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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (30/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de diciembre de 2011 457185 55 Pensión de Sobrevivi- entes-Orfandad 1. Solicitud dirigida al (a la) Director (a) General de Recursos Humanos o al Gerente de la Unidad Admin- istrativa del Programa Nacional correspondiente, en la cual se consignará el número del DNI y la dirección domiciliaria del solicitante o el documento que acredite la representación legal. 56 Pensión de Sobrevivi- entes-Ascendientes 1. Solicitud dirigida al (a la) Director (a) General de Recursos Humanos o al Gerente de la Unidad Admin- istrativa del Programa Nacional correspondiente, en la cual se consignará el número del DNI y la dirección domiciliaria del solicitante y el documento que acredite la representación legal. 57 Subsidios por fallecimiento y gasto de sepelio. 1. Solicitud dirigida al (a la) Director (a) General de Recursos Humanos o al Gerente de la Unidad Admin- istrativa del Programa Nacional correspondiente, en la cual se consignará el número del DNI y la dirección domiciliaria del solicitante. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresa - PSCE y en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (www.mimdes.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de la Mujer y Desarrollo Social MIMDES 735540-1 PRODUCE Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comisión Nacional de Promoción del Biocomercio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 406-2011-PRODUCE Lima, 28 de diciembre de 2011 Vistos: El Memorando N° 03529-2011-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Memorándum Nº 2626-2011-PRODUCE/ DVMYPE-I-DGI de la Dirección General de Industria, y el Informe Nº 004-2011-PRODUCE/OGAJ-emolero de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1° del Decreto Supremo N° 009-2010-MINCETUR, se crea y conforma la Comisión Nacional de Promoción del Biocomercio adscrita al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, mediante Memorándum N° 2626-2011-DVMYP- I-DGI, el Director General de Industria, ha propuesto la designación de los representantes titular y alterno del Ministerio de la Producción ante la Comisión Nacional de Promoción del Biocomercio; Que, en tal sentido resulta pertinente emitir el acto de administración por el que se designe a los representantes titular y alterno del Ministerio de la Producción ante la referida Comisión Nacional; Con la visación del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Dirección General de Industria y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; Estando a lo expuesto en los documentos de vistos, y de conformidad con la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 1047 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al funcionario a cargo de la Dirección de la Ofi cina Técnica de Centros de Innovación Tecnológica y al Director de Competitividad de la Dirección General de Industria del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, como representantes titular y alterno respectivamente del Ministerio de la Producción, ante la Comisión Nacional de Promoción del Biocomercio creada mediante Decreto Supremo N° 009-2010-MINCETUR. Artículo 2.- Remitir al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, copia de la presente Resolución Ministerial, para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ URQUIZO MAGGIA Ministro de la Producción 735011-3 Resolución Ministerial que formaliza la transferencia de funciones efectuada a favor del Gobierno Regional del Callao en materia de MYPE RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 408-2011-PRODUCE Lima, 28 diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú establece, en su artículo 188, que la descentralización constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país. Asimismo, establece que el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, de conformidad con la quinta disposición transitoria de la Ley N° 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, las transferencias de funciones hacia los gobiernos regionales y locales, comprenden el personal, acervo documentario y los recursos presupuestales que se encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos, incluyendo la titularidad y dominio de los bienes correspondientes; Que, mediante Ley N° 29271, publicada el 22 de octubre de 2008, se transfi rió al Ministerio de la Producción las competencias y funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, sobre micro y pequeña empresa, entre ellas la de defi nir las políticas nacionales de promoción de las MYPE y la de coordinar con las entidades del sector público y privado la coherencia y complementariedad de las políticas sectoriales en esa materia; por lo que corresponde al Ministerio de la Producción transferir a favor de los gobiernos regionales, las funciones específi cas en materia de MYPE, contenidas en el artículo 48 de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el marco del proceso de descentralización de la gestión del Estado; Que, en este contexto, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 465-2011-PCM/ SD, se acredita al Gobierno Regional del Callao para la transferencia de las funciones específi cas a), b), c), d), g), j), n) o), p), q) y r), en materia de MYPE, del artículo 48 de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y se notifi ca al Ministerio de la Producción y al Gobierno Regional del Callao para que procedan a la suscripción de las Actas de Entrega y Recepción, prevista en la etapa de “Efectivización de la Transferencia de las Funciones Sectoriales”, de acuerdo a lo dispuesto en la Directiva N° 001-2007-PCM/SD, “Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 a los Gobiernos Regionales y Locales, de las Funciones Sectoriales incluidas en