Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ENERO DEL AÑO 2011 (21/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de enero de 2011 434695 CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, de acuerdo con la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, publicada en el diario ofi cial el 7 de marzo de 2002, en su artículo 194°, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; señalando que la estructura orgánica del Gobierno Local la conforman el Concejo Municipal como órgano normativo y fi scalizador y la Alcaldía como órgano ejecutivo; la Constitución, en el inciso 1, del artículo 195°, establece que las Municipalidades, en ejercicio de su autonomía política, económica y administrativa, tienen competencia exclusiva para aprobar su organización interna. Que, el artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, publicada el 27 de mayo de 2003, en referencia a las atribuciones del Concejo Municipal, establece en el inciso 3, que le corresponde a esta instancia de gobierno la aprobación del régimen de organización interior y funcionamiento del Gobierno Local; Que, mediante Ley Nº 27658, publicada en el diario ofi cial el 30 de enero de 2002, se promulgó la Ley Marco de Modernización del Estado, a través de la cual se declara al Estado en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, publicado en el diario ofi cial el 28 de julio de 2006, se aprobó los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), por parte de las entidades de la administración pública, el cual tiene como fi nalidad que las entidades del sector público desarrollen su ROF con una adecuada estructura orgánica y una clara defi nición de sus funciones y la de los órganos que la integran, acorde con las disposiciones de la Ley Nº 27658, con el objeto de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos e identifi car responsabilidades específi cas de las entidades públicas y sus unidades orgánicas. Que, mediante el Decreto Supremo Nº 043-2004- PCM se aprueban los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro de Asignación de Personal (CAP), que tiene por objeto defi nir un instrumento de gestión en el cual se establecen los cargos clasifi cados de acuerdo a la estructura orgánica prevista en el ROF, debiéndose aprobar un nuevo Cuadro de Asignación de Personal junto con el Reglamento de Organización y Funciones, que establece una reestructuración orgánica integral como es el presente caso. Que, la organización debe ser diseñada para obtener en la mejor forma posible los objetivos estratégicos, debiendo ajustarse la estructura de la organización para facilitar el desarrollo de las actividades de la gestión, el fortalecimiento de la cultura organizacional, el incremento de la productividad y el desarrollo del trabajo de las personas en un clima de armonía y cooperación; con lo cual se debe lograr efi cacia, a fi n de satisfacer las demandas y expectativas de los vecinos de la comunidad; Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27972, el Concejo Municipal con el dictamen favorable de la Comisión de Administración, VOTO POR UNANIMIDAD, y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; Aprobó la siguiente ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y EL CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL (CAP) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA Artículo Primero.- OBJETO DE LA ORDENANZA La presente Ordenanza tiene por objeto la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente. Artículo Segundo.- CONTENIDO DE LA ORDENANZA Son parte integrante de la presente Ordenanza, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) compuesto por tres (3) Títulos, siete (7) Capítulos, diecisiete (17) Subcapítulos, setenta y ocho (78) Artículos y un (1) Anexo conteniendo el Organigrama Estructural; así como el Cuadro de asignación de Personal (CAP). Artículo Tercero.- ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente Ordenanza es de aplicación obligatoria en la jurisdicción del distrito de Ventanilla y comprende a todos los órganos de la Municipalidad, así como a las instancias de coordinación local y de participación ciudadana. Artículo Cuarto.- DEROGACIÓN DE NORMAS DE ORGANIZACIÓN Dejar sin efecto y derogar cualquier otra norma o disposición municipal, que se oponga a la presente Ordenanza, en particular deróguese las siguientes normas: 4.1. Deróguese la Ordenanza Nº 032-2007/MDV, publicada el 05/01/2007, que aprobó el ROF de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, modifi cada por la Ordenanza 025-2008/MDV y por la Ordenanza Nº 029- 2009/MDV. 4.2. Deróguese la Ordenanza Nº 10-2010/MDV, promulgada el 16/03/2010, que aprobó el Cuadro de Asignación de Personal de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. Artículo Quinto.- CONSTITUCIÓN DE ÓRGANOS DESCONCENTRADOS. Créase los siguientes órganos desconcentrados de la municipalidad: 5.1. “Sistema de Salud Municipal Ventanilla” 5.2. “Programa Construyendo Ventanilla” Los órganos desconcentrados antes citados dependen jerárquicamente de la Alcaldía y tienen autonomía funcional, técnica, administrativa. Artículo Sexto.- DELEGACIÓN DE FACULTADES AL ALCALDE. Deléguese al Señor Alcalde, la facultad para aprobar mediante Decreto de Alcaldía el Manual de Organización y Funciones (MOF) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla; así como el Reglamento de implementación de los instrumentos de gestión organizacional y las disposiciones complementarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y para el buen funcionamiento de la organización municipal. Deléguese, igualmente al Señor Alcalde la facultad para aprobar mediante Decreto de Alcaldía o Resolución de Alcaldía, las facultades o lineamientos que se requieran, así como los manuales de organización y funciones (MOF) y demás instrumentos de gestión de los órganos desconcentrados: “Sistema de Salud Municipal de Ventanilla” y “Programa Construyendo Ventanilla”. Artículo Sétimo.- PUESTA EN VIGENCIA DE LA ORDENANZA. La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación ofi cial en los medios dispuesto por ley. Artículo Octavo.- PERÍODO DE IMPLEMENTACIÓN. La Gerencia Municipal queda encargada de la implementación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el Cuadro de Asignación de Personal (CAP); y, dispondrá de un período no mayor a noventa (90) días para realizar todas las acciones operativas que resulten necesarias para la adecuación de la organización y procesos de gestión a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese y comuníquese. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 592403-1