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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2011 (17/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 17 de enero de 2011 434398 de la Ley de Contrataciones del Estado (Decreto Supremo Nº 184-2008-EF). Artículo Tercero.- ENCARGAR al Secretario General remita copias Certifi cadas de los actuados administrativos a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios – CEPAD, a fi n que realice las acciones pertinentes que correspondan para determinar las responsabilidades de los funcionarios o servidores públicos, de ser el caso, cuya conducta hubiese originado tal situación de desabastecimiento inminente, de conformidad con lo señalado por el Artículo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017, en concordancia con el inciso c) del Artículo 20º de la Ley en mención y el Artículo 129º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184- 2008-EF. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Abastecimientos la publicación del presente Acuerdo en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) y al Secretario General su remisión a la Contraloría General de la República con copia al Órgano de Control Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles siguientes de su emisión, conforme lo dispone el Artículo 134º del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. ROBERTO GÓMEZ BACA Alcalde 590417-1 ACUERDO DE CONCEJO Nº 06-2011-ACSS Santiago de Surco, 13 de enero del 2011 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha, VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 006-2011-CGM-CAJ-MSS, de las Comisiones de Gestión Municipal y de Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 66-2011-SG-MSS de la Secretaría General, el Memorándum Nº 029-2011-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Técnico Nº 02-2011-SGAB- GA-MSS de la Subgerencia de Abastecimientos, el Informe Nº 007-2011-SGPRE-GPP-MSS de la Subgerencia de Presupuesto, el Memorándum Nº 92-2011-GA-MSS de la Gerencia de Administración, el Informe Nº 29-2011- GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, entre otros documentos, sobre Exoneración de Contratación de Seguros No Personales para la Municipalidad de Surco por Desabastecimiento Inminente. CONSIDERANDO: Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Informe Técnico Nº 02-2011-SGAB-GA- MSS del 11.01.2011, la Subgerencia de Abastecimientos indica que la vigencia del Contrato Nº 004-2010-MSS derivado del Concurso Público Nº 015-2009-MSS, cubre la contratación del servicio de Seguros no personales hasta el 20.01.2011, siendo que, por tratarse de una contratación por Concurso Público, el proceso para cubrir el servicio debió convocarse por lo menos con tres meses de anticipación, es decir, el proceso debió ser convocado en el mes de octubre de 2010, debiendo de haberse iniciado las gestiones para la aprobación del expediente (Estudio de posibilidades de mercado y certifi cación presupuestaria) en el mes de setiembre del 2010; Que, la Subgerencia de Abastecimientos agrega, que al inicio de la presente gestión, se encuentra con un contrato por culminar, sin haberse realizado oportunamente las gestiones para la aprobación del expediente. Asimismo, para la convocatoria de un nuevo proceso resulta necesario revisar el Slip Técnico, las condiciones de este, los bienes asegurados, así como en especial el personal asegurado puesto que para el año 2011 se ha incrementado en Personal de Serenazgo y limpieza Pública que por sus condiciones de trabajo requiere ser asegurado; Que, la Subgerencia de Abastecimientos, señala que para convocar el proceso que corresponde a la adquisición del Servicio de Seguros No Personales y Personales de acuerdo a las gestiones que deben realizarse para su contratación: Aprobación del Expediente, Convocatoria y desarrollo del proceso, plazo para suscripción de contrato y otros, se estima como fecha aproximada de contratación del servicio el 20.05.2011 (120 días después de aprobado el Plan Anual de Contrataciones - PAC inicial 2011); Que, la Subgerencia de Abastecimientos asimismo, señala que, ante el inminente desabastecimiento y siendo la cobertura de Seguros - Pólizas de Riesgos Generales importante, para proteger los Bienes Patrimoniales y al personal que realiza trabajo de riesgo para la Municipalidad; se puede afi rmar que este servicio es esencial para la Entidad, por tanto se solicita se lleve a cabo las acciones pertinentes con la Alta Dirección, a fi n de ejecutar acciones paralelas al Concurso Público que debe realizarse y prever la cobertura del servicio de seguros desde el 20 de enero (fecha en que culmina el actual contrato) hasta 20 de mayo 2011 (120 días, tiempo de realizar y contratar por nuevo proceso). En consecuencia, solicita la aprobación de la exoneración del proceso de selección para la Contratación del Servicio de Seguros No Personales por el monto ascendente a S/. 643,829.83 (Seiscientos cuarenta y tres mil ochocientos veintinueve con 83/100 Nuevos Soles), bajo la causal de desabastecimiento inminente, conforme a la normatividad vigente; Que, con Informe Nº 007-2011-SGPRE-GPP-MSS del 11.01.2011, la Subgerencia de Presupuesto, señala que la contratación cuya exoneración se solicita, cuenta con la cobertura presupuestal correspondiente en las específi cas de gasto 2.3.2.6.3.99 “Otros Seguros de Bienes Muebles e Inmuebles” y 2.3.2.6.3.2 “Seguro de Vehículos” en los rubros de fi nanciamiento 08 Impuestos municipales, 09 Recursos Directamente Recaudados, por el monto de S/. 643,830.00 Nuevos Soles; Que, mediante Memorándum Nº 92-2011-GA-MSS del 11.01.2011, la Gerencia de Administración remite el Informe Técnico Nº 02-2011-SGAB-GA-MSS de la Subgerencia de Abastecimientos, con la fi nalidad de solicitar la aprobación de la exoneración para la contratación por causal de desabastecimiento inminente de Seguros No Personales, hasta por el monto de S/. 643,829.83 Nuevos Soles, y se ponga en consideración del Concejo Municipal; Que, con Informe Nº 29-2011-GAJ-MSS del 11.01.2011, la Gerencia de Asesoría Jurídica informa que de conformidad con el Artículo 20º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1017, establece las situaciones que pueden considerarse para la Exoneración de procesos de selección, señala en su literal c) la situación de desabastecimiento debidamente comprobada que afecte o impida a la Entidad cumplir con sus actividades u operaciones. De acuerdo al artículo 21º, la contratación por Exoneración debe ser aprobada por el Titular de la Entidad o Acuerdo de Concejo Municipal; Que, del mismo modo, indica que el Artículo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado, “Se considera desabastecimiento a aquella situación inminente, extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de bien, servicio u obra compromete en forma directa e