Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2011 (11/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de febrero de 2011

· Condonar el 30% del monto insoluto para las deudas generadas por los periodos 2008, 2009 y 2010. 3. Multas Administrativas: · Condonar el 100% de los Factores de Ajuste. · Condonar el 70% del monto aplicado por sanciones generadas en periodos anteriores hasta el 2006 inclusive. · Condonar el 40% del monto aplicado por sanciones generadas en los periodos 2007 y 2008. · Condonar el 20% del monto aplicado por sanciones generadas en el periodo 2009 y 2010. No podran acogerse al beneficio mencionado las multas administrativas que se han impuesto por infracciones a la Moral y Orden Publico (Linea de Accion 05 del Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas aprobado mediante Ordenanza N° 0174-2010-MDSJN) y aquellas impuestas por infracciones similares establecidas en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas vigente en la fecha de aplicacion. 4. Multas Tributarias: · Multas menores o iguales al 50% de la UIT, seran condonadas hasta el 100% de la Multa Tributaria impuestas o generadas por infracciones establecidas en el Codigo Tributario. · Multas mayores al 50% de la UIT, seran condonadas hasta el 50% de la Multa Tributaria impuestas o generadas por infracciones establecidas en el Codigo Tributario. Para acogerse al beneficio es necesaria la cancelacion previa de las Resoluciones de Determinacion emitidas por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del periodo o periodos por el cual se ha generado la Multa Tributaria. 5. Costas y Gastos Procesales: · Condonar el 50% de las Costas y Gastos Procesales, por las deudas que se encuentren en cobranza coactiva, siempre y cuando cumpla con la cancelacion del tributo correspondiente. 6. Deudas en Fraccionamiento de Pago: · A las cuotas de fraccionamiento vencidas, pendientes de pago, se les condonara el 100% de los Intereses Moratorios, generados al vencimiento de la cuota de fraccionamiento y siempre y cuando pague el total de las cuotas vencidas. Articulo 3º.- INSCRIPCION Y REGULARIZACION VOLUNTARIA O GENERADA VIA FISCALIZACION. Los administrados que en forma voluntaria efectuen su inscripcion como contribuyentes, asi como los que se encuentren en MORDAZA de fiscalizacion por omision o subvaluacion del Impuesto Predial, dentro de los 15 dias calendarios posteriores a la Notificacion o Requerimiento emitido por la administracion tributaria, se les otorgara el beneficio de la Condonacion del 100% de la Multa Tributaria correspondiente. Adicional y exclusivamente para el caso de predios ubicados en los Asentamientos Humanos perifericos, se dispone por unica vez la Condonacion de las deudas por Arbitrios Municipales hasta el ano 2010, previo pago al contado de la deuda resultante por el Impuesto Predial. Articulo 4º.- ACOGIMIENTO A LA PRESENTE ORDENANZA El acogimiento a los beneficios establecidos en la presente Ordenanza, es automatica con el solo pago al contado de su deuda tributaria, directamente en las MORDAZA de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, el pago registrado constituye la MORDAZA del acogimiento e implica el reconocimiento voluntario de la deuda tributaria

Articulo 5º.- DE LOS RECURSOS IMPUGNATORIOS EN TRAMITE Los contribuyentes que tengan recursos de reclamacion, reconsideracion o apelacion, podran acogerse al beneficio de la presente Ordenanza, siempre que se desistan de sus recursos, mediante la MORDAZA de un escrito simple, acompanado de su documento de identidad. Articulo 6º.- PAGOS ANTERIORES Los montos pagados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza no seran materia de devolucion o compensacion alguna. Articulo 7º.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia, a partir del dia siguiente de su publicacion y sera ejecutado en etapas, hasta el 31 de marzo de 2011, vencido estos plazos se procedera a ejecutar la cobranza del total de la deuda, conforme a las facultades establecidas en el Codigo Tributario. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Gerencia de Rentas, las unidades organicas que la conforman y a la Gerencia de Informatica el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Gerencia de Administracion el apoyo necesario y a la Gerencia de Imagen Institucional y Gerencia de Desarrollo Social, la difusion y divulgacion de la presente Ordenanza. Segunda.- Facultar al senor MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias para la adecuacion e implementacion de la presente Ordenanza, asi como para prorrogar la vigencia de la misma. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
601381-1

Establecen fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales, correspondientes al Ejercicio 2011
ORDENANZA Nº 000186-2011-MDSJM

San MORDAZA de Miraflores, 7 de febrero de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: VISTO: En la sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha 07 de febrero de 2011, el Informe N° 008-2011-GR-MDSJM, emitidos por la Gerencia Gerencia de Rentas, sobre las fechas de vencimiento del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio 2011. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce en su Articulos 194° que las municipalidades son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y los numerales 3) y 4) del Articulo 195º otorga potestad para administrar sus bienes y rentas, asi como crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley, facultades y competencias que son concordadas por la Ley Organica

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