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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (19/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 77

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de febrero de 2011 436529 con lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 29091. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MOLINA ORDÓÑEZ MENDOZA YARASCA SOLÍS VELA Véliz Escobar Secretario 604481-1 Admiten y disponen la publicación de lista de candidatos para el Parlamento Andino presentada por el partido político “Fuerza Nacional” JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO RESOLUCIÓN N° 0002-2011-JEELC EXPEDIENTE Nº 128-2011-036 Lima, 16 de febrero de dos mil once VISTO el escrito de subsanación de fecha 14 de febrero de 2011 presentado por el personero legal del partido político “FUERZA NACIONAL”, con motivo de participar en las Elecciones Generales del año 2011. ANTECEDENTES 1. Mediante Resolución N 00001-2011-036 de fecha 12 de febrero de 2011 se declaro inadmisible la lista de candidatos al Parlamento Andino del partido político FUERZA NACIONAL, la misma que le fuera notifi cada el 12 de febrero de 2011. 2. Dentro del plazo de ley, mediante escrito de fecha14 de febrero de 2011, el personero legal del partido político FUERZA NACIONAL, señala subsanar las observaciones advertidas mediante la referida resolución. CONSIDERANDO 3. Este Jurado Electoral Especial (JEE) es competente para recibir, califi car, publicar e inscribir las listas de candidatos para el Parlamento Andino, con motivo de participar en las Elecciones Generales del año 2011. 4. Los artículos 90 de la Constitución Política del Perú, 112, 113 y 114 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, establecen los requisitos mínimos para ser elegido como Parlamentario Andino y, por consiguiente, pueda procederse a su inscripción, de conformidad con señalado por el inciso 12.4 del artículo 12 del Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos aprobado mediante Resolución Nº 5004- 2010-JNE. 5. Los artículos 10, 12, 13, 14 y 15 del Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos con motivo de las Elecciones Generales del año 2011, señalan los requisitos para ser candidato y lo que debe observar toda organización política en la presentación de la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Parlamento Andino. 6. Asimismo, el referido reglamento establece que el JEE denegará de plano toda solicitud, escrito o recurso, en los siguientes casos: (a) cuando no se adjunte a estos el recibo de pago de tasa correspondiente, y (b) no este suscrito por abogado hábil y no se anexe su constancia de colegiatura hábil 7. De la solicitud de inscripción de la lista de candidatos al parlamento Andino a foja 3, se advierte que los siguientes candidatos suscribieron la misma conforme les fuera requerido: PAJARES CLAUDET DAVID FERNANDO con el número uno (1) FALLA ALCANTARA MARIA MERCEDES con el número dos (2) CUEVA RETUERTO ILDORFO FRANCISCO con el número tres (3) MARGGIE ANNE CASTELLANO SILVA, con el número cinco (5) DORIS ELVIRA ZOILA MARQUEZ SOLIS MARQUEZ, con el número ocho (8) JUAN JESUS CHAU SEGURA, con el número once (11) JUAN WALTER MENDOZA PAUCARMAYTA, con el número catorce (14) EDGARDO ORLANDO MUSCHI VALLE, con el número quince (15) En consecuencia, téngase por subsanado en este extremo la observación efectuada. 8. En relación a los candidatos: MUSHCI VALLE EDGARDO OLANDO por el número quince (15) MARQUEZ-SOLIS MASQUEZ DORIS ELVIDA por el número ocho (8) Advirtiéndose que se han adjuntado las copias de sus respectivos DNI, corresponde tener por subsanada en este extremo la observación anotada. 9. Respecto a los candidatos: PAJARES CLAUDET DAVID FERNANDO por el número uno (1) FALLA ALCANTARA MARIA MERCEDES por el número dos (2) CUEVA RETUERTO ILDORFO FRANCISCO por el número tres (3) Advirtiéndose conforme lo indicado por el personero legal que por error se ha consignado que postulan como Congresistas de la República en su Declaración Jurada de Vida, cuando lo correcto debe ser que postulan como representantes del Parlamento Andino; téngase por subsanada la observación advertida en consecuencia autorícese al Técnico Asistente Informático –TAI de este Jurado Electoral Especial en coordinación con la Dirección Nacional de Registro y Estadística del Jurado Nacional de Elecciones a fi n de ingresar al Sistema de Personeros, Candidatos y Observadores Electorales – PECAOE, la información anotada. 10. Respecto a los candidatos: MUSCHI VALLE EDGARDO ORLANDO por el número quince (15) CASTELLANO SILVA MARGUIE por el número cinco (5) MARQUEZ-SOLIS MARQUEZ DORIS ELVIRA por el número ocho (8) CHAU SEGURA JUAN JESUS por el número once (11) Es de advertirse que conforme a lo absuelto por el personero legal, dichos candidatos se ratifi can en el contenido de las Declaraciones Juradas de Vida adjuntadas en autos, en consecuencia téngase por subsanado en dicho extremo la observación advertida, debiendo autorizarse al Técnico Asistente Informático – TAI de este Jurado Electoral Especial en coordinación con la Dirección Nacional de Registro y Estadística del Jurado Nacional de Elecciones a fi n de ingresar al Sistema de Personeros, Candidatos y Observadores Electorales –PECAOE, la información contenida en las Declaraciones Juradas de Vida adjuntadas por los candidatos. 11. Asimismo, de conformidad con lo señalado por el artículo 13 del citado reglamento, todo reemplazo de candidatos solamente podrá realizarse antes del nueve febrero de 2011, y advirtiéndose que el personero legal pretende que se incluya en la lista de candidatos a los ciudadanos CAYOSO MELO ROBERTH VALERIANO y PACORI LOPEZ MANUEL, los mismos que no están incluidos en el acta de democracia interna, corresponde