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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de diciembre de 2011 455727 señores regidores, y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 211-MDL “ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO TARIFARIO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA MICAELA BASTIDAS DE CONDORCANQUI”, MODIFICADA POR LA ORDENANZA Nº 284-MDL Artículo Primero.- MODIFIQUESE la Ordenanza Nº 211-MDL “Ordenanza que aprueba el Cuadro Tarifario de Servicios del Colegio Micaela Bastidas de Condorcanqui”, modifi cada por la Ordenanza Nº 284-MDL, respecto al Servicio Nº 1 denominado MATRICULA Y DERECHOS; Servicio Nº 3 denominado EXAMEN DE RECUPERACION O SUBSANACION; Servicio Nº 6 denominado PROGRAMA DE RECUPERACION ACADEMICA; Servicio Nº 8 denominado CERTIFICADO DE ESTUDIO, Literales A) NIVEL PRIMARIA y C) NIVEL INICIAL; Servicio Nº 9 denominado CONSTANCIA DE NO ADEUDO Y OTRAS; y Servicio Nº 10 denominado NOMINA ADICIONAL POR TRASLADO DE OTRO COLEGIO, según el siguiente detalle: Nº DENOMINACION DEL SERVICIO PRECIO AL PUBLICO (en Nuevos Soles) 1. MATRICULA Y DERECHOS S/. 100.00 3. EXAMEN DE RECUPERACION O SUBSANACION S/. 30.00 6. PROGRAMA DE RECUPERACION ACADEMICA S/. 50.00 8. CERTIFICADO DE ESTUDIO B) NIVEL PRIMARIA C) NIVEL INICIAL S/. 20.00 S/. 20.00 9. CONSTANCIA DE NO ADEUDO Y OTRAS S/. 5.00 10. NOMINA ADICIONAL POR TRASLADO DE OTRO COLEGIO S/. 25.00 Artículo Segundo.- Incorpórese los Numerales A.1) DE TRES (03) AÑOS A MAS DE ESTUDIOS y A.2) DE 01 (UNO) A 02 (DOS) AÑOS DE ESTUDIOS, al Literal A) NIVEL DE SECUNDARIA correspondiente al Servicio Nº 8 denominado CERTIFICADO DE ESTUDIO, y el Servicio Nº 12 denominado CUADERNO DE CONTROL (Duplicado y Por Traslado de otro colegio), según el siguiente detalle: Nº DENOMINACION DEL SERVICIO PRECIO AL PUBLICO (en Nuevos Soles) 8. CERTIFICADO DE ESTUDIO A) NIVEL SECUNDARIA A.1) DE TRES (03) AÑOS A MAS DE ESTUDIO A.2) DE UNO (01) A DOS (02) AÑOS DE ESTUDIO S/. 50.00 S/. 15.00 12. CUADERNO DE CONTROL (Duplicado y Por traslado de otro Colegio) S/. 5.00 Artículo Tercero.- Manténgase vigente en sus demás extremos la Ordenanza Nº 211-MDL y Ordenanza Nº 284- MDL, en lo que corresponda. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Social y la Sub Gerencia de Educación y Cultura, el cumplimiento del la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARTIN PRÍNCIPE LAINES Alcalde 732518-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAUYOS Aprueban Cuerpo de Inspectores de Transporte de la provincia de Yauyos y su Reglamento de Funciones ORDENANZA MUNICIPAL N° 007-2011-MPY/CM Yauyos, 20 de julio del 2011 POR CUANTO: El concejo Provincial de Yauyos en su Sesión Ordinaria de Fecha 22 de julio del año en curso aprobó la siguiente ordenanza. VISTO: El informe N° 017-2011-MPY/GT remitidos por la Gerencia de Transporte, así como el dictamen de los Regidores que conforman la comisión de Transporte de la Municipalidad Provincial de Yauyos. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Estado Peruano, manifi esta que las municipalidades tienen competencia para organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad; Que, el numeral 1.2 del artículo 81° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 señala que las municipalidades en materia de tránsito, viabilidad y transporte público, ejercen funciones de formar y regular el servicio de transporte terrestre público urbano e interurbano de pasajeros de su jurisdicción de conformidad con las leyes y Reglamentos Nacionales sobre la materia; Que, el concejo provincial cumple su función normativa, entre otros mecanismos, a través de las Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto por el artículo 200, inciso 4), de la Constitución, tiene rango Ley; Que, el artículo 40° de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades establece que las ordenanzas son normas de carácter general de mayor Jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regularización, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa, Que, el artículo 15° de la Ley N° 27181 Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre señala a las Municipalidades, como autoridades competentes respecto al transporte y tránsito terrestre según corresponda, constituyendo objetivos permanentes de la Institución Municipal, preservar la seguridad, dar fl uidez al tránsito vehicular y peatonal, educar y capacitar a la población en el correcto uso de las vías públicas entre otros; Que, de conformidad con el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2009-MTC, publicado en el diario Ofi cial El Peruano con Fecha 22 de Abril del 2009, y sus correspondientes modifi catorias; la Municipalidad Provincial es la autoridad competente en el servicio de transporte, ejerciendo plenas facultades normativas, de control y de fi scalización; Que, siendo necesaria la creación del Cuerpo de Inspectores y su Reglamento de Funciones para el mejor control y ordenamiento del transporte de servicio público de pasajeros urbano e interurbano en la provincia de Yauyos, se ha presentado la reglamentación correspondiente; En uso de las atribuciones que le otorga la Constitución Política del Estado numeral 5) del Artículo 195°, en concordancia con el Artículo 81° numeral 1.2, de la Ley