TEXTO PAGINA: 57
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de febrero de 2011 436021 DISPOSICIONES FINALES Primera.- Deróguese la Ordenanza N° 163-2009- MDPH y cualquier norma municipal que se opongan al presente Reglamento Interno de Concejo Municipal. Segunda.- Esta Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO Alcalde 601160-1 Establecen cuadro de Comisiones Permanentes de Regidores para el año 2011 ORDENANZA Nº 197-2011-MDPH Punta Hermosa, 17 de enero del 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA: VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, la propuesta presentada por el señor Alcalde, para la aprobación del cuadro de Comisiones Permanentes de Regidores y el Cuadro de sus integrantes para el año fi scal 2011. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, y el artículo 2 del título preliminar de la ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de los límites establecidos por la ley. Que, de conformidad con el numeral 15 del artículo 09 de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal constituir Comisiones Ordinarias y Especiales conforme a su reglamento; Que, de acuerdo a lo estipulado en el numeral 5 del artículo 10° de la Ley Orgánica de Municipalidades, indica que es atribución y obligación del Concejo Municipal, Integrar, Concurrir y Participar en las sesiones de Comisiones Ordinarias y Especiales que determine el Reglamento Interno de Concejo y en las reuniones de trabajo que determine o apruebe el Concejo Municipal. Que, en uso de las facultades conferidas por el numeral 15 del artículo 9 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; y con la aprobación por MAYORÍA, de los miembros del Concejo Municipal, ha dado la siguiente: ORDENANZA ESTABLECEN NUEVOS CUADROS DE COMISIONES DE REGIDORES Y CONFORMACIÓN RESPECTIVA Artículo 1º.- ESTABLECER el siguiente cuadro de Comisiones Permanentes de Regidores, la misma que quedará conformada de la siguiente manera: 1.- DESARROLLO URBANO, OBRAS Y PROYECTOS, CONTROL TERRITORIAL, SERVICIOS COMUNALES, ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE. A- Norma Pérez Reyes B- Brissa Málaga Aguad C- Tomas Vásquez Yangali 2.- ADMINISTRACIÓN, RENTAS, COMERCIALIZA- CIÓN Y POLICÍA MUNICIPAL. A- Brissa Málaga Aguad B- Norma Pérez Reyes C- Jenny García Acevedo 3).- DESARROLLO HUMANO, PARTICIPACIÓN VECINAL, SALUD Y ALIMENTACIÓN A- Jenny García Acevedo B- Brissa Málaga Aguad C- Héctor Portugal Marín 4).- TRANSPORTE, SEGURIDAD CIUDADANA Y DEFENSA CIVIL. A- Tomas Vásquez Yangali B- Norma Pérez Reyes C- Héctor Portugal Marín 5.- EDUCACIÓN, CULTURA, TURISMO, DEPORTES Y RECREACIÓN A- Héctor Portugal Marín B- Tomas Vásquez Yangali C- Jenny García Acevedo Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto la Ordenanza N° 148-2008-MDPH de fecha 28 de agosto del 2008 y cualquier otra norma que se oponga a la presente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a Secretaría General para que efectúen la publicación de la presente. Artículo Cuarto.- DISPONER a todas las áreas de esta Entidad Municipal en cuanto le corresponda el fi el cumplimiento de la presente. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO Alcalde 601160-2 Aprueban Reglamento para la prestación del Servicio Público de Transporte de Pasajeros en Vehículos Menores (Mototaxis) del distrito de Punta Hermosa ORDENANZA Nº 198-2011-MDPH Punta Hermosa, 17 de enero del 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA: VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, respecto a la aprobación de la Ordenanza que aprueba el Reglamento para la prestación del servicio público de transporte de pasajeros en vehículos menores (MOTOTAXIS) del distrito de Punta Hermosa; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional N° 28607, las municipalidades distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972;