Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (10/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de junio de 2011 444302 Plan Estratégico Institucional (PEI) 2011-2015, aprobado por la Resolución Administrativa Nº 0029-2010/DP; Que, el literal a) del artículo 1º del Decreto Supremo Nº 074-95-PCM, mediante el cual se dictan disposiciones referidas a la transferencia de funciones desempeñadas por el Instituto Nacional de Administración Pública, establece que la aprobación de los instrumentos de gestión tales como Cuadro para Asignación de Personal, Reglamento de Organización y Funciones, Manual de Organización y Funciones y Presupuesto Analítico de Personal, será de responsabilidad exclusiva de cada entidad del sector público, así como la fi scalización y cumplimiento de las normas de simplifi cación administrativa; Que, los literales e) y f) del artículo 28º de los referidos lineamientos establecen que la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones procede cuando por el motivo de modifi cación del marco legal sustantivo, conlleve una afectación de la estructura orgánica; así como también, se requiera optimizar o simplifi car los procesos de la entidad con la fi nalidad de cumplir con mayor efi ciencia su misión y funciones; Que, el artículo 34º de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, establece que la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo se realiza mediante Resolución del Titular; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar un nuevo Reglamento de Organización y Funciones, a fi n de optimizar y/o simplifi car los procesos de la Defensoría del Pueblo, con la fi nalidad de cumplir con mayor efi ciencia sus funciones y su misión, previstos en el referido Plan Estratégico Institucional de la Entidad; Con los visados de la Primera Adjuntía, de la Secretaría General y de las ofi cinas de Gestión de Recursos Humanos, de Planifi cación, Presupuesto, Racionalización y Estadística y de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en los literales e) y f) del artículo 28º y el artículo 34º de los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º y el numeral 7) del artículo 9º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo; en concordancia con los literales d) y m) del artículo 8º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Defensorial Nº 029-2008/DP, modifi cado por la Resolución Defensorial Nº 0019-2009/DP y en atención al encargo efectuado mediante Resolución Defensorial Nº 004-2011/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, el Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo que consta de V Títulos, VIII Capítulos, ochenta y dos (82) artículos, tres (3) Disposiciones Complementarias, cuatro (4) Disposiciones Transitorias y dos (2) Disposiciones Finales, y del Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación únicamente de la presente Resolución, sin incluir el texto completo del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo aprobado en el artículo anterior, en el Diario Ofi cial El Peruano al día siguiente de su aprobación. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución y el texto completo del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo en el Portal del Estado Peruano y en los Portales de Transparencia e Institucional de la Defensoría del Pueblo (www.defensoria.gob.pe), al día siguiente de su aprobación. Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Defensorial Nº 029-2008/DP, modifi cada por la Resolución Defensorial Nº 0019-2009/DP. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO VEGA LUNA Defensor del Pueblo (e) 651102-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan ampliación de inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 6191-2011 Lima, 27 de mayo de 2011 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor Luis Flores Ayala para que se le autorice la ampliación de su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Sesión de la Comisión Evaluadora de fecha 17 de marzo de 2011, convocada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10° del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros ha califi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modifi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de la inscripción del señor Luis Flores Ayala con matrícula Nº N-3958 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, que lleva esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 650442-1 Actualizan monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos correspondiente al trimestre junio - agosto 2011 CIRCULAR Nº B-2198-2011 Lima, 8 de junio de 2011