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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de enero de 2011 433530 Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, incluyéndose las transferencias del Seguro Integral de Salud – SIS, en concordancia con lo establecido en el numeral 75.4 del artículo 75° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus modifi catorias; Que, constituyen principios fundamentales del proceso de ejecución presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Ofi cial El Peruano, la distribución de los recursos que en el marco de la Resolución Ministerial Nº 422-2007/MINSA se transfi eren a las Unidades Ejecutoras vinculadas al Seguro Integral de Salud por la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiéndoles tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporación de los recursos transferidos, dentro de su marco presupuestal; Que, con el visto bueno de la Subjefatura del SIS, la Secretaría General, la Gerencia de Financiamiento, la Gerencia de Operaciones, la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo, la Ofi cina de Administración y la opinión favorable de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el literal i) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-SA; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Transferencia para las Unidades Ejecutoras por la suma de SEISCIENTOS NOVENTISIETE MIL QUINIENTOS VENTIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 697,521.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, Calendario ampliado de Compromisos correspondiente al mes de diciembre 2010 detallado en el Anexo 01 y que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- El Titular del Pliego aprueba mediante la Resolución Ejecutiva Regional la desagregación de los recursos autorizados en la presente norma, en el nivel funcional programático y respetando los montos de los programas presupuestarios estratégicos, dentro de los diez (10) días calendario de la publicación de la presente Resolución. La Resolución Ejecutiva Regional deberá ser publicada dentro de los cinco (5) días de aprobada en la página web del Gobierno Regional. Artículo 3°.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”; así como publicar en el portal institucional, www.sis.gob.pe, opción Transparencia > Transferencias > Calendario de Pago, el texto de la presente Resolución y su Anexo 01. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO HUARACHI QUINTANILLA Jefe Institucional del Seguro Integral de Salud 585528-2 SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION Designan Gerente General del SENCICO Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 134-2010-02.00 Lima, 30 de diciembre de 2010 VISTO: El acuerdo del Consejo Directivo Nacional adoptado en su Sesión Extraordinaria Nº 070 de fecha 29 de diciembre de 2010, acordaron aprobar la propuesta de designación del Lic. Enrique Abraham Ledesma Azaña, en el cargo de confi anza de Gerente General, por encontrarse vacante dicho cargo, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 147 - se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, considerando a esta entidad, Institución Pública Descentralizada del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con autonomía técnica, administrativa y económica, encargada de la formación, capacitación integral, califi cación y certifi cación profesional de los trabajadores de la actividad de la construcción, en todos los niveles y de realizar las investigaciones y estudios necesarios para atender a sus fi nes; Que, la Ley 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos -, establece en su artículo 3º que la designación de funcionarios en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el Artículo 1º de tal Ley se, efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de Entidad correspondiente; Que, se encuentra vacante la plaza de Gerente General del SENCICO, cargo considerado de confi anza del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, por ello, resulta necesario designar a la persona titular que ejerza las funciones inherentes a dicho cargo; Que, el Artículo 33º del Estatuto de SENCICO, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC señala como función de la Presidencia Ejecutiva, entre otras, j) Expedir las disposiciones que estime necesarias para la buena marcha del SENCICO y n) Ejercer las demás atribuciones conferidas por Ley; De conformidad con lo establecido en la Ley 27594, el Decreto Legislativo Nº 147 Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO y el Decreto Supremo Nº 032-2001- MTC, que aprueba el Estatuto del SENCICO; modifi cado por el Decreto Supremo Nº 004-2006-VIVIENDA; Con las visación del Gerente de Administración y Finanza, de la Asesora Legal, y del Jefe del Departamento Recursos Humanos (e); SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a partir del día 03 de enero de 2011, al Licenciado ENRIQUE ABRAHAM LEDESMA AZAÑA, en el cargo de confi anza de Gerente General del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO. Regístrese, comuníquese y publíquese. OTILIO FERNANDO CHAPARRO TEJADA Presidente Ejecutivo del SENCICO 584741-1 Designan Gerente Zonal Trujillo del SENCICO Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 135-2010-02.00 Lima, 30 de diciembre de 2010 VISTO: El acuerdo del Consejo Directivo Nacional adoptado en su Sesión Extraordinaria Nº 070 de fecha 29 de diciembre