TEXTO PAGINA: 34
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 17 de enero de 2011 434394 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a Financiera Universal S.A. la apertura de agencias en los distritos de San Borja y San Miguel, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 5-2011 Lima, 4 de enero de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por la Financiera Universal S.A. para que se le autorice la apertura de una agencia ubicada en la avenida Aviación Nº 2681, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente que sustenta lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 Memorándum Nº 566-2010-SABM; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Financiera Universal S.A. la apertura de una agencia ubicada en la avenida Aviación Nº 2681, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca (a.i.) 589817-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 6-2011 Lima, 4 de enero de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por la Financiera Universal S.A. para que se le autorice la apertura de una agencia ubicada en la avenida La Marina Nº 2523, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente que sustenta lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 y Memorándum Nº 566-2010-SABM; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Financiera Universal S.A. la apertura de una agencia ubicada en la avenida La Marina Nº 2523 , distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca (a.i.) 589817-2 Emiten opinión favorable para que el Banco de Crédito del Perú realice la renovación del “Cuarto Programa de Bonos Corporativos BCP” RESOLUCIÓN SBS Nº 50-2011 Lima, 7 de enero de 2011 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú, en adelante el Banco, para que se opine favorablemente sobre la renovación del plazo del “Cuarto Programa de Bonos Corporativos BCP”, por dos (2) años adicionales, manteniendo las demás características inalterables; CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su artículo 234º, faculta a las empresas a emitir los instrumentos a que se refi ere la Ley del Mercado de Valores, y aquellos que la Superintendencia autorice mediante norma de carácter general; Que, el artículo 232º de la Ley General establece que en la emisión de instrumentos fi nancieros que tengan la condición de valores mobiliarios y se emitan por oferta pública, la CONASEV procederá a inscribirlos en el Registro Público del Mercado de Valores, previa opinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia y de la documentación precisada en el artículo 18º de la Ley del Mercado de Valores; Que, en la Junta General de Accionistas del Banco de Crédito del Perú, celebrada el 28 de marzo de 2008, se declaró tener un saldo pendiente por utilizar de USD 280 000 000,00 (doscientos ochenta millones y 00/100 dólares americanos) y se aprobó un nuevo monto global adicional hasta por USD 2 500 000 000,00 (dos mil quinientos millones y 00/100 dólares americanos), para la emisión de instrumentos representativos de deuda, acordando delegar al Directorio y Comité Ejecutivo amplias facultades para aprobar la emisión de Instrumentos Representativos de Deuda hasta por un monto que en conjunto asciende a USD 2 780 000 000,00 (dos mil setecientos ochenta millones y 00/100 dólares americanos), o su equivalente en moneda nacional o en otras monedas. Asimismo, la mencionada Junta General facultó al Directorio y/o al Comité Ejecutivo del Banco, de manera expresa y en la forma más amplia que permitan las leyes aplicables y el Estatuto Social, para que determinen los términos, características y condiciones de las emisiones que se efectúen dentro del marco de los Programas de