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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (10/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 64

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de junio de 2011 444316 normas administrativas que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Ofi cina de Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil diez. EMERSON BOCANEGRA PÉREZ Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional Madre de Dios, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil diez. SANTOS KAWAY KOMORI Presidente Regional 650924-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Convocan al proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados del Año Fiscal 2012 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005 Ate, 27 de mayo de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE ATE. VISTO; el Informe Nº 090-2011-MDA/OGP de la Ofi cina General de Planifi cación, y el Proveído Nº 945- 2011-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, señala que “los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo Municipal”; Que, el primer párrafo del Artículo 53º de la Ley Nº 27972 señala que “Las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planifi cación”; Que, la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo, y su modifi catoria Ley Nº 29298, establece Disposiciones y Lineamientos que permiten asegurar la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto, el mismo que se tiene que desarrollar en armonía con los planes de desarrollo concertado de los gobiernos regionales y locales; Que, mediante Ordenanza Nº 272 de fecha 18 de Mayo del 2011, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el día 28 de mayo del 2011, se Regula el Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Ate, el cual contiene los mecanismos de identifi cación y acreditación de los agentes participantes, las responsabilidades de los mismos, las fases para el desarrollo de las acciones del proceso del presupuesto participativo, asimismo en el numeral 13.4) del Artículo 13º señala que la metodología y programación del presupuesto participativo se aprobará mediante Decreto de Alcaldía; Que, es necesario convocar a la población debidamente organizada y no organizada, a las organizaciones públicas y privadas que ejecutan acciones en el Distrito de Ate, a la cooperación técnica, a las autoridades, entre otros para el proceso del presupuesto participativo 2012; Que, igualmente es necesario que el distrito para el presente proceso del presupuesto participativo, sea segmentado para una mejor distribución de los recursos públicos, y para una mejor coordinación y concertación con la población; Que, el proceso participativo se llevará a cabo a partir de la identifi cación de los principales problemas del distrito, que se precisan en el presente Decreto, los cuales servirán de base para la propuesta y priorización de acciones orientadas a dar soluciones integrales a dichos problemas; Que, mediante Informe Nº 090-2011-MDA/OGP la Ofi cina General de Planifi cación señala como resultado de la reunión del Equipo Técnico del Presupuesto Participativo del año fi scal 2012, se ha procedido a elaborar el proyecto de cronograma y propuesta metodológica que regula el proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2012 en el Distrito de Ate, a efectos que el mismo sea aprobado mediante el correspondiente Decreto de Alcaldía, conforme a lo señalado en el numeral 13.3 y 13.4 del artículo 13º de la Ordenanza Nº 272-MDA que regula el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de Ate; Que, mediante Proveído Nº 945-2011-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica proyectar el Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1º.- CONVOCAR; a la población debidamente organizada y no organizada, a las organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, entre otros, al proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados del Año Fiscal 2012 en el distrito de Ate. Artículo 2º.- APROBAR; el Cronograma y Propuesta Metodológica que regula el proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados del Año Fiscal 2012 en el distrito de Ate, conforme a lo detallado en el Anexo Nº 1 que se adjunta y que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 3º.- DESARROLLAR; el proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados del Año Fiscal 2012 en el distrito de Ate, conforme a las zonas y sub zonas aprobadas mediante Ordenanza Nº 035 de fecha 7 Julio del 2003. Artículo 4º.- DISPONER; se publique el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe), el íntegro del anexo mencionado. Artículo 5º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Ofi cina General de Planifi cación, Gerencia de Servicios Sociales y Equipo Técnico del Presupuesto Participativo Basado en Resultados y demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 651096-2