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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de diciembre de 2011 457184 ante el Consejo de Adopciones de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27337, Ley que aprueba el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes; la Ley Nº 29597 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor HUMBERTO CARRANZA VALDIVIEZO como representante del Colegio de Abogados de Lima ante el Consejo de Adopciones de la Secretaría Nacional de Adopciones, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a la señora RUTH EMPERATRIZ MONGE GUILLERGUA como representante del Colegio de Abogados de Lima ante el Consejo de Adopciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, por el periodo de dos (2) años. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución al Despacho Viceministerial de la Mujer, a la Secretaría Nacional de Adopciones y al Consejo de Adopciones para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de la Mujer y Desarrollo Social MIMDES 735537-1 Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 467-2011-MIMDES Lima, 29 de diciembre de 2011 Vistos, la Nota Nº 087-2011-MIMDES-OGPP-OOM y; el Informe Nº 021-2011-MIMDES-OGPP-OOM/NBB de la Ofi cina de Organización y Métodos y el Memorando Nº 576-2011-MIMDES/OGPP de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, los artículos 37 y 38 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establecen que los procedimientos, requisitos y costos administrativos deben ser considerados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de cada entidad que, tratándose de las entidades del Gobierno Nacional, es aprobado por Decreto Supremo, siendo de obligatorio cumplimiento por los administrados y la Administración; Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2006-MIMDES, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, modifi cado por las Resoluciones Ministeriales Nº 499-2007-MIMDES, Nº 528-2008-MIMDES, Nº 744-2010- MIMDES y Nº 234-2011-MIMDES; Que, de acuerdo con el numeral 36.3 del artículo 36 y el numeral 38.5 de artículo 38 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, las disposiciones concernientes a la eliminación o simplifi cación de procedimientos, así como toda modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se aprueba por Resolución Ministerial del Sector; Que, a través Informe Técnico Nº 021-2011-MIMDES- OGPP-OOM/NBB, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, órgano encargado de la racionalización y aprobación de la organización y métodos necesarios para la mejor gestión interna del Sector, ha emitido opinión técnica, determinando la pertinencia de simplifi car un requisito en determinados procedimientos administrativos, por lo que recomendó modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; Que, en consecuencia, resulta necesario emitir el acto por el cual se modifi que el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; Con la visación de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 29597 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES - Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y el Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifícase el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, aprobado por el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 016-2006-MIMDES, conforme al siguiente detalle: A. Eliminar de los procedimientos 10, 53, 54, 55, 56 y 57 el siguiente requisito: CÓDIGO TUPA DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS III.DIRECCIÓN GENERAL DE LA FAMILIA Y LA COMUNIDAD 3.2 SUB DIRECCIÓN DE DEFENSORÍAS 10 Acreditación de Conciliadores de las Defensorías 2. Copia simple del documento de iden- tidad del postulante a conciliador de la DNA. VI.PROCEDIMIENTOS COMUNES BRINDADOS POR EL MIMDES - SEDE CENTRAL Y SUS PROGRAMAS NACIONALES 53 Pensión de Cesantía 2. Copia simple del documento de identi- dad del solicitante. 54 Pensión de Sobrevivi- entes-viudez 2. Copia simple del documento de identi- dad del solicitante. 55 Pensión de Sobrevivi- entes-Orfandad 2. Copia del documento de identidad del solicitante o el documento que acredite la representación Legal. 56 Pensión de Sobrevivi- entes-Ascendientes 2. Copia simple del documento de iden- tidad del solicitante y el documento que acredite la representación legal. 57 Subsidios por fallecimiento y gasto de sepelio 2. Adjunta copia simple del DNI del solicitante. B. Modifi car de los procedimientos 10, 53, 54, 55, 56 y 57 el siguiente requisito: CÓDIGO TUPA DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS III.DIRECCIÓN GENERAL DE LA FAMILIA Y LA COMUNIDAD 3.2 SUB DIRECCIÓN DE DEFENSORÍAS 10 Acreditación de Conciliadores de las Defensorías 1. Solicitud del postulante dirigida al (a la) Sub Director (a) de Defensoría del MIMDES, en la cual se con- signará el número de DNI y la direc- ción domiciliaria del postulante. VI.PROCEDIMIENTOS COMUNES BRINDADOS POR EL MIMDES - SEDE CENTRAL Y SUS PROGRAMAS NACIONALES 53 Pensión de Cesantía 1. Solicitud dirigida al (a la) Director (a) General de Recursos Humanos o al Gerente de la Unidad Admin- istrativa del Programa Nacional correspondiente, en la cual se consignará el número del DNI y la dirección domiciliaria del solicitante. 54 Pensión de Sobrevivi- entes-viudez 1. 1. Solicitud dirigida al (a la) Director (a) General de Recursos Humanos o al Gerente de la Unidad Administrativa del Programa Nacio- nal correspondiente, en la cual se consignará el número del DNI y la dirección domiciliaria del solicitante