Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2011 (23/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre las Municipalidades Provinciales ejercen la competencia de regulacion del servicio de Transporte Terrestre. Que, mediante la Ordenanza Provincial Nº 027 -2000 se reglamenta el Servicio Publico de Transporte MORDAZA e Interurbano de pasajeros en omnibus, coaster, camionetas rural y otras modalidades, y con la Ordenanza Provincial Nº 013-2002 Ordenanza Reglamentaria del Servicio de taxi, se encuentran desactualizada y no guardan relacion con las Normas legales- Vigentes y que el Servicio de Transporte Publico MORDAZA e Interurbano, es considerado de necesidad y utilidad Publica; por lo tanto, requiere ser regulado y para ello actualizar dicha Normatividad. Que, en ese sentido en sesion ordinaria de concejo de fecha 10 de diciembre del 2008 se aprobo la Ordenanza Provincial Nº 054-2008 que aprueba el Reglamento del Servicio Publico de Transporte MORDAZA e Interurbano de Pasajeros en omnibus y otras modalidades para la Provincia de Huaura; Que, el Gerente de Transportes a traves de su Informe Nº 166-11 de fecha 16 de Junio, da cuenta que la Ordenanza Provincial senalada en el considerando precedente no es de aplicacion legal al no haber sido publicada conforme lo establece el articulo 44º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Que, al no estar vigente la referida Ordenanza es conveniente ratificar y publicar su contenido, a efectos de poder aplicarla: Estando a lo expuesto, al Informe de la Gerencia Municipal, con la dispensa del dictamen correspondiente y la lectura y aprobacion del Acta, por votacion unanime el pleno del Concejo aprobo, la siguiente Ordenanza Provincial RATIFICAR LA ORDENANZA PROVINCIAL Nº 054-2008 QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL SERVCIO PUBLICO DE TRANSPORTE MORDAZA E INTERURBANO DE PASAJEROS EN OMNIBUS Y OTRAS MODALIDADES PARA LA PROVINCIA DE HUAURA. Articulo Primero.- Ratifiquese la Ordenanza Provincial Nº 054-2008 que aprueba el Reglamento del Servicio Publico de Transporte MORDAZA e Interurbano de Pasajeros en omnibus y otras modalidades para la Provincia de Huaura. Reglamento que consta de cinco capitulos, 158 articulos, una Disposicion Complementaria, diez Disposiciones Transitorias, y cuatro disposiciones Finales, y forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Encargar a la Sub Gerencia de Secretaria General, Oficina de Logistica la publicacion en el Diario Oficial El Peruano la presente Ordenanza, la misma que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. DISPOSICION TRANSITORIA Y COMPLEMENTARIA Articulo Unico: Encargar al Jefe de la Oficina de Informatica publicar en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en la pagina web de la Municipalidad Provincial de Huaura (www.munihuacho.gob.pe), el Reglamento aprobado por Ordenanza Provincial Nº 0012009. POR TANTO MANDO: Registrese, publiquese, cumplase. MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA MORDAZA Provincial 656710-1

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA POR CUANTO El Concejo Municipal de la Provincia de Huaura, en sesion Ordinaria de fecha 6 de Junio del 2011; y Visto, el Informe Nº 151-2011-GT/MPH del 1 de Junio del 2011 de la Gerencia de Transporte, Informe Nº 228-2011-GAT/MPH del 06 de Junio de la Gerencia de Administracion Tributaria, referente al Proyecto de Ordenanza que Regula la TASA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR en el distrito de Huacho. CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al concejo municipal, la funcion normativa a traves de ordenanzas, las que tienen rango de ley, conforme al numeral 4) del articulo 200 de nuestra carta magna; Que, del mismo modo el articulo 74° de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante D.S. Nº 135-99-EF y modificatorias, otorga a los gobiernos locales potestad tributaria, para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos municipales y exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Conforme a los puntos precedentes, la Ley de Tributacion Municipal en su articulo 66° establece que las tasas municipales son los tributos creados por los concejos municipales cuya obligacion tiene como hecho generador la prestacion efectiva por la municipalidad de un servicio publico o administrativo reservado a las municipalidades de acuerdo con la Ley Organica de municipalidades; en ese mismo sentido el literal d) del articulo 68° establece que las municipalidades podran imponer las tasas por estacionamiento de vehiculo, la misma que es definida como aquella tasa que debe pagar todo aquel que estacione su vehiculo en zonas comerciales de alta circulacion conforme los determine la municipalidad del distrito correspondiente, con los limites que determine la municipalidad respectiva y en el MORDAZA de la regulaciones de MORDAZA que dicte la autoridad competente del gobierno central; Estando a lo expuesto, a lo establecido en el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, al Dictamen de la Comision Ordinaria de Transporte e Infraestructura Vial, en uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del articulo 9° de la precitada MORDAZA, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, emite la siguiente ORDENANZA QUE REGULA LA TASA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR EN EL DISTRITO DE MORDAZA, PROVINCIA DE HUAURA Articulo 1.- TASA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR La Tasa de Estacionamiento Vehicular es un tributo que se paga por el estacionamiento de un vehiculo en las zonas habilitadas por la municipalidad para la prestacion de servicio de estacionamiento. Esta orientada a otorgar a los usuarios las facilidades necesarias para el estacionamiento y mantener el orden vial. El rendimiento de la Tasa de Estacionamiento Vehicular sera destinado a cubrir el costo de las actividades y gastos en los que incurre la municipalidad a fin de propiciar el uso ordenado de las vias publicas habilitadas para el estacionamiento. Articulo 2.- HECHO IMPONIBLE Constituye el hecho imponible de la Tasa de Estacionamiento Vehicular el uso y aprovechamiento

Regulan la tasa de estacionamiento vehicular en el distrito de MORDAZA
ORDENANZA MUNICIPAL PROVINCIAL N° 14-2011 MORDAZA, 17 de Junio del 2011.

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