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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (30/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de diciembre de 2011 457183 - PAP del 2011, aprobado con Resolución Ministerial ʋ 116-2011-MIMDES, en lo que respecta al CAP ʋ 1548 de la Unidad Ejecutora 009: PNCVFS del régimen laboral del Decreto Legislativo ʋ 276, contempla el fi nanciamiento correspondiente para el presente ejercicio fi scal; Que, mediante Informe ʋ 036-2011-MIMDES/OGRH del 14 de diciembre de 2011, la Ofi cina General de Recursos Humanos señaló, entre otros aspectos, que de la revisión efectuada a la documentación adjunta se puede desprender que el PNCVFS ha cumplido con desarrollar los procesos técnicos que le permiten contar con la plaza vacante presupuestada; en consecuencia dicha Ofi cina General considera que se ha cumplido los procesos técnicos requeridos que permitirían formalizar la reincorporación dispuesta por el mandato judicial, debiendo proceder por tanto a la expedición de la resolución correspondiente, considerando los términos que establece la resolución ʋ 09 del 2 de abril de 2008, emitida por el Primer Juzgado Mixto de Mariscal Nieto - Moquegua; Que, mediante Resolución Ministerial ʋ 458-2011- MIMDES del 21 de diciembre de 2011, se aprobó el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, aprobado por Resolución Suprema ʋ 004-2005-MIMDES y modifi catorias, en ese sentido, entre otros, se reordenó el cargo de Psicólogo del Centro de Emergencia Mujer Juliaca de la Unidad Ejecutora 009: Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, plaza del Cuadro para Asignación de Personal - CAP ʋ 1548, siendo ahora la mencionada Plaza CAP ʋ 1548, Psicólogo del Centro de Emergencia Mujer Moquegua; Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 139, inciso 2), establece que “ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes ante el órgano jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones. Tampoco puede dejar sin efecto resoluciones que han pasado en autoridad de cosa juzgada, ni cortar procedimientos en trámite, ni modifi car sentencias ni retardar su ejecución”; asimismo, el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo ʋ 017- 93-JUS, en su artículo 4, establece que “Toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de índole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder califi car su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo la responsabilidad civil, penal o administrativa que la ley señala (…)”; Que, en consecuencia y conforme a lo sustentado por la Unidad de Planeamiento y Resultado y la Jefatura de Asesoría Legal del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual, así como por la Ofi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, es necesario emitir el acto mediante el cual se formalice la reposición de la señora Yris Carmen Mogrovejo Espinoza en el cargo estructural de Psicóloga del Centro de Emergencia Mujer Moquegua, en la plaza CAP ʋ 1548, en cumplimiento de la resolución ʋ 09 de fecha 2 de abril de 2008, emitida por el Primer Juzgado Mixto de Mariscal Nieto - Moquegua; Con la visación de la Dirección Ejecutiva, de la Unidad de Planeamiento y Resultados y de la Unidad Administrativa del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual, la Ofi cina General de Recursos Humanos y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del MIMDES; De conformidad con lo dispuesto en la Ley ʋ 29597 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo ʋ 011-2004- MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la reposición a la Unidad Ejecutora 009: Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS, de la señora Yris Carmen Mogrovejo Espinoza, en el cargo estructural de Psicóloga del Centro de Emergencia Mujer Moquegua, Plaza CAP ʋ 1548, en cumplimiento de la resolución ʋ 09 de fecha 2 de abril de 2008, emitida por el Primer Juzgado Mixto de Mariscal Nieto - Moquegua. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución al Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual, a la Ofi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y a la interesada para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de la Mujer y Desarrollo Social MIMDES 735543-1 Designan representante del Colegio de Abogados de Lima ante el Consejo de Adopciones del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 466-2011-MIMDES Lima, 29 de diciembre de 2011 VISTOS, el Ofi cio Nº 175-2011-D/CAL del Decano del Colegio de Abogados de Lima; CONSIDERANDO: Que, el artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº 27337, Ley que aprueba el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes, establece que en toda medida que concierne al niño y adolescente que adopte el Estado a través de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, del Ministerio Público, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y sus demás instituciones, así como en la acción de la sociedad, se considerará el Principio del Interés Superior del Niño y del Adolescente y el respeto de sus derechos; Que, el artículo 119 del Código de los Niños y Adolescentes dispone que la Ofi cina de Adopciones, hoy Secretaría Nacional de Adopciones, es la institución encargada de tramitar las solicitudes de adopción de niños o de adolescentes declarados en estado de abandono, a cuyo efecto cuenta con un Consejo de Adopciones, precisando su conformación y disponiendo que sus funciones específi cas serán desarrolladas mediante reglamento; Que, los artículos 5 y 6 del Reglamento del Consejo de Adopciones de la Secretaría Nacional de Adopciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-MIMDES, prevén que este consejo es un órgano colegiado que se encuentra integrado, entre otros, por un (a) representante del Colegio de Abogados de Lima, cuya designación, por un período de dos (2) años, se formaliza por Resolución Ministerial del Sector Mujer y Desarrollo Social; Que, a su vez, la Primera Disposición Complementaria Final del acotado reglamento precisa que, en el término de treinta (30) días naturales, contados a partir de su entrada en vigencia, las instituciones señaladas en su artículo 5 deberán proceder a designar o ratifi car, en su caso, a sus representantes para la conformación del Consejo de Adopciones y que, tratándose de la ratifi cación, se computará el término transcurrido en el ejercicio de su función para efecto del plazo establecido en el artículo 6 de aquella norma reglamentaria; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 362-2010- MIMDES de fecha 23 de abril del 2010 se designó al señor HUMBERTO CARRANZA VALDIVIEZO como representante del Colegio de Abogados de Lima ante el Consejo de Adopciones de la Secretaría Nacional de Adopciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social –MIMDES, por el período de dos (2) años; Que, mediante Ofi cio Nº 175-2011-D/CAL, recibido el 8 de noviembre del 2011, el Decano del Colegio de Abogados del Perú comunicó al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES que se había designado a la Dra. RUTH EMPERATRIZ MONGE GUILLERGUA como representante del Colegio de Abogados de Lima ante el Consejo de Adopciones; Que, en consecuencia, resulta necesario emitir el acto mediante el cual se dé por concluida la designación del señor HUMBERTO CARRANZA VALDIVIEZO y se designe a la señora RUTH EMPERATRIZ MONGE GUILLERGUA como representante del Colegio de Abogados de Lima