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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 23 de junio de 2011 445212 Que, considerando que las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; es necesario que cualquier modifi cación o aclaración de la citada ordenanza sea aprobada y efectuada por el Concejo Municipal, tal como lo señala la L.O.M. – Ley N° 27972. Que, después de algunas intervenciones, del debate pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento de lo dispuesto el Artículo 9º, 39° y 40° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, el Pleno del Concejo Provincial de Barranca con el voto MAYORITARIO de los Señores Regidores presentes y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta; ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA NORMAS COMPLEMENTARIAS A LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 024-2010-AL/CPB QUE DISPUSO LA ERRADICACION DE LA CRIANZA DE CERDOS EN EL DISTRITO DE BARRANCA Artículo 1°.- MODIFICAR la ORDENANZA MUNICIPAL Nº 024-2010-AL/CPB, a fi n de adicionarse a su texto primigenio la Cuarta Disposición Final, en los términos siguientes: “Cuarta.- Establecer el plazo de cinco (05) meses calendarios para la reubicación de los criaderos de ganado porcino en el distrito de Barranca.” Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia Secretaria General la difusión de la presente norma municipal a través de la Unidad de Imagen Institucional. POR LO TANTO: Regístrese, comuniquese, publíquese y cúmplase. Dado en la Casa Municipal, a los Once días del mes de Mayo del Dos Mil Once. ROMEL ULLILEN VEGA Alcalde Provincial 655958-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Ratifican la Ordenanza Nº 001-2009 que aprueba el Reglamento que regula el Servicio de Transporte de Pasajeros y/o Carga en Vehículos Menores en la jurisdicción del distrito de Huacho ORDENANZA MUNICIPAL PROVINCIAL N° 11-11 Huacho, 17 de junio del 2011. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Por Cuanto: El Concejo Municipal Provincial de Huaura en Sesión Extraordinaria del 17 de junio del 2011, ha tratado la Ordenanza Provincial Nº 001-009 que aprueba el Reglamento que Regula el Servicio de Transporte de Pasajeros y/o carga en vehículos menores en la jurisdicción del Distrito de Huacho; y CONSIDERANDO: Que, el Art. 194° de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, concordante con el artículo II del título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que “Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en la que la municipalidad tienen competencia normativa, aplicar Que, el numeral 1,2 del Art. 81° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, señala que las municipalidades en materia de tránsito, viabilidad y transporte público, ejercen funciones de normar y regular el servicio público de transporte terrestre urbano e interurbano de pasajeros de su jurisdicción, de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia: Que, en concordancia con las normas señaladas anteriormente, el literal a) del numeral 17.1 del Artículo 17° de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, establece que las Municipalidades Provinciales ejercen la competencia de regulación del servicio transporte terrestre. Del mismo modo, la Ley 27189, Ley del Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, reconoció y normó el carácter y naturaleza del servicio de transporte especial en vehículos menores, moto taxis y similares, complementario y auxiliar, como un medio de transporte vehicular terrestre; Que, en ese contexto legal el Concejo Provincial de Huaura a través de la Ordenanza Municipal Provincial Nº 001-2009 de fecha 12 de febrero del 2009, aprobó el Reglamento que Regula el Servicio de Transporte de Pasajeros y/o carga en Vehículos Menores en la Jurisdicción del distrito de Huacho; Que, el Gerente de Transportes a través de su Informe Nº 166-2011 de fecha 16 de junio, da cuenta que la Ordenanza Provincial señalada en el considerando precedente no es de aplicación legal al no haber sido publicada conforme lo establece el artículo 44° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, al no estar vigente la referida Ordenanza es conveniente ratifi car y publicar su contenido, a efectos de poder aplicarla: Que, de conformidad con la Ley de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley N° 27181, Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, Reglamento Nacional de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo N° 033-2001- MTC, con la dispensa del Dictamen de la Comisión de Transporte, con el voto unánime del pleno del concejo, y dispensa de lectura y aprobación del Acta, se aprueba, la siguiente ORDENANZA PROVINCIAL RATIFICAR LA ORDENANZA PROVINCIAL No. 001-2009 QUE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE REGULA EL SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y/O CARGA EN VEHÍCULOS MENORES EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE HUACHO Artículo Primero: Ratifíquese la Ordenanza Provincial Nº 001-2009 que aprueba el Reglamento que Regula el Servicio de Transporte de Pasajeros y/o Carga en Vehículos Menores en la Jurisdicción del Distrito de Huacho. Reglamento que consta de 49 artículos y 10 Títulos y Disposiciones Finales y Transitorias, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo: Encargar a la Sub Gerencia de Secretaría General, Ofi cina de Logística la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano la presente Ordenanza, la misma que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Y COMPLEMENTARIA Artículo Único: Encargar al Jefe de la Ofi cina de Informática publicar en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en la página web de la Municipalidad