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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de diciembre de 2011 457180 del Consejo Superior, con arreglo a lo dispuesto en su artículo 5°, inciso h, mantener actualizados los registros relacionados a la acreditación y certifi cación de la calidad; Que, el artículo 21º, numeral 21.2, del referido Reglamento establece que para ser autorizado como entidad certifi cadora de competencias profesionales, se debe disponer de un equipo estable, y de uno disponible, de especialistas en evaluación por competencias, cuyos integrantes han sido previamente certifi cados por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (CONEAU); Que, mediante el Acuerdo Nº 040-2011-CONEAU, sancionado en su Sesión N° 010-CONEAU de 15 de agosto del 2011, el Directorio del CONEAU aprobó el “Informe del Curso de Especialización en Evaluación de Competencias Profesionales desarrollado con el Colegio de Obstetras del Perú, Trujillo, La Libertad, Mayo-Junio del 2011”, que le fue elevado por la Dirección de Evaluación y Certifi cación del CONEAU con el Ofi cio Nº 043-DEC/CONEAU-2011 de 9 de agosto del 2011; disponiendo que los 33 participantes que aprobaron el curso, sean registrados como Evaluadores de Competencias de los Profesionales relacionados a la Carrera Profesional de Obstetricia; Que, mediante la Resolución Nº 021-2009-SINEACE, se dispuso la apertura del Registro de Evaluadores de Competencias Profesionales del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria - CONEAU; Que, con el Acuerdo N° 038-2010-SINEACE, sancionado en la Sesión N° 022-2010 de 13 de octubre del 2010, el Consejo Superior del SINEACE acordó que mediante Procedimiento de Formalización el Presidente del Consejo Superior, a solicitud del Órgano Operador, emite la resolución administrativa respecto a actos administrativos tales como el registro de evaluadores externos con fi nes de certifi cación; Que, en la Sesión Nº 25, Acuerdo Nº 007-2011, el Consejo Superior del SINEACE eligió como su Presidenta a la señora Peregrina Morgan Lora, Presidenta del Directorio del IPEBA; De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28740, del SINEACE, su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 018 -2007-ED, y en el Acuerdo N° 038-2010- SINEACE del Consejo Superior del SINEACE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ratifi car el Acuerdo de Directorio Nº 040- 2011-CONEAU del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, mediante el cual se certifi ca a los Evaluadores de Competencias de los Profesionales relacionados a las Carreras Profesionales de Obstetricia. En Anexo adjunto a la presente resolución, se detalla relación de Evaluadores certifi cados. Dicha certifi cación tiene una vigencia de tres años contados desde la publicación de la presente resolución. Artículo 2°.- Disponer la incorporación de los evaluadores certifi cados mencionados en el artículo precedente, en el Registro de Evaluadores de Competencias Profesionales del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria. Artículo 3°.- El Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria publicará en su portal institucional http://www. coneau.gob.pe/, la relación de profesionales evaluadores certifi cados a que se refi ere el artículo 1° de la presente, en la misma fecha en que sea publicada. Artículo 4°.- La Secretaria Técnica del Consejo Superior del SINEACE ejecutará las medidas necesarias para el cumplimiento de esta resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta SINEACE ANEXO A LA RESOLUCIÓN Nº 017-2011-SINEACE/P N° APELLIDOS NOMBRES 1. Almeyda de Bernal María Magdalena 2. Arellano Ayasta Milagritos Del Pilar 3. Arroyo Gonzales Elva María 4. Balarezo Ramirez Ena del Carmen 5. Campos Zapata Mary Ynes 6. Casahuamán Córdova Jesus Del Pilar 7. Chavez Aldave Mariela Violeta 8. Cuenca Pérez Leea Amalecita 9. Díaz Vargas Meris Abigail 10. Exebio Porro Guisselle Isabel 11. Gamonal Cruz Rocio del Carmen 12. Gaona De Camus Teonila 13. Garnica Salinas Ana María 14. Jesús Ramírez Gladis Dolores 15. Layme Cáceres Virna Beatriz 16. Lupuche Ypanaque Rosa María 17. Manay Barrera Ada Flor 18. Mori Diaz Elena 19. Niño Alcantara Flor De María 20. Noriega Licham Juan Carlos 21. Olivo Ulloa María Luisa 22. Paredes Diaz Susana Edita 23. Pejerrey Gonzalez Rocío Janet 24. Pesantes Rivas Rocío Del Pilar 25. Pozada Sánchez Cecilia Ysabel 26. Revilla Bazan Juana Jodany 27. Reyes Ortiz Sara Carmen 28. Rioja Odar Julia Elena Daysi 29. Sánchez Jaeger María Janet 30. Sánchez Cachi Sandra Marlene 31. Sandoval Nores Karina Yulisa 32. Torres Zegarra Marleny Mercedes 33. Villacorta Panduro Edward 735053-1 INTERIOR Modifican el TUPA del Ministerio en la parte relativa a la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1310-2011-IN/0301 Lima, 28 de diciembre de 2011 VISTO: El Ofi cio N° 18160-2011/1707/2 de 20 de setiembre de 2011, remitido por la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2008-IN se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio del Interior; Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, se aprobó la “Metodología de Simplifi cación Administrativa para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad por las entidades de la Administración Pública”; Que, es objetivo de la presente metodología “Orientar a las entidades públicas en la eliminación y simplifi cación de procedimientos administrativos desde un enfoque integral que aborde el análisis de procesos, legal, costos, infraestructura y equipamientos, entre otros”; Que, del permanente proceso de revisión y simplifi cación de los procedimientos administrativos, se ha visto necesario modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio del Interior, en la parte relativa a la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil; a fi n de incorporar cambios con el propósito de prestar un mejor servicio a la ciudadanía como resultado de la simplifi cación administrativa efectuada; Que, el artículo 38° numeral 38.5 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece