERTO ALEGRÍA VALERIANO Rector (e) ALDO RIVERA MUÑOZ Secretario General (e) 731667-4 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN CRISTÓBAL DE HUAMANGA RESOLUCIÓN DEL CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 1142-2010-UNSCH-CU Ayacucho, 29 de diciembre de 2010 Visto el expediente promovido por el bachiller Alejandro Arroyo Medina sobre expedición del duplicado del Grado Académico de Bachiller en Ciencias de la Enfermería; CONSIDERANDO: Que, con expediente de registro Nº 04586 del 23 de julio de 2010, don Alejandro Arroyo Medina ha solicitado la expedición del duplicado del Grado Académico de Bachiller en Ciencias de la Enfermería conferido por la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, por causal de pérdida de dicho diploma, conforme acredita con la copia certifi cada de denuncia policial expedida por la Comisaría de Huamanga de la Policía Nacional del Perú. Que, de autos se establece que la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga con fecha 27 de noviembre de 1998 confi rió al recurrente el Grado Académico de Bachiller en Ciencias de la Enfermería, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0947-98 y registrado en el Libro I, folio 198 de registro de Grado Académico de Bachiller de la Facultad de Enfermería; Que, para la expedición del duplicado de diploma solicitado, el recurrente ha satisfecho los requisitos establecidos por el artículo 7º del Reglamento para la Expedición del Duplicado de Diplomas de Grado Académico y/o Título Profesional de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, aprobado por la Resolución del Consejo Universitario Nº 1118-2006- UNSCH-CU; Que, asimismo, el Decano de la referida Facultad, con fecha 17 de diciembre de 2010, mediante la Resolución Decanal Nº 175-2010-ENNF/D, ha aprobado otorgar dicho duplicado del Grado Académico de Bachiller a favor del solicitante con cargo a dar cuenta al Consejo de la misma en mérito de la Resolución del Consejo Universitario N° 868-2010-UNSCH-CU; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32°, inciso f) de la Ley Universitaria N° 23733, el artículo 127°, inciso h) del Estatuto Reformado de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga y estando a lo aprobado por el Consejo Universitario, en sesión de fecha 28 de diciembre de 2010; El Rector, en uso de las facultades que le confi ere la ley; RESUELVE: Artículo 1°.- CONFERIR el DUPLICADO DEL GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER EN CIENCIAS DE LA ENFERMERÍA a favor de don ALEJANDRO ARROYO MEDINA. Artículo 2°.- EXPEDIR a favor del interesado el diploma correspondiente. Regístrese, comuníquese y archívese. VICTOR HUMBERTO ALEGRÍA VALERIANO Rector (e) ALDO RIVERA MUÑOZ Secretario General (e) 731667-5 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN CRISTÓBAL DE HUAMANGA RESOLUCIÓN DEL CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 1143-2010-UNSCH-CU Ayacucho, 29 de diciembre de 2010 Visto el expediente promovido por el bachiller Alejandro Arroyo Medina sobre expedición del duplicado del Título Profesional de Licenciado en Enfermería; CONSIDERANDO: Que, con expediente de registro Nº 04587 del 23 de julio de 2010, don Alejandro Arroyo Medina ha solicitado la expedición del duplicado del Título Profesional de Licenciado en Enfermería conferido por la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, por causal de pérdida de dicho diploma, conforme acredita con la copia certifi cada de denuncia policial expedida por la Comisaría de Huamanga de la Policía Nacional del Perú. Que, de autos se establece que la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga con fecha 04 de junio de 1999 confi rió al recurrente el Título Profesional de Licenciado en Enfermería, aprobado por Resolución de Consejo Universitario Nº 0122-99-UNSCH-CU y registrado en el Libro I, folio 196 de registro de Grado Académico de Bachiller de la Facultad de Enfermería; Que, para la expedición del duplicado de diploma solicitado, el recurrente ha satisfecho los requisitos establecidos por el artículo 7º del Reglamento para la Expedición del Duplicado de Diplomas de Grado Académico y/o Título Profesional de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, aprobado por la Resolución del Consejo Universitario Nº 1118-2006- UNSCH-CU; Que, asimismo, el Decano de la referida Facultad, con fecha 17 de diciembre de 2010, mediante la Resolución