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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de diciembre de 2011 457194 por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota anual de la Organización Mundial de Sanidad Animal. CONSIDERANDO: Que, el Perú es miembro de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) que gestiona el sistema mundial de información zoosanitaria de vital importancia para el comercio mundial y las normas sanitarias sobre comercio internacional de animales y productos de origen animal. Que, el artículo 67, numeral 67.3 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica internacional. Que, en consecuencia es necesario autorizar el pago de la cuota correspondiente al año 2012 de la Organización Mundial de Sanidad Animal – OIE. Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Servicio Nacional de Sanidad Agraria del Ministerio de Agricultura el pago de € 17 800 (diez y siete mil ochocientos y 00/100 euros) por concepto de la cuota anual correspondiente al 2012 de la Organización Mundial de Sanidad Animal – OIE. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Servicio Nacional de Sanidad Agraria del Ministerio de Agricultura. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 735612-11 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 476-2011-RE Lima, 29 de diciembre de 2011 VISTO: El Ofi cio Nº 1896-2011-SG-MINAM del Ministerio del Ambiente por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota anual de la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertifi cación - CNULCD. CONSIDERANDO: Que, el Perú es miembro de la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertifi cación, la cual tiene como objeto contribuir al logro del desarrollo sostenible de las zonas afectadas por la sequía mediante el aumento de la productividad de las tierras, la rehabilitación, la conservación y el aprovechamiento de las tierras y recursos hídricos. Que, el artículo 67, numeral 67.3 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia es necesario autorizar el pago de la cuota correspondiente al año 2012 de la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertifi cación – CNULCD; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio del Ambiente a efectuar el pago de S/. 24 770.00 (Veinte y cuatro mil setecientos setenta y 00/100 Nuevos Soles) por concepto de la cuota anual correspondiente al 2012 de la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertifi cación - CNULCD. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 735612-12 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 477-2011-RE Lima, 29 de diciembre de 2011 VISTO: El Ofi cio Nº 1310-2011-INEI/OTPP-OECT del Instituto Nacional de Estadística e Informática que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la contribución voluntaria al Fondo de Población de las Naciones Unidas - UNFPA. CONSIDERANDO: Que, el Perú recibe cooperación del UNFPA dentro del marco del Convenio de Cooperación Técnica fi rmado el 30 de marzo de 1956 culminándose en la actualidad el séptimo ciclo de cooperación con el Perú (periodo 2006- 2011). Que, el Perú y UNFPA están próximos a fi rmar el nuevo Plan de Acción del Programa País para cubrir el octavo periodo de cooperación 2012-2016. Que, el artículo 67, numeral 67.3 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y contribuciones a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia es necesario autorizar el pago de la contribución voluntaria al Fondo de Población de las Naciones Unidas - UNFPA. Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Nacional de Estadística e Informática a efectuar el pago de S/. 11 000.00 (Once mil y 00/100 Nuevos Soles) por concepto de contribución al Fondo de Población de las Naciones Unidas - UNFPA. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente serán fi nanciados con cargo