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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de enero de 2011 433541 1. Características Generales A continuación se explican los procedimientos generales y características técnicas que se deben tener en cuenta para el envío de información. a) Tipo de Archivo y Caracteres: La información se remitirá en archivos de formato XML (Ver Anexo 1). Estos archivos solamente deben incluir los siguientes caracteres: letras mayúsculas (de “A” a “Z”), números (de “0” a “9”), signos numéricos (“+” y “-”) y espacios en blanco. No está permitido el uso de otro tipo de caracteres especiales, como tabuladores y caracteres de control, los cuales serán considerados como errores en la validación del contenido de archivos. b) Periodicidad de envío de la información: Cuando en la periodicidad de envío se indique de forma diaria, la EPP deberá remitir los archivos requeridos diariamente, incluyendo los días feriados. En caso que la información corresponda a los días sábados y domingos, se enviarán el día viernes previo, remitiendo un archivo por cada día. c) Forma de representación de los datos y su longitud: Para fi nes de aplicación del presente documento, los datos se representan mediante símbolos a los que se les denomina formatos, seguidos inmediatamente de un número, el cual fi gura encerrado entre paréntesis, que indica la longitud o extensión que debe contener el dato. c.1) Datos tipo texto y fechas: i) Los datos de tipo texto o fecha se representan mediante el formato “X”, y a continuación un número encerrado entre paréntesis que indica la longitud o extensión requerida al mismo. ii) Cuando el dato informado tenga menos caracteres que la extensión requerida, se completará la extensión con espacios en blanco que serán colocados a la derecha hasta completar la longitud requerida. iii) Los datos del tipo fecha se representan mediante el formato “ddmmaaaa”, donde “dd” es el día, “mm” es el mes y “aaaa” es el año. iv) Si el día o mes a informar es menor que 10, se colocará el número cero a la izquierda del día o mes que corresponda. Por ejemplo, si el mes es 1, el registro correspondiente es 01 y no 1. c.2) Datos numéricos: enteros, enteros con signo, y decimales Los datos del tipo numérico se representan de la siguiente manera: i) El formato “9” indica que el dato requerido es numérico. ii) El formato “S9” indica que el dato requerido es numérico y además debe estar precedido del signo + o el signo - , según corresponda. iii) Si alguno de los datos requeridos bajo el formato “9” debe contener cifras decimales, esto se representa colocando inmediatamente a continuación del formato “9” el formato “V9”. iv) Los campos numéricos que no contengan la extensión requerida se completarán con números ceros a la izquierda en la parte entera, y con números ceros a la derecha en la parte decimal, y en ningún caso se indicará la coma decimal. El formato “S9” indica que el dato numérico lleva signo. El signo se colocará antes de la primera posición. Ejemplos: 1) Para enviar el número 1 234,56 en un campo cuyo formato es 9(6)V9(4), se enviará de la siguiente manera: 0012345600. 2) Para enviar el número 1 234,56 en un campo cuyo formato es S9(6)V9(4), se enviará de la siguiente manera: +0012345600. 3) Para enviar el número –1 234,56 en un campo cuyo formato es S9(6)V9(4), se enviará de la siguiente manera: -0012345600 (la primera posición para el signo, 6 posiciones para la parte entera y cuatro posiciones para la parte decimal). 2. Archivos a Informar La EPP deberá remitir los siguientes archivos: Archivo Nombre Contenido del Archivo Periodicidad de Envío 4.1 VA_ddmmaaa.iii Datos de instrumentos no inscritos en bolsa del mercado local y de los negociados en el mercado extranjero. No Periódico 4.2 VP_ddmmaaaa.iii Vector de precios defi nitivo de los instrumentos valorizados por la EPP. Diario La expresión “ddmmaaaa” corresponde al día, mes y año de la información presentada, y la expresión “iii” corresponde a los tres últimos dígitos del código asignado a la empresa proveedora de precios. 3. Registro de Control de los Archivos Los archivos deberán tener un primer registro de control, con la fi nalidad de validar la cantidad de registros que contiene el archivo enviado. La estructura del registro de control es el siguiente: N° Campo Descripción Tipo de Datos y Longitud 0 Tipo de registro Deberá remitirse siempre con ‘C’ X(1) 1 Empresa proveedora de precios Código de la Empresa proveedora de precios. X(6) 2 Identifi cador de Archivo Serán las dos primeras letras del nombre de cada archivo. X(2) 3 Fecha La fecha será la correspondiente a la información que se envía. X(8) 4 Contador El contador será un número correlativo e independiente para cada archivo enviado. El primer envío del archivo siempre será 0001 y los posteriores serán correlativos a éste. Cuando un archivo sea corregido este campo deberá consignar el correlativo siguiente al contenido en el archivo corregido. 9(4) 5 Número de registros sin incluir éste Corresponderá al número de registros que se están informando por cada archivo, sin incluir a este registro de control. 9(5) 4. Contenido y Estructura de la Información A continuación se especifi ca la estructura y el contenido del archivo que las EPP deberán remitir a CONASEV: 4.1 Archivo de Valores No Inscritos y Extranjeros En este archivo se matricularán todos los instrumentos u operaciones fi nancieras cuyo precio sea proporcionado por las EPP y que no estén listados en la Bolsa de Valores de Lima u otro mecanismo centralizado de negociación del mercado local. Es decir, mediante este archivo la EPP deberá generar el código de valor para aquellos instrumentos u operaciones fi nancieras que no tienen el ISIN de la Bolsa de Valores de Lima. En el caso de valores a ser listados en algún mecanismo centralizado de negociación, mientras no se genere el código ISIN respectivo, se deberá remitir a través de este archivo los datos del instrumento y en VP deberá informarse con este código autogenerado. Luego de generarse el respectivo código ISIN se deberá remitir con este último en el archivo VP (ya sin código autogenerado). Se deberán remitir los datos del instrumento u operación fi nanciera cada vez que una Sociedad Administradora