Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2011 (23/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de diciembre de 2011

de manera directa a los inversionistas, por la gran inseguridad economica y retraccion que se ha generado y que se viene generando en los sistemas financieros de los EEUU y del Peru, lo que ha demorado la gestion de los prestamos solicitados; Que, de la evaluacion efectuada al expediente Administrativo se desprende que la entidad financiera PROFINANZAS S.A. MORDAZA de Ahorro y Credito, ha manifestado las razones por las cuales desestimaron las solicitudes de financiamiento presentadas por INVERSIONES PESQUERAS LIGURIA S.A.C y SOCIEDAD ATUNERA DEL SUR S.A.C., con lo cual se ha acreditado las razones de caracter economico que ameriten las ampliaciones solicitadas. Que, por lo expuesto, las recurrentes han cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 13 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, para la obtencion de ampliacion del plazo de vigencia la de autorizacion de incremento de flota, por lo que resulta procedente otorgar la prorroga del plazo de la autorizacion de incremento de flota otorgada a traves de la Resolucion Viceministerial Nº 359-2009-PRODUCE/DVP modificada por Directoral Nº 528-2011-PRODUCE/DGEPP; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe N° 8112011-PRODUCE/DGEPP, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley N° 25977-Ley General de Pesca, numeral 37.1 del Articulo 37 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001PE, modificado por Decreto Supremo N° 015-2007-PRODUCE y el Procedimiento N° 13 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto N° 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE : Articulo 1º.- Otorgar a la empresa INVERSIONES PESQUERAS LIGURIA S.A.C. la prorroga del plazo de la autorizacion de incremento de flota otorgada a traves de la Resolucion Viceministerial Nº 359-2009PRODUCE/DVP modificada por Resolucion Directoral Nº 528-2011-PRODUCE/DGEPP en el extremo referido a la modificacion estructural de las embarcaciones CARACOL (CO-15313-PM) y COSTA DE SOL (CO-15311-PM), por el plazo de 24 meses impro-rrogables. Articulo 2º.- Otorgar a la empresa SOCIEDAD ATUNERA DEL SUR S.A.C. la prorroga del plazo de la autorizacion de incremento de flota otorgada a traves de la Resolucion Viceministerial Nº 359-2009-PRODUCE/DVP modificada por Resolucion Directoral Nº 528-2011-PRODUCE/DGEPP en el extremo referido a la modificacion estructural de las embarcaciones GOLONDRINA (CO-15310-PM) y MORDAZA (CO-14094-PM), por el plazo de 24 meses improrrogables. Articulo 3°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Seguimiento Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion :www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 731874-6

VISTO: el escrito presentado por la empresa PRODUCTOS DE LOS ANDES S.A. con Registro N° 90482­2011, de fecha 28 de octubre de 2011; CONSIDERANDO: Que, la Resolucion Directoral N° 019-2000-PE/DNPP del 15 de febrero del 2000, otorga a PRODUCTOS DE LOS ANDES S.A. licencia para la operacion de su planta de congelado destinada a la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos para el consumo humano directo, en el establecimiento industrial pesquero ubicado en la Av. MORDAZA Mz. T2, lote N° 16 ­ U.B. N° 02, MORDAZA Nor-Oeste de la MORDAZA de Casma (Panamericana Norte km 376), provincia de Casma, departamento de MORDAZA, con una capacidad de 6 t/dia; Que, la Direccion Regional de la Produccion de la Region MORDAZA mediante Oficio N° 2689-2011-REGIONANCASH/DIREPRO/DEPP-637 remite a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, una MORDAZA autenticada de la Resolucion Directoral N° 2012011-REGION ANCASH/DIREPRO del 01 de MORDAZA de 2011, que otorga a PRODUCTOS DE LOS ANDES S.A. por el plazo de un (1) ano calendario, a partir de la fecha de expedicion de la Resolucion Directoral, licencia para la operacion de una planta de procesamiento primario, ubicada en la Avenida MORDAZA, Manzana T2, lote 16, MORDAZA Residencial Comercial del distrito de Casma, provincia de Casma, departamento de MORDAZA, para desarrollar la actividad de MORDAZA primario del recurso MORDAZA de abanico MORDAZA de producto: tallo ­ MORDAZA, MORDAZA, tallo media valva, empleando tecnicas simples, con la siguiente capacidad instalada de produccion: 60 ton/mes; Que, mediante Oficio N° 2611-PRODUCE/DGEPPDch del 04 de agosto de 2011 dirigido a la Direccion Regional de la Produccion de la Region MORDAZA, se observo la Resolucion N° 201-2011-REGION ANCASH/ DIREPRO, indicandole a la citada Direccion Regional que las licencias de operacion para plantas de procesamiento artesanal deben otorgarse unicamente a personas naturales o juridicas que reunan las condiciones de pescadores y/o procesadores artesanales; no obstante la empresa PRODUCTOS DE LOS ANDES S.A. al constituir una sociedad anonima, no podria gozar de los mismos beneficios y regimenes que favorecen a la pesca y/o procesamiento artesanal; Que, en atencion a lo observado por esta Direccion General, la Direccion Regional de la Produccion de la Region MORDAZA emitio la Resolucion Directoral N° 2942011-REGION ANCASH/DIREPPRO, que dispone dejar en suspenso la licencia de operacion otorgada a PRODUCTOS DE LOS ANDES S.A. mediante Resolucion Directoral N° 201-2011-REGION ANCASH/DIREPRO; Que, a traves del escrito del visto de la empresa PRODUCTOS DE LOS ANDES S.A. solicita la cancelacion definitiva de su licencia de procesamiento industrial para operar una Planta de Congelado de recursos hidrobiologicos otorgada mediante Resolucion Directoral N° 019-2000-PE/DNPP, toda vez que se encuentra desmantelada; Que, el Articulo 106° de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, regula el derecho de peticion administrativa, el mismo que concordado con el inciso 20 del Articulo 2° de la Constitucion Politica del Peru, permite que los administrados efectuen pretensiones ante la Administracion Publica, en este sentido debe atenderse lo solicitado por la empresa administrada PRODUCTOS DE LOS ANDES S.A.; Que, de la evaluacion efectuada al expediente administrativo, se puede establecer que la empresa PRODUCTOS DE LOS ANDES S.A. ha poseido por un periodo, dos (02) licencias de operacion para procesamiento industrial y para procesamiento artesanal, y en lugar de contar cada una con su respectiva planta de procesamiento, ha utilizado una sola planta para MORDAZA, ubicada en Avenida MORDAZA, Manzana T2, lote 16, MORDAZA Residencial Comercial del distrito de Casma, provincia de Casma, departamento de MORDAZA, por lo que se habria beneficiado indebidamente de las prerrogativas que gozan los pescadores y/o procesadores artesanales, que no le corresponderian al constituir una sociedad anonima; en ese orden de ideas, si bien debe atenderse lo solicitado por la empresa administrada, conforme se ha sostenido en el parrafo anterior, tambien es MORDAZA que se debe remitir MORDAZA del expediente administrativo a la

Cancelan licencia de operacion otorgada a Productos de Los Andes S.A. mediante R.D. Nº 019-2000-PE/DNPP
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 695-2011-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 18 de noviembre del 2011

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