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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de julio de 2011 447351 35. GM RESTREPO ECHEVERRY JULIO 36. CD FLOREZ RAMIREZ MARIO ANDRIAN 37. CD GARCIA AMAYA CRISTIAN FERNANDO REPÚBLICA DEL ECUADOR 1. Mayor QUINTANILLA AYALA LEONARDO XAVIER 2. Capt. HIDALGO FREIRE IVAN ERNESTO 3. Kdte. ALVAREZ JIMENEZ EDISON GUIDO 4. Kdte. BENAVIDES ROJAS JORGE ANDRES 5. Kdte. CASCO NUÑEZ PAOLA ELIZABETH 6. Kdte. CUMBICOS GUERRERO OSCAR DARIO 7. Kdte. GALARZA CABEZAS MAURICIO ROBERTO 8. Kdte. JACOME LUCERO ELENA CATHERINE 9. Kdte. MORETTA CEVALOS DAYANA JHAJAIRA 10. Kdte. POZO ANCHUNDIA JOSE ALEJANDRO 11. Kdte. ROBALINO MORA ROGER OSWALDO 12. Kdte. RODRIGUEZ OCHOA JOHN BRYAN 13. Kdte. RODRIGUEZ ORTEGA VLADIMIR EMANUEL 14. Kdte. TORRES ROBLES NELSON GUILLERMO 15. Kdte. VALVERDE RUBIO DAVID ISMAEL 16. Kdte. VITERI REINOSO CRISTIAN ORLANDO REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL 1. Teniente ALEXANDRE MACHADO DA MOTTA; 2. Teniente HELITON SABINO BRIGLIA FERREIRA; 3. Subofi cial MARCO ANTONIO GANTOS; 4. 2º Sargento MARCIO DE OLIVEIRA MAIA; 5. Cabo EDSON DE MATOS POSWAR; 6. Cabo SAYNON DE MATTOS COUTINHO; 7. Cabo MARLISON BARBOSA VIANA; 8. Soldado EMERSON AGUIRRE GANDARILLA; 9. Soldado ELIEDSON LUIZ LUCENA SILVA; 10. Soldado HUDSON DUARTE SANTANA. 11. Subteniente ANDRÉ LEONARDO MITCHELL PEREIRA DA SILVA; 12. Subteniente JOSÉ ORLANDO DA CONCEIÇÃO FERNANDES; 13. Cabo CARLOS RODRIGUES FELIZARDO; 14. Cabo RICARDO CHARLES PEREIRAZAFRED; 15. Cabo KILDER STAMATIOS PERIDIS JUNIOR; 16. Cabo MANOEL ERNANE NUNES MARQUES; 17. Cabo REGINALDO ALVES DOS SANTOS; 18. Cabo VALCI JOSÉ DE JESUS. 19. 2º Sargento CAMILA VELOSO ALVES; 20. 3º Sargento FLÁVIA GUIMARÃES CARDOSO; 21. Cabo MARCIANO DOS SANTOS OLIVEIRA; 22. Cabo ADRIANO CORDEIRO DE MACEDO; 23. Cabo THIAGO CÉSAR MORAES BARROS; 24. Cabo JASIAN PEREIRA CARDOSO; 25. Cabo RENNER FREIRE GOMES; 26. Cabo VÍTOR LUIS NASCIMENTO BORGES Artículo 2º.- Poner en conocimiento de la Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 670810-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 748-2011-DE/SG Lima, 25 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 472 de fecha 21 de julio de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos Mexicanos, sin armas de guerra; Que, en el marco de las Relaciones Bilaterales entre la Marina de Guerra del Perú y la Marina de los Estados Unidos Mexicanos, personal militar de ese país, participará en el “XXVI Ejercicio Internacional Transoceanic 2011”, a desarrollarse en la ciudad de Lima; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores, y; Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú, y de conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nº 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso a territorio peruano, sin armas de guerra, al Capitán de Corbeta de la Marina de los Estados Unidos Mexicanos, Hernández Martínez, para participar en el Ejercicio Internacional XXVI Transoceanic 2011, del 07 al 20 de agosto de 2011. Artículo 2º.- Poner en conocimiento de la Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 670810-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 749-2011-DE/SG Lima, 25 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 473 de fecha 21 de julio de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile sin armas de guerra; Que, en el marco de las Relaciones Bilaterales entre la Marina de Guerra del Perú y la Armada de Chile, personal militar de ese país, participará en el Taller Regional de Dispersantes, a desarrollarse en la ciudad de Lima; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú, y de conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos