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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de junio de 2011 444311 Regional acordó con el quórum de ley, dictar la presente Ordenanza Regional, con las precisiones establecidas en la parte resolutiva del presente; Que, estando a lo acordado y aprobado en sesión extraordinaria del veinte de abril del año dos mil once, con el voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional de Ica; y, en uso de sus facultades establecidas en la Ley N° 27867 y sus modificatorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica y sus modificatoria, con la dispensa y aprobación del Acta de la fecha; Ha dado la siguiente Ordenanza Regional: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Operativo Institucional – POI, Período 2011 del Gobierno Regional de Ica, que en anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- DISPONER que los órganos y unidades orgánicas del Gobierno Regional de Ica, cumplan con presentar la evaluación del Plan Operativo Institucional, bajo los alcances de la Directiva N° 004- 2010 ICA/PR-GRPPAT-SGDS; bajo responsabilidad funcional. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la Ofi cina Regional de Administración, realizar la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, en estricta observancia a la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo; asimismo disponer su inclusión en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ica. Comuníquese al Señor Presidente Regional de Ica, para su promulgación. JUAN PEDRO ANDÍA MORÓN Consejero Delegado Consejo Regional de Ica POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regionalde Ica. ALONSO ALBERTO NAVARRO CABANILLAS Presidente del Gobierno Regional de Ica 651171-1 Aprueban la modificación del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Regional de Salud de Ica ORDENANZA REGIONAL Nº 0010-2011-GORE-ICA Ica, 26 de mayo de 2011 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en sesión ordinaria del doce de mayo del año dos mil once, visto las propuestas de modifi cación de los Cuadros de Asignación de Personal de la Dirección Regional de Salud; y, el Dictamen Nº 002-2011-CSPVS/CRI, evaluado por la Comisión de Salud, Población, Vivienda y Saneamiento del Consejo Regional. CONSIDERANDO: Que, el artículo 192º de la Constitución Política del Estado, y sus modifi catorias, establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentando las inversiones, activas y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes y locales de desarrollo; Que, los artículos 11º y 13º concordantes con el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establecen que el Consejo Regional es un órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional, estableciendo dentro de sus atribuciones dictar normas de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004- PCM, se aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro de Asignación del Personal-CAP de las Instituciones Públicas, ya sean del Gobierno Nacional, Regional o Local, normas que deben observarse en la elaboración, y su consiguiente aprobación del Cuadro para Asignación de Personal, en adelante CAP; Que, conforme al artículo 2º del D.S. N° 043-2004- PCM, constituye una finalidad generar la aprobación de un CAP que contenga una correcta definición de los cargos, acorde con la estructura orgánica de la Entidad y con los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública que establece la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos, en atención a esta finalidad, la Dirección Regional de Salud, inicia el trámite de la modificación del CAP, conforme así se desprende de los documentos referidos en los antecedentes del Informe N° 033-2011-SGDS, los mismos que forman parte del expediente administrativo; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 4º de la indicada norma legal, en el que se establecen defi niciones conceptuales, entre otros el “Cuadro de Asignación de Personal-CAP”, entendiéndose por tal como: documento de gestión institucional que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su ROF; así como lo dispuesto por el artículo 11º del D.S Nº 043-2004-PCM, que contiene los criterios para la elaboración de los Cuadros de Asignación de Personal de las instituciones referidas, los mismos que han sido evaluados, por razón de función, la Sub Gerencia de Desarrollo Sistémico del Gobierno Regional y los respectivos órganos institucionales de la Dirección Regional de Salud de Ica, conforme así se desprende de los documentos citados en los antecedentes del referido Informe Nº 033-2011-SGDS, los que forman parte del expediente administrativo; y además de contar con el Dictamen Nº 002-2011-CSPVS/CRI, evaluado por la Comisión de Salud, Población, Vivienda y Saneamiento del Consejo Regional, resultando por consiguiente justifi cada su aprobación, la que fuera sustentada durante la sesión ordinaria; Que, en atención a las consideraciones precedentes, las deliberaciones realizadas por los señores consejeros regionales durante la sesión ordinaria, el Consejo Regional aprobó con el quórum de ley, dictar la presente Ordenanza Regional, con las precisiones establecidas en la parte resolutiva del presente; Que, estando a lo acordado y aprobado en sesión ordinaria del doce de mayo del año dos mil once, con el voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional; y en uso de sus facultades establecidas en la Ley Nº 27867 y sus modifi catorias; el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica y sus modifi catorias, con la dispensa y aprobación del acta de la fecha; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR la Modifi cación del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Regional de Salud de Ica, que consta de 286 (doscientos ochenta y seis) cargos, distribuidos en 260 (doscientos sesenta) ocupados y 26 (veintiséis) previstos, que en anexo al presente, forma parte integrante de la Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Disposición derogatoria y modifi catoria: Quedan derogadas y modifi cadas, en su caso, todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional; Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; y la Dirección Regional de Salud de Ica, para que implementen la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.