Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2011 (07/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, martes 7 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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seleccion y contratar con el Estado por el periodo de tres (03) meses. Por estos fundamentos, de conformidad con el informe de la Vocal Ponente Dra. MORDAZA Yaya MORDAZA y los vocales, Dr. MORDAZA MORDAZA Oliveira y Dra. MORDAZA Basulto Liewald, atendiendo a lo dispuesto en la Resolucion Nº 103-2011/ OSCE-PRE y al Acuerdo de Sala Plena Nº 001-2011-TC, en ejercicio de las facultades conferidas en el articulo 63º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017, y su MORDAZA disposicion complementaria transitoria, asi como los articulos 17º y 18º del Reglamento de Organizacion y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2009-EF; analizados los antecedentes y luego de agotado el debate correspondiente, por unanimidad; LA SALA RESUELVE: 1. Imponer a la ASOCIACION DE MANTENIMIENTO VIAL VIRGEN DE MORDAZA DE TANCATANCA ­ ZEPITA sancion administrativa de inhabilitacion temporal por el periodo de tres (03) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la comision de la infraccion tipificada en el numeral 10) del articulo 294º del Reglamento de la Ley Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo 084-2004-PCM, durante su inscripcion ante el Registro Nacional de Proveedores, la cual entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la presente Resolucion. 2. Poner la presente Resolucion en conocimiento de la Subdireccion del Registro Nacional de Proveedores del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), para las anotaciones de Ley. 3. Poner la presente Resolucion en conocimiento del Ministerio Publico, para que en uso de sus atribuciones, adopte las medidas legales que correspondan. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. YAYA LUYO. MORDAZA OLIVEIRA. BASULTO LIEWALD.

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PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Disponen la evaluacion y prorrogan funcionamiento de diversos organos jurisdiccionales transitorios con motivo de la implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 130-2011-CE-PJ
MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2011 VISTO: El Oficio Nº 063-2011-P-ETIINLPT-P/PJ, cursado por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial por Resolucion Administrativa Nº 232-2010-CE-PJ de fecha 1 de MORDAZA del ano proximo pasado aprobo el Cronograma de Implementacion de la Ley Procesal del Trabajo para

el ano 2010 en los siguientes Distritos Judiciales: Tacna, Canete, La MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA a partir del 15 de MORDAZA, 16 de agosto, 1 de setiembre, 1 de octubre y 2 de noviembre de 2010, respectivamente. Posteriormente, mediante Resolucion Administrativa Nº 310-2010-CE-PJ de fecha 8 de setiembre ultimo se incorporo al Distrito Judicial del MORDAZA en el cronograma de implementacion a partir del 1 de diciembre de 2010. Segundo: Que, mediante Resoluciones Administrativas Nºs. 273, 276, 295, 321, 345 y 368-2010-CE-PJ este Organo de Gobierno a propuesta del Equipo Tecnico y para efectos de la implementacion de los referidos Distritos Judiciales dispuso -entre otras medidas- la conversion de organos jurisdiccionales, fijacion de competencias y la redistribucion de la carga procesal, tal como aparecen en las mencionadas resoluciones. Tercero: Que, por Resolucion Administrativa Nº 051-2011CEPJ, se dispuso la prorroga de organos jurisdiccionales transitorios que conocen procesos laborales de los Distritos Judiciales de MORDAZA y La MORDAZA hasta el 31 de marzo del ano en curso. Cuarto: Que, asimismo, mediante Resolucion Administrativa Nº 099-2011-CE-PJ se dispuso la prorroga de organos jurisdiccionales transitorios que conocen procesos laborales a exclusividad o en adicion a sus funciones en los Distritos Judiciales de MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA y Tacna hasta el 31 de MORDAZA y 31 de diciembre proximo. Tambien se dispuso la conversion y plazo de funcionamiento hasta el 31 de diciembre de 2011 del Juzgado de Familia Transitorio de MORDAZA MORDAZA - Paucarpata, en el Juzgado Laboral de Arequipa; y del Tercer Juzgado Civil Transitorio de MORDAZA, en el MORDAZA Juzgado de Trabajo Transitorio de MORDAZA, siendo que por Resolucion Administrativa Nº 105-2011-CE-PJ se prorrogo el funcionamiento del Juzgado de Trabajo Transitorio del MORDAZA hasta el 31 de MORDAZA del presente ano. Quinto: Que, la conversion y adecuacion de los organos jurisdiccionales transitorios considerados en las resoluciones dictadas con motivo de la implementacion de Ia Nueva Ley Procesal del Trabajo en los Distritos Judiciales de MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA y Tacna tienen por finalidad impulsar el MORDAZA de fortalecimiento de la especialidad laboral a efectos de brindar un servicio de justicia mas eficiente, en concordancia con la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 29497, por lo que para el cumplimiento de dichos fines es necesario que se ejecuten actividades de supervision y monitoreo. Sexto: Que, posteriormente, mediante Resolucion Administrativa Nº 111-2011-CE-PJ de fecha 16 de marzo ultimo a propuesta del Equipo Tecnico, se aprobo diversas medidas destinadas al fortalecimiento de los Distritos Judiciales implementados con la Ley Nº 29497 el ano 2010, entre ellas, Ia creacion de organos jurisdiccionales transitorios a fin que la tramitacion de los procesos laborales sen mas eficiente y facilitar la aplicacion de la referida Ley. Setimo: Que, el articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa Nº 232-2010-CE-PJ de fecha 1 de MORDAZA de 2010, establece que las acciones de seguimiento y monitoreo del MORDAZA de implementacion estan a cargo del Equipo Tecnico de Implementacion de la Ley Procesal del Trabajo, debiendo todas las dependencias administrativas y jurisdiccionales brindar el apoyo requerido en el minimo plazo posible, por la urgencia en la implementacion, razones por las que se requiere dictar las medidas administrativas correspondientes a fin de facilitar la toma de decisiones destinadas a dar sostenibilidad al MORDAZA de implementacion. Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que la evaluacion de los organos jurisdiccionales transitorios considerados en las resoluciones dictadas con motivo de Ia implementacion de Ia Nueva Ley Procesal del Trabajo en los Distritos Judiciales de MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA y Tacna, estan a cargo del Equipo Tecnico de Implementacion de la Ley Procesal del Trabajo, conforme se detalla a continuacion:

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