Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2011 (03/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES
VISTOS:

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 3 de MORDAZA de 2011

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora de la UGEL- Chiclayo, mediante el Oficio Nº 3000-2011GR.LAMB/DREL/OGA/ABAST/PATRI.SL, del 25 de MORDAZA del 2011, ha solicitado la emision de la Resolucion Autoritativa a favor del Procurador Publico Regional para que en nombre del Estado ­ Gobierno Regional interponga las acciones legales pertinentes, para recuperar el lote de la I.E. Nuestra Senora de MORDAZA que se encuentra invadido por don MORDAZA MORDAZA Correa; en consecuencia se debe autorizar la intervencion del Procurador Publico Regional, para recuperar el ambiente ubicado en la I.E. Nuestra Senora de MORDAZA, el cual viene ocupando don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como vivienda familiar; Estando al acuerdo del Directorio de Gerentes de fecha 1 de junio del 2011 y de conformidad con el Oficio Nº 146-2011-GR.LAMB/DIGR, se debe emitir el acto administrativo correspondiente; En uso de las facultades conferidas por la Nº 27867- Ley Organica de los Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, 28013, 28968 y 29053, la Ley Nº 27783 Ley de Bases de Descentralizacion, el Decreto Legislativo Nº 1068 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS, con el visado de la Oficina Regional de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR la intervencion del senor Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fernandez.Procurador Publico Regional, para recuperar el ambiente de 60 m2 aproximadamente, ubicado en la I.E. Nuestra Senora de MORDAZA, de propiedad del Estado, el cual viene ocupando don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como vivienda familiar. Articulo Segundo.- REMITIR MORDAZA de la presente Resolucion y los antecedentes del caso a la Procuraduria Publica Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, para los fines a que se contrae la presente Resolucion, ademas de publicarse en el Diario Oficial El Peruano y MORDAZA Electronico del Gobierno Regional Lambayeque. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 660280-1

El Dictamen Nº 014-2011-CAJFCI/MDC, de la Comision de Asuntos Juridicos, Fiscalizacion y Cooperacion Internacional; sobre el PROYECTO DEL REGLAMENTO DEL CONCURSO PUBLICO DE MERITOS, PARA CONTRATAR PERSONAL EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO, BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE SERVICIOS - (CAS), REGULADO POR EL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1057 Y SU REGLAMENTO APROBADO POR DECRETO SUPREMO Nº 075-2008-PCM, elaborado por la Secretaria Tecnica de la Comision Especial designada mediante Resolucion de Alcaldia Nº 105-2010-A/MDC; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194º senala, que las Municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La estructura organica del gobierno local la conforman el Concejo Municipal como organo normativo y fiscalizador y la Alcaldia como organo ejecutivo, con las funciones y atribuciones que les senala la ley. A su turno el art. 195º inc. 1 de la acotada MORDAZA constitucional, senala que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Son competentes para: Aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, el articulo II el Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el inciso 14 del articulo 20 de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades, prescribe que es atribucion del MORDAZA el proponer al Concejo Municipal, los proyectos de reglamento interno del concejo municipal, los de personal, los administrativos y todos los que MORDAZA necesarios para el gobierno y la administracion municipal. Indistintamente el articulo 40º de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades, establece que "Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, la administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que las municipalidades tienen competencia normativa; Que, la Comision Especial designada mediante Resolucion de Alcaldia Nº 105-2010-A/MDC, a traves de su Secretario Tecnico da cuenta que el Proyecto del Reglamento del Concurso Publico de Meritos, para Contratar Personal en la Municipalidad Distrital de Carabayllo, bajo la Modalidad de Contratos Administrativos de Servicios (CAS), regulado por el D. Leg. Nº 1057 y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 075-2008-PCM, ha sido modificado en los terminos contenidos en el Informe Nº 245-2010-GAJ/MDC, de la Gerencia de Asesoria Juridica; Que, mediante Informe Nº 150-2011-GAJ/MDC, de la Gerencia de Asesoria Juridica, se senala que con las modificaciones efectuadas al Proyecto del Reglamento del Concurso Publico de Meritos, para Contratar Personal en la Municipalidad Distrital de Carabayllo, bajo la Modalidad de Contratos Administrativos de Servicios (CAS), regulado por el D. Leg. Nº 1057 y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 075-2008-PCM, se han subsanado las observaciones efectuadas, consecuentemente ratificandose del Informe Legal emitido, opina que este instrumento de gestion debe someterse al pleno del Concejo; Estando a lo expuesto, con el MORDAZA UNANIME del Pleno del Concejo y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 8 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades y con la dispensa de lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente:

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Aprueban Reglamento del Concurso Publico de Meritos, para contratar personal en la Municipalidad Distrital de Carabayllo, bajo la modalidad de Contratos Administrativos de Servicios (CAS), regulado por el D. Leg. Nº 1057 y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 075-2008-PCM
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 227-2011-A/MDC Carabayllo, 30 de MORDAZA del 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Carabayllo, en Sesion Ordinaria de la fecha;

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