Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2011 (03/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES
Puntaje (maximo 100) o Evaluacion Curricular o Examen de Conocimientos o Prueba Psicotecnica o Entrevista Personal

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 3 de MORDAZA de 2011

que resulten ganadores del Concurso de Meritos, sera de responsabilidad de la Sub Gerencia de Recursos Humanos de la Municipalidad de Carabayllo. En tal sentido para concursar solo presentaran Declaracion Jurada sobre estos aspectos y en caso de probarse falsedad de la Declaracion Jurada se procedera de acuerdo a Ley. Articulo 13º.- La Evaluacion Curricular tiene por objeto calificar el nivel de formacion educativa y la capacitacion por el postulante a traves de los documentos que obren en su Legajo Personal, asi como el tiempo de servicio o experiencia que hayan tenido en las entidades del la Administracion Publica y Municipal. En esta etapa se consideraran los siguientes factores. a. Evaluacion Curricular; esta dirigida a considerar las etapas del sistema educativo comprendidas en la Ley General de Educacion, las mismas que deberan ser acreditadas mediante la MORDAZA de los respectivos Certificados y/o Titulos de los MORDAZA o niveles educativos alcanzados. Los Titulos y MORDAZA academicos deberan presentarse debidamente legalizados por la Universidad que los MORDAZA expedido. El puntaje MORDAZA sera de diez (10) puntos. b. Capacitacion; esta dirigida a calificar los Diplomas, Certificados y/o Constancias que acrediten que el postulante ha participado en eventos de capacitacion que guardan relacion con la finalidad, objetivos, atribuciones y funciones municipales. El computo se efectuara tomando en cuenta las Certificaciones obtenidas en programas, cursos y eventos de capacitacion referidos a la administracion publica y municipal. El puntaje MORDAZA sera de diez (10) puntos. c. Experiencia Municipal; se calificara el tiempo que el postulante MORDAZA acumulado prestando servicio en los diferentes Gobiernos Locales, la medicion se computara por periodos equivalentes a 01 ano, cada periodo mayor a 06 meses se considerara como 01 ano para estos efectos. El puntaje MORDAZA sera de diez (10) puntos. Articulo 14º.- El Examen de Conocimientos consistira en preguntas de aspectos genericos relacionados con la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Municipalidades y Descentralizacion, Ley de Tributacion Municipal, Ley de la MORDAZA Administrativa, Sistemas Administrativos, Ley del Procedimiento Administrativo General. El puntaje MORDAZA sera de veinte (20) puntos. Articulo 15º.- La Prueba Psicotecnica permitira medir el grado de seguridad en las respuestas, la agilidad mental e inteligencia requerida para el desempeno laboral. Esta prueba sera escrita y se tomara luego de culminada la Prueba de Conocimiento. El puntaje MORDAZA sera de diez (10) puntos. Articulo 16º.- La Entrevista Personal sera llevada a cabo por los miembros de la Comision o Sub-Comision designadas para tal efecto y comprende los factores relacionados con el grado de conocimiento referente las funciones institucionales y al area en el cual laborara el postulante, asi como, aquellos sucesos que trasciendan en el ambito nacional. Se evaluara tambien la MORDAZA y el grado de seguridad y convencimiento en las respuestas dadas. La puntuacion MORDAZA sera de cuarenta (40) puntos, de acuerdo a lo siguiente. - Grado de conocimientos, hasta veinte (20) puntos. - Grado de seguridad y convencimiento, hasta diez (10) puntos. - MORDAZA, hasta diez (10) puntos. Articulo 17º.- El puntaje y los niveles valorativos seran:

30 puntos 20 puntos 10 puntos 40 puntos 100 puntos

El puntaje minimo para ser Contratado bajo la modalidad de CAS, es de 60 puntos sobre 100 que es el puntaje minimo. CAPITULO IV DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los miembros de la Comision de Concurso, designados para conducir el MORDAZA de Seleccion de Personal son responsables del fiel cumplimiento del presente Reglamento, quienes al finalizar el MORDAZA deberan elevar un informe al Despacho de Alcaldia, alcanzando el resultado final con el respectivo Cuadro de Meritos. Segunda.- Lo no contemplado en las disposiciones contenidas en el presente Reglamento, seran resueltas por la Comision de Concurso aplicando el D. Leg. Nº 1057 y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 075-2008-PCM y demas normatividad sobre la materia. Tercera.- La Comision de Concurso aprobara y publicara el Cronograma del MORDAZA de Seleccion para Contratar Personal bajo la modalidad de CAS, detallando los cargos o puestos de trabajo vacante de acuerdo al Cuadro de requerimientos presentado por cada Unidad Organica de la Municipalidad Distrital de Carabayllo. 657822-3, 660089-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Disponen el embanderamiento general de inmuebles del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-2011-ALC/MLV La MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico; Que, en el presente mes de MORDAZA se conmemora el centesimo nonagesimo (190º) Aniversario de la Independencia del Peru, proclamada en acto publico y solemne en la Plaza Mayor de la MORDAZA de MORDAZA, el 28 de MORDAZA de 1821, por don MORDAZA de San MORDAZA Matorras; Que, conforme lo establece el articulo 49º de la Constitucion Politica del Peru la Bandera constituye uno de los simbolos de la Patria, motivo por el cual se le debe brindar permanentemente las muestras de respeto correspondientes y en especial durante la celebracion del aniversario de nuestra nacion; Que, en merito a lo expuesto resulta pertinente enaltecer este trascendente acontecimiento incentivando la participacion civica de la comunidad victoriana, promoviendo el embanderamiento general del distrito; Estando a lo establecido en los articulos 6º, 20º numeral 6) y 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­;

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