Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (11/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de febrero de 2011 436009 Presupuesto y Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; - Que, mediante Informe Nº 07-2011-GRCAJ/ GRPPAT-SGPT, de fecha 25 de enero del año 2011, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, emite opinión técnica favorable, en los siguientes términos: 1) La ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en el artículo 39° numeral 39.2, establece que los Créditos Suplementarios de los fondos públicos administrados por los Gobiernos Regionales se aprueban por Acuerdo de Consejo. 2) Las normas que aprueban los Créditos Suplementarios del Gobierno Regional Nacional, establece plazos perentorios para que el Gobierno Regional lo incorpore a su marco presupuestal y remita copia de las Resoluciones a la Contraloría General de la República, Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, Contaduría Nacional y a la Dirección Nacional de Presupuesto Público del MEF, que de no cumplirse en las fechas previstas, la institución es pasible de sanciones por omisiones, y 3) De lo señalado anteriormente, es necesario que el Consejo Regional acuerde autorizar al Señor Presidente Regional, como en años anteriores, la facultad de aprobar los créditos suplementarios suscribiendo las Resoluciones Ejecutivas correspondientes; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases Descentralizadas Nº 27783; Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional Nº 004-2008-GR.CAJ-CR; el Pleno del Consejo Regional acordó: Primero.- AUTORIZAR al Presidente del Gobierno Regional de Cajamarca, a fi n de que apruebe los créditos suplementarios para ser incorporados en el Presupuesto del año fi scal 2011, correspondiente al Pliego 445 - Gobierno Regional Cajamarca vía resolutiva, debiendo disponer la remisión al Consejo Regional de las Resoluciones Ejecutivas Regionales que suscriba sobre el particular. Segundo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo Regional. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ELZER ELERA LÓPEZ Consejero Delegado Pdte. Consejo Regional 601095-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Designan funcionario responsable de entregar información que demanden los ciudadanos a la Municipalidad Metropolitana de Lima RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 184 Lima, 8 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, el artículo 1° del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, señala que dicha norma tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información, consagrado en artículo 2°, numeral 5, de la Constitución Política; Que, según el artículo 3º de la referida norma, concordado con el artículo 4° de su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003- PCM, corresponde a cada entidad pública, a través de la máxima autoridad, designar mediante resolución al funcionario responsable de entregar la información solicitada; Que, mediante el artículo primero de la Resolución de Alcaldía Nº 1202, del 23 de mayo de 2003, se designó al señor Tulio Mapelli Zucchetti, Asesor de la Alcaldía, con funciones en la Secretaría General del Concejo, como funcionario responsable de entregar la información que demanden los ciudadanos a la Municipalidad Metropolitana de Lima; De conformidad con lo dispuesto en el TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su reglamento; así como en atención a las facultades y atribuciones contenidas en el inciso 6) del Artículo 20° y Artículo 43° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al señor ENZO PAOLO YAMPIER PAREDES CASTAÑEDA, Asesor II, Nivel F-5, con funciones en la Secretaría General del Concejo, como el funcionario responsable de entregar la información que demanden los ciudadanos a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Segundo.- Disponer que todos los funcionarios de las Gerencias y Subgerencias, que integran la estructura orgánica de la Municipalidad, proporcionen y faciliten, bajo responsabilidad, toda la información que sea requerida por el funcionario designado, dentro de los términos legales y en las condiciones que haga posible el fi el cumplimiento de la función encomendada. Artículo Tercero.- Derogar el artículo Primero de la Resolución de Alcaldía Nº 1202 del 23 de mayo de 2003. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 601426-1 Declaran cumplidas obras de habilitación urbana de terreno para uso comercial ubicado en el Cercado de Lima RESOLUCIÓN Nº 211-2010-MML-GDU-SPHU Lima, 30 de noviembre de 2010 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Expediente N° 142169-2010, de fecha 07 de octubre de 2010, mediante el cual la empresa GMVBS S.A., debidamente representada por el señor ROLANDO PONCE VERGARA, en su calidad de Gerente General, solicita la Recepción de Obras de Habilitación Urbana, desarrollada sobre el terreno de 48,450.09 m², constituido por el Sub lote 3A, califi cado con zonifi cación Comercio Metropolitano – CM, ubicado con frente al