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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de enero de 2011 434930 de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Teniendo en cuenta el Mensaje N° LMONTEVIDEO20100785, de la Embajada del Perú en la República Oriental del Uruguay, de 30 de diciembre de 200; De conformidad con los artículos 26° y 27° de la Ley N° 28091; Ley del Servicio Diplomático de la República; y los artículos 62°, 63° literal B) y 64° inciso a) del Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Oriental del Uruguay, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Emilio Romero Cevallos, como Representante Permanente del Perú ante la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), y ante el MERCOSUR con residencia en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, a partir del 01 de marzo de 2011. Artículo 2°.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3°.- La presente Resolución no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 595025-19 Nombran Cónsul General del Perú en Dubai, Emiratos Árabes Unidos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 025-2011-RE Lima, 23 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que los funcionarios del Servicio Diplomático, cualquiera sea su categoría, sirven indistintamente en la Cancillería, Misiones Diplomáticas, Ofi cinas Consulares o Representaciones Permanentes de conformidad con los requerimientos de la política exterior del Estado; Que la protección y atención a las comunidades peruanas en el exterior constituye una de las prioridades de la Política Exterior del Perú; De conformidad con los artículos 7°, 13° inciso a), 26° y 30° de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley N° 29318; los artículos 62°, 63° literal B), 64º inciso a), 90°, 185° inciso b), 187° y 189° inciso b) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE; el artículo 74º inciso a), 81º inciso a) y 85º del Reglamento Consular del Perú, aprobado por el Decreto Supremo Nº 076-2005-RE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Nombrar al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Rómulo Fernando Acurio Traverso, Cónsul General del Perú en Dubai, Emiratos Árabes Unidos. Artículo 2°.- La jurisdicción consular será la establecida en la Decreto Supremo Nº 118-2010-RE. Artículo 3°.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Artículo 4°.- La fecha en que el citado funcionario diplomático deberá asumir funciones será fi jada por Resolución Viceministerial. Artículo 5°.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 595025-20 Autorizan al Ministerio de Energía y Minas efectuar pago de cuota a los organismos internacionales GIEC y GIEPZ RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 026-2011-RE Lima, 25 de enero de 2011 VISTO: Los Ofi cios Nºs. 008-2011-MEM-OGP y 009-2009- MEM-OGP, de fecha 7 de enero de 2011, del Ministerio de Energía y Minas por los que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de contribuciones al Grupo Internacional de Estudio del Cobre (GIEC) y al Grupo Internacional de Estudio del Plomo y Zinc (GIEPZ), respectivamente; CONSIDERANDO: Que el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de contribuciones al Grupo Internacional de Estudio del Cobre (GIEC) y al Grupo Internacional de Estudio del Plomo y Zinc (GIEPZ), con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía y Minas; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Energía y Minas, a efectuar el pago de € 27,019.00 (Veinte y Siete Mil Diecinueve y 00/100 Euros) al Grupo Internacional de Estudio del Cobre (GIEC) y € 21,078.00 (Veinte y Un Mil Setenta y Ocho y 00/100 Euros) al Grupo Internacional de Estudio del Plomo y Zinc (GIEPZ). Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 595025-21