Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2011 (23/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de diciembre de 2011

Declaran aprobada renovacion de autorizacion otorgada a Corporacion Radial del Peru S.A.C. para prestar servicio de radiodifusion comercial sonora en OM en localidad del departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 1030-2011-MTC/03 MORDAZA, 13 de diciembre de 2011 VISTO, el Escrito de Registro Nº 2004-007364 de fecha 29 de MORDAZA de 2004, sobre renovacion de autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Lima-HuarochiriCanta, departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Viceministerial Nº 158-99MTC/15.03 de fecha 28 de MORDAZA de 1999, se renovo a RADIO MAR S.A., por el plazo de diez (10) anos, la autorizacion otorgada para operar una estacion transmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; Que, mediante el escrito del visto, la titular solicito la renovacion de la autorizacion otorgada con Resolucion Viceministerial Nº 158-99-MTC/15.03; Que, el articulo 117º del entonces vigente Texto Unico Ordenado (TUO) del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, aplicable en virtud a la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que las solicitudes de renovacion no tienen el beneficio del silencio administrativo positivo, estableciendo que los interesados una vez vencidos los plazos respectivos pueden tener por denegadas sus peticiones o esperar el pronunciamiento del Ministerio; Que, el entonces vigente Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, determinaba que el procedimiento administrativo de renovacion de autorizacion de servicios de radiodifusion, era uno sujeto al silencio negativo, con un plazo de atencion de 30 dias habiles; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 644-2007MTC/01 se modifico el MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, estableciendo que el procedimiento de renovacion para los servicio de radiodifusion es uno sujeto al silencio administrativo positivo, disposicion que beneficia a la administrada y que por tanto debe serle aplicable en virtud a lo dispuesto en el articulo 4º de la citada Resolucion Ministerial y la Ley del Silencio Administrativo - Ley Nº 29060; Que, toda vez que ha transcurrido el plazo para que la Administracion MORDAZA emitido un pronunciamiento valido, se considera que al 04 de enero de 2008, fecha en que entro en vigencia la Ley del Silencio Administrativo, se produjo la aprobacion de la solicitud de renovacion en virtud al silencio administrativo positivo; Que, conforme a los articulos 200º, 201º y 204º del TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la renovacion de las autorizaciones es automatica, previa solicitud del titular dentro del plazo de ley, segun sus propios terminos y condiciones, previo cumplimiento de las condiciones legales; Que, el articulo 205º del TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, dispone que la renovacion de la autorizacion se sujeta al cumplimiento de todos los pagos de los derechos, tasa anual, canon anual y demas conceptos que se adeuden al Ministerio vinculados a telecomunicaciones; de otro lado, la Cuarta Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television, dispone que es necesaria la MORDAZA del Proyecto de Comunicacion para las solicitudes de renovacion tramitadas MORDAZA de la vigencia de la Ley de Radio y Television; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 028-2005MTC/03, modificado con Resolucion Viceministerial Nº 265-2006-MTC/03 y ratificado con Resolucion

Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, se aprobo el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de Onda Media (OM) para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad denominada Lima-Huarochiri-Canta, incluyendose en esta al distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 8052007-MTC/03 del 19 de octubre del 2007, se declaro aprobada la transferencia de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 158-99-MTC/15.03 a favor de CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C., reconociendola como su nueva titular y asumiendo los derechos y obligaciones derivadas de la misma, asi como de otros procedimientos en tramite vinculados a ella; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, con Informe Nº 2284-2011-MTC/28, concluye que debe declararse aprobada, por silencio administrativo positivo, la renovacion de autorizacion otorgada a CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C. con Resolucion Viceministerial Nº 158-99-MTC/15.03, toda vez que vencio el plazo del procedimiento sin que la entidad MORDAZA emitido pronunciamiento, habiendose verificado el cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos para dicho tramite, y que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar el acceso a una renovacion contemplados en el TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; De conformidad con el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, La Ley del Silencio Administrativo aprobado por Ley Nº 29060, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar aprobada al 4 de enero de 2008, en virtud del silencio administrativo positivo, la renovacion de la autorizacion otorgada con Resolucion Viceministerial Nº 158-99-MTC/15.03 para prestar el servicio de radiodifusion comercial sonora en Onda Media (OM), en la localidad de Lima-Huarochiri-Canta, departamento de MORDAZA, la misma que fuera reconocida a la empresa CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C. mediante Resolucion Viceministerial Nº 805-2007-MTC/03. Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolucion Viceministerial Nº 15899-MTC/15.03, en consecuencia, vencera el 23 de marzo de 2017. Articulo 3º.- La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion, que debera contener las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas autorizadas. Articulo 4º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de renovacion y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedira la resolucion que deje sin efecto la autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 732022-1

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