Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2011 (11/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de febrero de 2011

estimulantes o disolventes y de cualquier otro elemento que reduzca la capacidad de reaccion y buen manejo del conductor"; Que, con Memorandum Nº 093-2011-GDU-MSS del 01.02.2011, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA adjunta el Informe Nº 054-2011-SGDE-GDU-MSS del 31.01.2011 de la Subgerencia de Desarrollo Economico, que senala, que con fecha 12.10.2009, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones oficializo, con el apoyo del Ministerio del Interior y la Policia Nacional del Peru la MORDAZA denominada "El Amigo Elegido", la misma que tiene por objeto la disminucion de accidentes de MORDAZA con referencia a la ingesta excesiva de alcohol por parte de los conductores. Agrega que, la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA debe de respetar y promover el bienestar del vecindario, por lo que resulta coherente que MORDAZA promueva la aplicacion de las pautas adoptadas por la mencionada MORDAZA, precisando que la actividad de consumir bebidas alcoholicas o la actividad de manejar un vehiculo automotor, en si mismas no representan un dano a la sociedad, sin embargo, la actividad de conducir bajo los efectos del alcohol si conlleva un riesgo social elevado, pues se pone en peligro a los ocupantes del vehiculo asi como a los transeuntes; Que, por este motivo, la Municipalidad ha visto por conveniente promover a traves de la adhesion voluntaria, la participacion de la empresa privada ligada directa o indirectamente a la actividad de venta de alcohol, pretendiendo de manera simultanea, fomentar la toma de conciencia social sobre este problema entre nuestros vecinos, y asi lograr un trabajo conjunto entre la municipalidad, el vecino y el empresario que coadyuve al desarrollo integral, sostenible y armonico de nuestro distrito. En tal sentido, concluye opinando favorablemente por la emision del proyecto de Ordenanza que fomenta la MORDAZA "El Amigo Elegido", el cual adjunta; Que, mediante Informe Nº 124-2011-GAJ-MSS del 01.02.2011, la Gerencia de Asesoria Juridica refiere que el proyecto de Ordenanza establece como objeto fomentar la MORDAZA "El Amigo Elegido" en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA de MORDAZA, respecto de los establecimientos comerciales que sirven a sus clientes bebidas alcoholicas para ser consumidas dentro del local; Que, asimismo, la Gerencia de Asesoria Juridica define los casos en que se concretara la referida MORDAZA, en especial el caracter espontaneo de quienes desean participar en el, asi como los incentivos que mereceran los establecimientos comerciales y de servicios. En tal sentido, concluye opinando por considerar legalmente viable el proyecto de Ordenanza que fomenta la MORDAZA "El Amigo Elegido", debiendo ser elevado ante el Concejo Municipal para aprobacion, de conformidad con sus atribuciones establecidas en el inciso 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, con Memorandum Nº 118-2011-GM-MSS del 01.02.2011, la Gerencia Municipal remite el proyecto de Ordenanza que fomenta la MORDAZA "El Amigo Elegido", expresando su conformidad a la mencionada propuesta; Que, al MORDAZA de lo dispuesto en el numeral 3.2 del Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009JUS, se exceptua de la prepublicacion de la presente MORDAZA, toda vez que se trata de una MORDAZA que busca la adhesion voluntaria de la empresa privada y la toma de conciencia social por parte de nuestros vecinos sobre el problema que significa conducir bajo los efectos del alcohol; Estando al Dictamen Conjunto N° 005-2011-CDLCAJ-MSS, de las Comisiones de Desarrollo Local y Asuntos Juridicos, el Informe Nº 124-2011-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica y de conformidad con los Articulos 9º numerales 8), 9), 39º y 40º de la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades; luego del debate correspondiente y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo por UNANIMIDAD la siguiente:

ORDENANZA QUE FOMENTA LA MORDAZA "EL AMIGO ELEGIDO" Articulo 1º.- Objeto y Ambito de Aplicacion La presente Ordenanza tiene por objeto fomentar la MORDAZA "El Amigo Elegido" en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA de MORDAZA, respecto de los establecimientos comerciales que sirven a sus clientes bebidas alcoholicas para ser consumidas dentro del local. Articulo 2º.- Definicion La MORDAZA "El Amigo Elegido": Consiste en escoger a una persona determinada de un grupo de personas que acuden a un local comercial que cuente con licencia de funcionamiento para expender licor que sera consumido dentro del local, esta persona se comprometera a no consumir licor durante su permanencia en el local, pues tendra la responsabilidad de conducir el vehiculo que los lleve de regreso a sus hogares. Articulo 3º.- Condiciones para ser el Amigo Elegido Para poder ser el Amigo Elegido, la persona necesariamente: a) Debe de ser designado por sus acompanantes, y ademas el tiene que manifestar su consentimiento expreso para aceptar ser el Amigo Elegido. b) Debe de ser una persona mayor de edad, que cuente con Licencia de Conducir. c) Una vez que comunica al administrador del establecimiento que el sera el Amigo Elegido, se debe de verificar que no MORDAZA consumido bebidas alcoholicas hasta ese momento, comprometiendose ademas a no ingerir este MORDAZA de bebidas durante su permanencia en el local. Al momento de retirarse del local se verificara esta situacion. Articulo 4º.- Beneficios del Amigo Elegido Los locales que se acojan a este programa evaluaran, los beneficios que otorgaran a las personas que deseen ser "El Amigo Elegido". Los beneficios, podran ser los siguientes: bebidas no alcoholicas gratis, un pase libre para otra noche, descuentos en la carta de alimentos, descuentos en locales que apoyan la MORDAZA, devolucion del dinero de la entrada, entre otros. Articulo 5º.- Perdida de beneficios del Amigo Elegido En caso de que la prueba del alcoholimetro indique que el Amigo Elegido ingirio bebidas alcoholicas durante su permanencia en el local, automaticamente pierde todos los beneficios otorgados, pues habra incumplido el compromiso asumido. Articulo 6º.- Distincion El Amigo Elegido sera distinguido del resto de sus acompanantes con una pulsera que el administrador del local le pondra el mismo dia. Articulo 7º.- Difusion de Beneficios Los locales deben informar sobre los beneficios de contar con el Amigo Elegido dentro de un grupo, asi como mensajes alusivos al programa, destacando las bondades y caracteristicas positivas del mismo, en un lugar visible del local (interior o exteriormente). Articulo 8º.- Adhesion a la MORDAZA Los locales que deseen adherirse a la MORDAZA del Amigo Elegido, deberan comunicarlo a la Subgerencia de Desarrollo Economico, mediante comunicacion simple. Articulo 9º.- Equipamiento del local adherido a la MORDAZA Los locales deberan de contar con: a) Pulseras para distinguir al Amigo Elegido. b) Un alcoholimetro, para medir el grado alcoholico de sus clientes de forma gratuita.

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