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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2011 (17/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 17 de enero de 2011 434381 contractual, el Contratista, se efectuó la penalidad por mora acumulando el diez por ciento (10%) del monto total de la Obra. 8. Mediante Carta Notarial S/N de fecha 28 de setiembre de 2009, notifi cada el 03 de octubre de 2009, la Entidad remite la Resolución de Gerencia de Administración Nº 098-2009-GAR/MDI de fecha 24 de setiembre, mediante la cual resuelve el contrato. Asimismo publica el Aviso de Notifi cación de Resolución de Contrato, el 10 de octubre de 2009 en el Diario Ofi cial El Peruano y en otro diario de mayor circulación en el territorio nacional (Perú 21). 9. Mediante escritos S/N con registros Nº 16529 y 16670, ingresados el 13 y 17 de noviembre de 2009 respectivamente, la Entidad pone en conocimiento del Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante el Tribunal, la supuesta infracción incurrida por el Contratista respecto a la resolución del Contrato de la referencia por incumplimiento de sus obligaciones contractuales. 10. Mediante decreto de fecha 19 de noviembre de 2009, previamente al inicio del procedimiento administrativo sancionador, el Tribunal requirió a la Entidad, copia de las cartas notariales, debidamente recepcionadas y/o diligenciadas, mediante la cuales se requirió el cumplimiento de sus obligaciones al contratista y comunicó la resolución del contrato, otorgándole el plazo de cinco (05) días hábiles para ello. 11. Mediante escrito S/N, recibido el 11 de diciembre de 2009, la Entidad remite el Informe Técnico Legal Nº 373-2009-UAL/MDI. 12. Mediante decreto de fecha 14 de diciembre de 2009, el Tribunal dispuso el inicio del procedimiento administrativo sancionador contra la empresa PACIFIC REPRESENTACIONES S.A. y el señor JOEL JOSE SALAZAR SALCEDO, ambos integrantes del CONSORCIO JUAN PABLO, por su supuesta responsabilidad en la resolución del referido contrato por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el literal b) del numeral 1) del artículo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, en adelante el Reglamento, y lo emplazó para que en el plazo de diez (10) días hábiles cumpla con presentar sus descargos. 13. Mediante Cedula de Notifi cación Nº 48625/2009. TC notifi cada el 22 de diciembre de 2009, el señor JOEL JOSE SALAZAR SALCEDO, toma conocimiento del decreto que da inicio al procedimiento administrativo sancionador. Sin embargo la notifi cación a la empresa PACIFIC REPRESENTACIONES S.A., realizada con Cédula de Notifi cación Nº 48624/2009.TC, fue devuelta por el servicio de mensajería, toda vez que en el acta de informe de devolución obrante a fojas 173 del presente expediente, se indicó que la referida empresa se mudó hace más de un año. 14. Mediante decreto de fecha 8 de enero de 2010, una vez agotados los medios idóneos para encontrar otro domicilio cierto, se procede con la realización de la notifi cación vía edicto a la empresa PACIFIC REPRESENTACIONES S.A., corriéndose traslado al Diario Ofi cial El Peruano mediante Ofi cio Nº 061/2010. STRI de fecha 15 de enero de 2010. 15.Con fecha 20 de enero de 2010 se publica en el Diario Ofi cial El Peruano, el decreto de inicio del procedimiento administrativo sancionador a través del cual se corre traslado a la empresa PACIFIC REPRESENTACIONES S.A., a fi n de que cumpla con presentar sus descargos, y lo emplazó para que en el plazo de diez (10) días hábiles cumpla con presentar sus descargos. 16. Mediante escrito S/N con registro Nº 243 ingresado el 11 de enero de 2010, el señor JOEL JOSE SALAZAR SALCEDO, cumple con presentar su escrito de descargos en los siguientes términos: a) Como consecuencia de la notifi cación y de avisos periodísticos mi representada toma conocimiento de la existencia del Consorcio, del cual nunca formamos parte. b) La empresa PACIFIC REPRESENTACIONES S.A., a quienes no conocemos, han usado documentación nuestra a fi n de verse favorecido en procesos de licitaciones y ejecuciones de obras. c) Solicitamos el uso de la palabra donde demostraremos que los documentos presentados en la licitación, así como para la suscripción del contrato y otros han sido falsos, así como también la fi rma (falsifi cada). 17. Mediante decreto de fecha 14 de enero de 2010 se tuvo por apersonado al señor JOEL JOSE SALAZAR SALCEDO. 18. Mediante decreto de fecha 11 de febrero de 2010 se hace efectivo el apercibimiento a la empresa PACIFIC REPRESENTACIONES S.A., y se remitió el expediente a la Cuarta Sala del Tribunal para que emita su respectivo pronunciamiento. 19. Mediante decreto de fecha 13 de abril de 2010 se programó audiencia pública para el 23 de abril del 2010 a las 09:30 a.m. 20. Mediante decreto de fecha 19 de abril de 2010 se reprogramó la audiencia pública para el 30 de abril de 2010 a las 09:30 a.m. 21. El 30 de abril de 2010, se llevó a cabo la audiencia pública, con la intervención sólo del representa del señor JOEL JOSE SALAZAR SALCEDO, acreditado mediante escrito con registro Nº 3874 del mismo día. 22. Mediante decreto de fecha 03 de mayo de 2010 se solicita a la Entidad remitir copia del Contrato s/n de fecha 26 de enero de 2009 correspondiente al proceso de selección Adjudicación Directa Selectiva Nº 0020- 2008-CEPO/MDI suscrito con el CONSORCIO JUAN PABLO y copia del Contrato de Consorcio suscrito entre la empresa PACIFIC REPRESENTACIONES S.A. y el señor JOEL JOSE SALAZAR SALCEDO, documento presentado para la suscripción del Contrato s/n de fecha 26 de enero de 2009 correspondiente al proceso de selección Adjudicación Directa Selectiva Nº 0020- 2008-CEPO/MDI, otorgándose un plazo de tres (03) días bajo responsabilidad y apercibimiento de resolver con la documentación obrante en autos. 23. Mediante escrito S/N ingresado el 04 de mayo 2010, la Entidad se apersona al presente proceso y designa representantes. 24. Mediante escrito S/N ingresado el 06 de mayo de 2010 el señor JOEL JOSE SALAZAR SALCEDO presenta alegatos en los siguientes términos: a) Acredito una capacidad de contratación por más de cuarenta millones de nuevos soles y que debido a dicha solvencia no tenía ni tengo ninguna necesidad de consorciarme con PACIFIC REPRESENTACIONES S.A. b) La Entidad no ha ejercido los controles previos de verifi car la autenticidad de las fi rmas, toda vez que existe una fraudulenta “Promesa de Consorcio”. Además no se ha tenido la diligencia ni el cuidado de exigir que dicho documento haya sido formalizado válidamente. c) Solicito se ordene una pericia grafológica a las fi rmas que aparecen en la documentación sustentatória que amparan el Contrato. d) Jamás he presentado ni suscrito documento alguno para participar en el presente proceso de selección, lo cual de por sí me excluye del presente proceso sancionador. 25. Mediante Ofi cio Nº 035-2010-GAR/MDI ingresado el 13 de mayo de 2010, la Entidad remite la copia del Contrato de Consorcio suscrito entre la empresa PACIFIC REPRESENTACIONES S.A. y el señor JOEL JOSE SALAZAR SALCEDO, documento presentado para la suscripción del Contrato s/n de fecha 26 de enero de 2009. 26. Mediante Memorándum Nº 029-2010/MZG-VT de fecha 10 de junio de 2010, el Tribunal dispuso la reformulación de inicio del procedimiento administrativo sancionador, toda vez que el señor JOEL JOSE SALAZAR SALCEDO al efectuar sus respectivos descargos, ha señalado no haber suscrito la Promesa Formal de Consorcio ni el contrato de formalización del mismo, por lo que se tendría indicios de haberse presentado supuesta documentación falsa o inexacta. 27. Mediante decreto de fecha 15 de junio de 2010, el Tribunal reformuló el inicio del procedimiento administrativo sancionador, de la siguiente manera: “Visto y considerando el Memorando Nº 029- 2010, presentado con fecha 10.06.2010, mediante el